La jueza da la razón a la Seguridad Social y condena a Glovo por mantener a 3.572 repartidores como falsos autónomos

La jueza da la razón a la Seguridad Social y condena a Glovo por mantener a 3.572 repartidores como falsos autónomos

Una magistrada de Barcelona vuelve a constatar la irregularidad del modelo laboral con el que ha operado diez años Glovo en vísperas del cambio para que los repartidores sean empleados

El jefe de Glovo dice que la presión penal y las multas forzaron cambiar su modelo laboral: “La caja no te da para operar”

Los ritmos de la Justicia son casi igual de lentos que los de Glovo a la hora de regularizar sus falsos autónomos. Un juzgado de lo social de Barcelona ha estimado la demanda que la Seguridad Social interpuso en mayo de 2019 contra la compañía y un total de 3.572 repartidores fruto del modelo de falsos autónomos empleado por la compañía entre 2015 y 2019.

La sentencia llega cinco años después de la demanda de la Seguridad Social y en vísperas a que Glovo ponga fin a su modelo de falsos autónomos y, según lo anunciado por la propia empresa, empiece a contratar como empleados a los repartidores a partir del próximo 1 de julio. La decisión de la compañía llegó tras años de pleitos, sanciones de Inspección de Trabajo y hasta la imputación de su fundador, Óscar Pierre, por un delito contra los derechos de los trabajadores. Todo por el modelo de falsos autónomos.

La resolución del juzgado de lo social 11 de Barcelona no se aparta de la jurisprudencia del Supremo que ya declaró la relación laboral entre los repartidores y Glovo. La sentencia estima la demanda de la Seguridad Social y condena tanto a Glovo como a los 3.572 riders “a estar y pasar por esta declaración de derecho [esto es, que son empleados y no autónomos] y por las consecuencias que se deriven de la misma”.

“Los repartidores no organizaban su trabajo, no negociaban condiciones ni recibían el pago directamente de los clientes. Su autonomía se limitaba a elegir el medio de transporte y la ruta a seguir, lo que demuestra la existencia de las características esenciales de una relación laboral”, reza la sentencia.

La magistrada constata que el sistema de asignación algorítmica de servicios, la supervisión “constante” y la posibilidad de sanción revelan “un poder empresarial efectivo” de Glovo sobre sus repartidores incompatible con la pretendida relación de autónomos que alegaba la empresa.

El pleito laboral solventado este jueves en primera instancia, y cuya sentencia no es firme porque se puede recurrir, es solo uno de los frentes judiciales que mantiene abiertos Glovo. Además de las decenas de procedimientos instados por la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social, el modelo de falsos autónomos de Glovo ha comportado sendos procedimientos en la vía mercantil y la penal.

La semana pasada quedó visto para sentencia el juicio por una demanda de competencia desleal que interpuso Just Eat contra Glovo, mientras que el caso abierto a Pierre por un delito contra los derechos de los trabajadores sigue abierto y declarará un testigo más después del verano antes de que la jueza decida si lo envía a juicio.