Bruselas expedienta a España por las normas que permitieron al Gobierno entorpecer la fusión BBVA-Sabadell

Bruselas expedienta a España por las normas que permitieron al Gobierno entorpecer la fusión BBVA-Sabadell

La Comisión Europea considera que sólo el BCE y las autoridades de competencia deberían haberse pronunciado en la OPA y apercibe a España por unas leyes que permiten al Gobierno interferir, pero Bruselas no interviene directamente en la fusión de los dos bancos

El Gobierno aprueba la OPA de BBVA por Sabadell pero sin fusión entre los bancos durante tres años

Golpe en la línea de argumentación del Gobierno para poner trabas a la fusión del BBVA y el Banco Sabadell. La Comisión Europea ha abierto un procedimiento de infracción contra España por las leyes en las que se basó el Ejecutivo para interferir en la OPA. El ejecutivo comunitario considera que las normas españolas permiten al Gobierno extralimitarse en el control de las operaciones o concentraciones empresariales. En el caso de la compra de Sabadell por BBVA, en Bruselas consideran que sólo el Banco Central Europeo (BCE) y las autoridades nacionales de Competencia (CNMC) deberían haberse pronunciado y cuestiona que la decisión se elevara al Consejo de Ministros, que puso condiciones extra.

La Comisión Europea lleva analizando la legislación que rodea esta operación desde mayo de 2024, cuando dos días después del anuncio de la adquisición de Banco Sabadell por BBVA recibió una denuncia de un ciudadano que ponía en alerta a los técnicos comunitarios sobre la posibilidad de que varias normas españolas pudieran entorpecer esa operación. En agosto de ese mismo año el gobierno comunitario inició un proceso de consultas con Madrid (denominado EU Pilot) sobre el asunto. Pero el proceso ha sido infructuoso dado que el Ejecutivo finalmente se sirvió de esas normativas para poner unas condiciones adicionales a las que había establecido la CNMC en contra del criterio de Bruselas.

Bruselas considera que el Ministerio de Economía no debería haber tenido la capacidad de elevar la decisión al Consejo de Ministros y que las normas españolas otorgan, en último término, al Gobierno una capacidad para poder prohibir una concentración empresarial por razones distintas al interés general. Eso supone para el ejecutivo comunitario una vulneración de la libre circulación de capitales y de establecimiento chocando con normativas europeas -que prevalecen sobre el derecho nacional- como el reglamento del Mecanismo Único de Supervisión, el mecanismo de requisitos de capital y varios artículos del Tratado de Funcionamiento de la UE.

Entre las normativas que cuestiona la Comisión Europea están la ley de supervisión de entidades de crédito de 2014 y el real decreto 84/2015 en los que se basó el Gobierno para condicionar la OPA. También considera que el Gobierno hizo una interpretación errónea de la ley de defensa de la competencia de 2007 al elevar esta operación al Consejo de Ministros. En concreto, Bruselas cree que esas normas dan al Gobierno la capacidad de imponer condiciones a las operaciones que van más allá del interés general (por criterios de defensa y seguridad nacional, protección de la seguridad o salud públicas, libre circulación de bienes y servicios dentro del territorio nacional, protección del medio ambiente, etc.) extralimitando los requisitos de que las barreras a la libre circulación de capitales sean proporcionadas y excepcionales. Así, ve excesiva la capacidad del Ministerio de Economía de poder intervenir (dándole incluso capacidad de veto) en concentraciones empresariales.

“La Comisión considera que determinadas disposiciones de la legislación bancaria española y de la legislación española en materia de competencia, que otorgan al Gobierno español poderes ilimitados para intervenir en fusiones y adquisiciones de bancos, vulneran las competencias exclusivas del Banco Central Europeo y de los supervisores nacionales en virtud de los Reglamentos bancarios de la UE. También considera que esos amplios poderes discrecionales constituyen restricciones injustificadas a la libertad de establecimiento y de movimientos de capitales”, señala el ejecutivo comunitario en un comunicado.

Bruselas ha enviado este jueves una carta de emplazamiento a España en la que da dos meses al Gobierno para responder y “subsanar las deficiencias”. Ese es el primer paso de la apertura del procedimiento de infracción que adelantó Expansión. Después la Comisión Europea analizará la respuesta y, si es satisfactoria cerraría el expediente (no parece que vaya a ser el caso dado que los contactos se han prolongado sin éxito durante casi un año), y si no lo es reclamaría a España medidas para subsanar las infracciones. En caso de no producirse avances en el cambio de la legislación, la Comisión Europea podría remitir el caso al Tribunal de Justicia de la UE, que podría acabar imponiendo una multa a España.

El proceso de fusión de BBVA y Banco Sabadell ha hecho saltar las alarmas en Bruselas sobre la vulneración del derecho comunitario a partir de unas leyes que ya estaban en vigor y que no habían llamado la atención de la Comisión Europea en una década. La pretensión de Bruselas es que el Gobierno acometa los cambios de esa legislación, aunque no entra en la operación bancaria como tal. No obstante, el procedimiento de infracción y sus conclusiones pueden servir a BBVA en su batalla legal contra las trabas del Gobierno.