El despido automático por incapacidad permanente queda eliminado por amplia mayoría en el Senado

El despido automático por incapacidad permanente queda eliminado por amplia mayoría en el Senado

Las Cortes han aprobado definitivamente el fin de esta extinción automática, con 251 votos a favor y solo tres en contra

La justicia europea ve ilegal el despido por discapacidad permanente de España

El Senado ha aprobado definitivamente el Proyecto de ley que elimina el despido automático por incapadidad permanente, por una amplia mayoría de 251 votos a favor y tres votos en contra. “Saldamos una deuda histórica con las personas con discapacidad y avanzamos en derechos. Hoy España es un país más justo”, ha afirmado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

El Congreso de los Diputados ya había dado luz verde a la norma a finales de marzo, en la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, con competencia legislativa plena. La ley había sido aprobada por el Gobierno el pasado julio, tras una sentencia europea en contra de la legislación española, y fruto de la tramitación parlamentaria ha incorporado enmiendas y cambios que han fraguado la gran mayoría de votos a favor de este martes.

“El Senado aprueba el Proyecto de Ley del Gobierno de eliminación del despido automático por incapacidad permanente total, absoluta o la hasta ahora denominada Gran Invalidez”, ha celebrado esta tarde el Ministerio de Trabajo.

El departamento de Yolanda Díaz destaca que “el objetivo de esta medida es proteger el derecho a la igualdad en el empleo de las personas con discapacidad”.

Fin al despido automático

El Ministerio de Trabajo explica que la norma elimina el acceso a la situación de incapacidad permanente como causa automática de la extinción del contrato laboral.

“Las empresas deben realizar los ajustes razonables que permitan a las personas con discapacidad el ejercicio de su derecho al trabajo, incluso para las personas que accedan a la situación de discapacidad con posterioridad al inicio de su actividad profesional”, subraya el departamento de Yolanda Díaz.

“A partir de ahora, la persona trabajadora tiene la posibilidad de extinguir el contrato o solicitar su adaptación. Hasta ahora la empresa decidía unilateralmente”, añade el Ministerio.

Trabajo explica que, si la persona trabajadora opta por la continuidad de la relación de trabajo, puede solicitar “una adaptación del puesto de trabajo razonable, necesaria y adecuada” o, cuando esto no sea posible, “el cambio a otro puesto de trabajo vacante y disponible, acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación”.