
Los letrados del Congreso piden cambios en la reforma del reglamento que busca sancionar a los agitadores de extrema derecha
Los juristas advierten de que las penalizaciones pueden limitar «el derecho a la libertad de información» y avisan de que están redactadas de manera «poco precisa»
El Congreso tumba el intento de PP y Vox de defender a los agitadores de extrema derecha acreditados como periodistas
Los letrados del Congreso son partidarios de introducir ajustes en la reforma del Reglamento del Congreso que plantearon el PSOE y sus socios, y que busca permtir sanciones a aquellos periodistas acreditados que obstaculicen la labor parlamentaria o el trabajo de sus compañeros de la prensa en la Cámara Baja. Alertan de que la creación de este tipo de sanciones puede limitar “el derecho a la libertad de información”, por lo que piden valorar “si concurren requisitos para su legitimidad”. Además, avisan de que la falta de precisión en las sanciones puede generar “inseguridad jurídica”.
Así consta en la nota de redactada por los propios letrados en respuesta a esta iniciativa, que ha sido aprobada este lunes por la ponencia de la Comisión de Reglamento. En el texto, los letrados de la Cámara advierten de que el derecho a la libertad de información está recogido en el artículo 53 Constitución española y por tanto, “ninguna regulación” puede afectar a su contenido esencial ni tampoco suponer una limitación del mismo que vulnere los estándares fijados por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
“La presente proposición de reforma del Reglamento, al regular un régimen sancionador para los profesionales acreditados de medios de comunicación, supone una limitación del derecho a la libertad de información, por lo que es preciso valorar si concurren los requisitos para su legitimidad”, sostiene el informe.
Las sanciones son “poco precisas”
A juicio de los letrados, la propuesta actual está caracterizada por una “redacción excesivamente abierta” que podría llegar a generar cierta “inseguridad jurídica” en los destinatarios de la norma. Creen que sería “positivo” que la Mesa de la Cámara Baja, presidida por la socialista Francina Armengol, “precisara” en mayor medida los “posibles escenarios” que puedan generarse durante una rueda de prensa o una atención a medios y que puedan requerir una sanción. “Siendo evidente que no puede anticipar todos y cada uno de los posibles escenarios que pueden generarse, resultaría oportuno que la Mesa, a la vista de la experiencia, pudiera colmar las posibles lagunas e ir actualizando la forma de aplicar este precepto”, inciden.
Según los letrados, a la hora de aplicar las sanciones a los periodistas, habría que valorar de manera ponderada un conjunto de circunstancias como por ejemplo: la naturaleza de la infracción, los derechos y bienes que se pretenden proteger, la adecuación de las sanciones al fin que se persigue, así como la posible existencia de medidas menos graves. Para ello, creen que sería aconsejable contrastar las sanciones propuestas con las que el Reglamento prevé en materia de disciplina parlamentaria para los diputados y oradores que profirieren palabras o conceptos ofensivos en la Cámara.
El personal de los grupos parlamentarios “no puede condicionar de ninguna manera” las preguntas de la prensa
Consideran, además, que hay dos límites que “no se pueden franquear” con esta reforma. El primero de ellos, que las instrucciones dadas por el personal de los grupos parlamentarios tiene que limitarse a ordenar el funcionamiento de las ruedas de prensa, es decir, no puede tratar de condicionar de “ninguna manera” la conducta de los medios de comunicación pues esto podría afectar “negativamente” a la libertad de prensa. “Las instrucciones deben limitarse a determinar qué periodista puede hacer uso de la palabra y por qué orden”, según precisan en el texto al que ha tenido acceso Europa Press.
Por otro lado, avisan de que las pruebas para iniciar un procedimiento sancionador no pueden venir determinadas “únicamente” por la denuncia de un grupo parlamentario o los asistentes del mismo. “Será necesaria la concurrencia de otros medios probatorios —como la existencia de grabaciones de vídeo— para poder imponer una sanción, en su caso”, advierten.
Las infracciones “deberían prescribir”
Por último, en lo relativo a los medios de comunicación, las nota de los letrados concluye que sería apropiado añadir un “régimen de prescripción”. Proponen para ello que las infracciones consideradas muy graves prescribirán a los seis meses; las graves, a los tres meses y las leves, al mes. Ese plazo de prescripción comenzaría a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido y en el caso de infracciones continuadas o permanentes, el plazo comenzaría a correr desde que finalizó la conducta infractora.