Trabajo insiste en la reforma del despido pese al fallo del Supremo y recuerda que «está en el acuerdo de Gobierno»

Trabajo insiste en la reforma del despido pese al fallo del Supremo y recuerda que «está en el acuerdo de Gobierno»

El Ministerio que dirige Yolanda Díaz insiste en que la medida se incluyó en pacto entre PSOE y Sumar y debe llevarse a cabo, pese a la sentencia del Supremo que concluye que no procede una indemnización adicional

El Supremo rechaza que se puedan aumentar las indemnizaciones por despido improcedente en los tribunales

El Ministerio de Trabajo ha insistido este miércoles en que su voluntad de reformar el despido se mantiene intacta pese a la esperada sentencia del Tribunal Supremo de este 16 de julio, que rechaza que se puedan aumentar las indemnizaciones por despido improcedente en los juzgados, teniendo en cuenta los convenios de la OIT y también la Carta Social Europea. En el Ministerio que lidera Yolanda Díaz recuerdan que este compromiso está en el acuerdo de Gobierno que firmaron el PSOE y Sumar, por lo que insisten en que debe llevarse a cabo.

“Desde el respeto a las decisiones judiciales y a la espera de conocer el contenido definitivo de la sentencia, se recuerda que España ha ratificado la Carta Social Europea, cuyo cumplimiento garantiza íntegramente y adicionalmente el Gobierno, que hará efectivo el programa de coalición y su compromiso con la ciudadanía, que es reformar el despido”, responden fuentes del Ministerio de Trabajo tras el fallo del Supremo.

El acuerdo de Gobierno se compromete, textualmente, “establecer garantías para las personas trabajadoras frente al despido, dando cumplimiento a la Carta Social Europea y reforzando la causalidad en los supuestos de extinción de la relación laboral”. Pese a lo pactado, esta reforma no ha generado consenso dentro de la coalición hasta la fecha.

La referencia a la Carta Social Europea

Aunque aún se desconoce el contenido de la sentencia, el Supremo ha difundido en una nota de prensa algunas de sus conclusiones. Entre ellas, indica que la indemnización por despido improcedente (de 33 días por año trabajado desde la reforma laboral de 2012) no puede verse aumentada en los tribunales y que eso no contraviene el artículo 24 de la Carta Social Europea revisada, algo que sí ha concluido en dos ocasiones el Comité Europeo de Derechos Sociales en dos ocasiones, a denuncias de los sindicatos UGT y CCOO.

El Supremo considera que la expresión derecho a una “indemnización adecuada” resulta “literalmente inconcreta”. “Por ello, entiende que no se trata de mandatos directamente aplicables, sino de declaraciones programáticas, de abierta interpretación, cuya virtualidad concreta exigiría una intervención legislativa”, recoge el comunicado.

Además, concluye que las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) “no son ejecutivas, ni directamente aplicables entre particulares”, ya que, a diferencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, “el CEDS no es un órgano jurisdiccional ni sus resoluciones son sentencias”, ni vinculantes para los tribunales internos de cada Estado.

En el Ministerio de Trabajo consideran que el Supremo “está incumpliendo el mandato constitucional, el artículo 96” de la Carta Magna, que contempla que “los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno” y que “sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional”.

Hay que recordar que el Consejo de Europa instó a España a reformar el despido improcedente tras la primera decisión de su Comité de Derechos Sociales (CEDS), que consideró que no cumplía con la Carta Social Europea por ser demasiado barato.

En cualquier caso, en el equipo de Yolanda Díaz insisten en que la reforma del despido no estaba condicionada a los mandatos legales de este órgano internacional, sino que era ya antes un compromiso del Gobierno de coalición y que, por tanto, debe llevarse a cabo.