
La jueza de la DANA imputa a la exconsellera Salomé Pradas
La magistrada considera «extraño» que el Gobierno de Mazón pretenda «descargar» en los técnicos la responsabilidad por el contenido del mensaje del Es-Alert
Una acusación dice que Mazón omite “datos esenciales” y pide a la jueza que investigue las llamadas al 112 sin atender
La jueza de la DANA ha acordado citar, en calidad de investigados, a la exconsellera Salomé Pradas y al exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso. La magistrada arremete, en un contundente auto dictado esta lunes, contra las versiones del Consell de Carlos Mazón.
Por un lado, considera que la contestación de la Generalitat sobre las pausas d la reunión del Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi), según la cual se paró para un “periodo de trabajo exclusivamente presencial”, es un mero “eufemismo”, según dice la instructora. “No es una contestación explícita a lo solicitado”, asegura el auto.
Por otro lado, la jueza niega el supuesto “apagón informativo” por parte de la Confederación Hidrográgica del Júcar (CHJ) sobre el desbordamiento del barranco del Poyo. “No se puede alegar un desconocimiento de los resposnables de emergencias de la Genralitat Valenciana del SAIH [Sistema Automático de Información Hidrológica] ni de la probabilidad de acceso al mismo, ni de forma paralela atribuir responsabilidad penal al presidente de la CHJ, ni a prácticamente todos los cargos directivos o no de dicho organismo”, afirma el auto.
La magistrada insiste en la “gran demora” en convocar la reunión del Cecopi del pasado 29 de octubre y el “retraso todavía mayor” en lanzar la alerta automática a los móviles. El auto considera que “no era necesario contar con el asentimiento o conformidad de hasta 29 personas que integraban el Cecopi”. Las causas de este retraso, agrega la instructora, “no resultan explicables”.
La jueza recuerda que la “decisión” de enviar el mensaje de alerta a los móviles era una “cuestión autonómica”, que “no precisaba” de “información adicional” de la CHJ. De hecho, según abunda la resolución, “las circunstancias del retraso [del envío de la alerta] deberán ser averiguadas”.