Los jueces frenan la querella de la Fiscalía por las opiniones de un diputado andaluz porque solo busca “cambios de políticas”

Los jueces frenan la querella de la Fiscalía por las opiniones de un diputado andaluz porque solo busca “cambios de políticas”

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía tumba la denuncia del fiscal contra un parlamentario, el portavoz de Adelante Andalucía, José Ignacio García, por un delito de injurias a la Policía: «No hay injurias graves, no hay calumnia, no hay incitación al odio, sino ejercicio de la libertad de expresión que pretende cambios de políticas, legislación o prácticas»

El día que la Policía entró al Parlamento andaluz para advertir a un diputado de que se había “extralimitado” opinando

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha inadmitido la querella criminal interpuesta por la Fiscalía contra el diputado de Adelante Andalucía, José Ignacio García, por un supuesto delito de injurias a la Policía Local de Sevilla, un caso que ha sacudido el Parlamento autonómico al poner en cuestión la libertad de expresión y la inviolabilidad de la que gozan sus señorías para trasladar sus opiniones políticas fuera de la Cámara.

En el auto, al que ha tenido acceso elDiario.es, los jueces desmontan los duros argumentos que esgrime el teniente fiscal del TSJA, José Rogelio Muñoz Oya, para acusar al diputado de Adelante de ejercer una suerte de “libertinaje de opinión”, “un derecho al insulto” y “un exceso verbal” por haber cuestionado la actuación de los agentes que persiguieron en moto durante un kilómetro y “hasta su muerte” a Mamouth Bakhoum, un mantero senegalés que se ahogó en el río Guadalquivir el pasado 29 de diciembre.

El portavoz de Adelante Andalucía acudió a la manifestación de protesta que convocó la comunidad senegalesa y africana en Sevilla el pasado 2 de enero para apoyar su reivindicación de abrir una investigación más a fondo de lo ocurrido. García se grabó un vídeo, que más tarde difundió en sus redes sociales, denunciando “un caso de racismo institucional, violencia policial y represión”. Esas expresiones motivaron una querella de dos sindicatos policiales, a la que se sumó después la Fiscalía Superior del TSJA, que envió a dos agentes de paisano al Parlamento andaluz para notificar en mano la denuncia al aludido. Un hecho sin precedentes en la historia autonómica.

La conclusión de los jueces es diametralmente opuesta a la del Ministerio Público: “No hay injurias graves a la policía, no hay calumnia, no hay incitación al odio, sino ejercicio de la libertad de expresión constitucionalmente protegido”, replican en su auto, notificado al letrado mayor del Parlamento el pasado 6 de mayo.

Pero el escrito de los magistrados, que firma el propio presidente del TSJA, Lorenzo del Río, y del que es ponente el jurista Miguel Pasquau Liaño, va mucho más allá de la defensa férrea de la libertad de expresión, “principio básico de la democracia”.

Los jueces entran de lleno en el debate abierto por el diputado -“racismo institucional, violencia policial, represión”-, y legitiman cada expresión, vislumbrando, de paso, un profundo conocimiento y una clara empatía respecto a la situación de desprotección que padecen y denuncian los inmigrantes en este país, y los manteros en particular.

“Nada impide a un español opinar”

En el auto, los jueces replican al fiscal, con rotundidad, que “nada impide, desde el punto de vista penal, a un ciudadano español sostener en público, con razón o sin ella, que perseguir policialmente a inmigrantes manteros es expresión de un racismo institucional, si lo que se pretende es defender que deberían suprimirse o cambiarse las leyes y políticas que lo permiten. Y si puede hacerlo un ciudadano cualquiera, también, o aún con mayor razón, un diputado en su cometido de dar visibilidad a cualesquiera reivindicaciones políticas”. 

En consecuencia, “la decisión no puede ser otra que la inadmisión a trámite de la querella, a fin de impedir la incoación en vano de un procedimiento penal”, avisa desde el primer instante el documento.

En su querella, el teniente fiscal endurecía aún más los argumentos de la denuncia interpuesta por los sindicatos policiales contra el parlamentario, llegando a calificar las opiniones de García como un delito “de odio”, aunque se trataba de una querella por injurias al “prestigio” de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, otro delito que tiene una tipificación menor en el Código Penal.

Muñoz Oya acusaba al portavoz de Adelante Andalucía de motivar “un hostigamiento verbal contra los Cuerpos Policiales”, hablaba de “concretos actos de apoyo explícito a la violencia contra ellos” y señaló al diputado por “incitar a actuar violentamente contra” los agentes. “No es libertad de expresión. Es odio y ataques al honor”, concluía en su escrito.

El TSJA defiende la actuación de los agentes que persiguieron a Mamouth, admite el malestar que pudo generarles la crítica del diputado de Adelante, pero invalida por completo los argumentos del fiscal al querellarse contra sus opiniones, porque le asiste, por encima de su inviolabilidad como parlamentario, la libertad de expresión, consagrada en la Constitución.

“El cauce exento de sanción penal de la libertad de expresión ha de ser ”lo suficientemente generoso como para que pueda desenvolverse sin angostura; esto es, sin timidez y sin temor“, sin correr el riesgo de ”hacer del Derecho penal un factor de disuación del ejercicio de la libertad de expresión“, reza el auto, citando jurisprudencia ”contundente“ del Tribunal Constitucional.

Sacudida al Parlamento andaluz

El escrito de la Fiscalía contra un diputado causó estupor en el Parlamento andaluz, donde todos los partidos han coincidido en pedir a los servicios jurídicos que encarguen un informe sobre el caso de García y los límites de la inviolabilidad de los diputados -derecho blindado en el Estatuto de Autonomía- ante posibles “delitos de opinión”.

Más allá del contenido de sus palabras, el Ministerio Público llega a censurar la potestad del parlamentario por ejercer la crítica política contra una institución pública, como la Policía Local, fuera de la Cámara que le otorga esa inviolabilidad como diputado. Muñoz Oya arremete contra García por “extender la responsabilidad de lo ocurrido al ámbito político” y “por contribuir a generar un estado de opinión capaz de cuestionar la legitimidad democrática de una institución o la legalidad de su actuación, y con ello a fisurar su prestigio”.

Sin embargo, la Sala de lo Penal del TSJA defiende que el trabajo de García es precisamente ese: “el debate político”. Los jueces argumentan que la expresión “racismo institucional”, pronunciada por el diputado andalucista, “no es en absoluto un insulto ni una ofensa ni una injuria, sino un concepto político de muy larga tradición acuñado en la lucha contra las desigualdades por razón de raza, etnia u origen (…) utilizado reiteradamente como lema por los movimientos de apoyo al colectivo de inmigrantes que se dedican a la venta ambulante no autorizada (coloquialmente ”manteros“) para criticar la consideración de tal actividad como delito y la política de represión de la misma. Es, digamos, equiparable a expresiones como ”Justicia machista“ o patriarcal”.

En aquella manifestación convocada por la comunidad africana en Sevilla, el diputado de Adelante, según el auto, “está expresando una opinión y pretende cambios de políticas, legislación o prácticas”.

Es, pues, “un ejercicio del derecho a la libertad de expresión, cuyo control penal jamás puede rozar consideraciones simplemente éticas, o de estilo, y ni siquiera de verdad o falsedad, pues la libertad de expresión ampara la defensa y difusión de opiniones o valoraciones que parezcan indefendibles para la mayoría social, incluso si resultan excesivas, desagradables, molestas u ofensivas para una persona, un colectivo o una institución, siempre que la finalidad de zaherir no prevalezca y se anteponga a la de expresar una opinión sobre una cuestión de alcance político”, concluyen los magistrados.

“La función policial comporta violencia y represión (legítimas)”

Los jueces también defienden que la expresión “violencia policial” “no puede considerarse injuria” porque “entra dentro del debate político” -“la función policial comporta violencia y represión (legítimas)”, subrayan-; y recuerdan antecedentes similares a la muerte del mantero senegalés en Sevilla, como los casos de Mbolo Moye Doole (Bilbao) o Mame Mbayé (Lavapiés; Madrid), que también fallecieron perseguidos por la Policía.

En todos los casos, la actuación de los agentes provocó “actos de protesta, concentraciones y manifestaciones organizadas por asociaciones y organizaciones de lucha contra el racismo, que ”denuncian sistemáticamente el binomio “racismo institucional” y “violencia policial”, lemas que aglutinan a una no insignificante diáspora de organizaciones y movimientos, por sustentar la opinión de que el hecho de perseguir para incautar mercancías y detener a los manteros es un exceso de represión contra el que protestan“, subraya el auto.

Los magistrados defienden la función policial y da por válido el sobreseimiento del caso que abrió un juzgado para investigar la muerte de Mamouth y la actuación de los agentes (ahora recurrido por su familia ante la Audiencia de Sevilla). Pero el auto resume el caso en una frase rotunda, donde concluye que sin la persecución policial la muerte del mantero senegalés no se habría producido: Se trata de “un legítimo, aunque a su vez criticable, ejercicio de la libertad de expresión por un diputado dando voz a una reivindicación de carácter político y protestando por una actuación de la policía local sin la que no se habría producido el trágico suceso”, concluye.

Respeto a las instituciones

Por último, lo jueces cierran el auto haciendo un análisis sobre el alcance del artículo 504.2 del Código Penal, que invocaron los querellantes al denunciar las “graves injurias” a la Policía. El auto subraya la importancia de esa sobreprotección jurídica a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, pero añade: “no lo están más que otras instituciones como el Gobierno de la Nación, el Consejo General del Poder Judicial, el Constitucional, el Supremo, o el Consejo de Gobierno o al Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma”.

“No hace falta hacer una relación o recordatorio de contundentes críticas habitualmente proferidas en medios de comunicación contra representantes de tales instituciones, o contra la institución misma, en asuntos delicados (confinamiento, vacunación, muertes en residencias, compraventa de armas, presentación de proyectos de ley, dictado de sentencias en asuntos controvertidos, etc.)”, recuerdan los jueces.

En efecto, en esta legislatura de polarización extrema, los partidos de la derecha han cuestionado -dentro y fuera de los parlamentos- prácticamente a todas las instituciones del Estado, acusando a Pedro Sánchez de “colonizarlas”. Empezando por el propio presidente del Gobierno, a quien dirigentes de PP y Vox le niegan toda legitimidad democrática, y le califican de “autócrata”, “tirano”, “felón”, “sinvergüenza”, “psicópata” o directamente “hijo de puta”.

Y los dirigentes de izquierdas han roto el tabú que hacía intocables a los jueces, sus instrucciones y sus sentencias, hablando de “lawfare o cacería política”, tildando de “vergonzosas” sus fallos o llamándoles “corruptos” y “prevaricadores”, como hizo la líder de Podemos, Ione Belarra, en referencia al exjuez de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, lo cual motivó una protesta unánime del Consejo General del Poder Judicial.

El portavoz de Adelante Andalucía ha comparecido este martes para valorar el auto del TSJA: “Hoy se acaba este esperpento que nunca debió producirse, pero el caso de Mamouth sigue abierto, con muchas cosas por resolver, muchas preguntas, y desde Adelantes nos ponemos al servicio de la familia y de la comunidad senegalesa”, ha asegurado.

García se ha mostrado contento con la decisión de los jueces, pero espera que el informe jurídico del Parlamento andaluz clarifique aún más hasta dónde llega la inviolabilidad de los diputados ante supuestos “delitos de opinión”. “Hablar de racismo institucional, de violencia policial y de represión es perfectamente legítimo. Los policías son instituciones y las instituciones son criticables, se tienen que acostumbrar a que son criticables. El trabajo de un diputado es hacerse eco de reivindicaciones políticas. Lo que yo hice fue ir a una manifestación y hacerme eco de una situación muy triste”, concluye.