El Consejo de Europa estudiará si España discrimina a las familias monoparentales con el permiso por nacimiento

El Consejo de Europa estudiará si España discrimina a las familias monoparentales con el permiso por nacimiento

El Comité Europeo de Derechos Sociales ha admitido a trámite la reclamación presentada por el sindicato vasco ELA, que reclama un permiso de 32 semanas, que sume las 16 que corresponden a cada progenitor

El Constitucional reconoce permisos ampliados de 26 semanas a todas las familias monoparentales

El Consejo de Europa investigará una nueva denuncia contra España. Tras el reciente caso abierto por el ingreso mínimo vital, el Comité Europeo de Derechos Sociales ha comunicado la admisión a trámite de la reclamación presentada por el sindicato vasco ELA contra España por discriminar a las familias monoparentales (en su mayoría de madres) con el permiso por nacimiento. En la actualidad alcanza las 26 semanas tras una sentencia del Constitucional y el sindicato reclama que alcance las 32 semanas, fruto de la suma de las 16 semanas que le corresponden a cada progenitor. Esta semana, una asociación de familias monoparentales anunció una denuncia por este mismo motivo ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

La reclamación contra España fue presentada por ELA el pasado marzo y el Comité del Consejo de Europa lo ha admitido a trámite el pasado 2 de julio. El sindicato vasco alega que ELA alega que “la falta de reconocimiento del derecho de las familias monoparentales a acumular 16 semanas de permiso retribuido por parto (”permiso por nacimiento“) y 16 semanas de permiso adicional para cuidar de un hijo recién nacido no se ajusta” a la Carta Social Europea por varios motivos y que “constituye una discriminación contra los niños nacidos en familias monoparentales y sus madres”, explica el órgano europeo.

El permiso por nacimiento para estas familias monoparentales era de 16 semanas, pero el Tribunal Constitucional obligó a la Seguridad Social a elevarlo a las 26 semanas porque consideró que se discriminaba a los niños nacidos en familias monoparentales (con menos cobertura del permiso por nacimiento). “Adicionarse al permiso para la madre biológica de 16 semanas, el previsto para progenitor distinto de 10 semanas, al excluirse las 6 primeras, que necesariamente deben disfrutarse de forma ininterrumpida e inmediatamente posterior al parto”, concluyeron los jueces.

Sin embargo, hay colectivos, como el sindicato ELA y la Asociación Madres Solteras por Elección (MSPE), entre otros, que reclaman ampliar el permiso a las 32 semanas, ya que consideran que las 26 semanas siguen discriminando a las familias monoparentales respecto a las formadas por dos progenitores.

La Asociación Madres Solteras por Elección (MSPE) ha reclamado que el Gobierno de coalición incluya esta reforma del permiso por nacimiento de las familias monoparentales en el decreto que Sumar está intentando sacar adelante en el Consejo de Ministros para ampliar el permiso por nacimiento a las 20 semanas y para retribuir cuatro semanas del nuevo permiso parental de ocho semanas. La vicepresidenta Yolanda Díaz ha afirmado que su intención es que este decreto pueda aprobarse antes del parón veraniego, algo que no ha confirmado la portavoz del Gobierno, la socialista Pilar Alegría.

Qué investigará el Consejo de Europa

De los artículos de la Carta Social Europea denunciados por ELA, el Comité Europeo de Derechos Sociales investigará si el permiso por nacimiento en España respeta el 16 (derecho de la familia a la protección social, jurídica y económica), el 17.1a (derecho de los niños y los jóvenes a la protección social, jurídica y económica), el 27.1 y 2 (derecho de los trabajadores con responsabilidades familiares a la igualdad de oportunidades y de trato), así como el artículo E (no discrminación).

El Comité considera que estas cuestiones “entran en el ámbito material de estas disposiciones invocadas y que la reclamación se refiere con suficiente precisión a disposiciones jurídicas nacionales específicas”, no así con otros artículos denunciados, para los que considera que ELA no había dejado “suficientemente claro” de qué manera España incumplía la Carta Social.

El organismo europeo tumba los argumentos del Gobierno, que había intentado impugnar la reclamación de ELA por falta de representatividad del sindicato a nivel nacional. El Comité considera que ELA “es un sindicato representativo” en lo que exige el Protocolo de la Carta Social Europea, que recuerda que no tiene por qué coincidir con las normas nacionales de mayor representatividad.

Además, en cuanto a la objeción del Gobierno de que la cuestión planteada por ELA se refiere a la legislación nacional aplicable en todo el Estado, mientras que ELA opera en una zona geográfica específica (País Vasco y Navarra), el Comité considera que esto no significa que ELA no tenga derecho a denunciar la supuesta falta de conformidad de la legislación nacional con la Carta Social Europea.

La institución europea da de plazo al Gobierno hasta el 15 de septiembre para presentar sus observaciones, así como a otras organizaciones sindicales y patronales que quieran presentar alegaciones en este procedimiento.