Las juezas que escriben cartas a los niños para que entiendan sus sentencias: «He decidido que sigas viviendo con tu mamá»

Las juezas que escriben cartas a los niños para que entiendan sus sentencias: «He decidido que sigas viviendo con tu mamá»

Las magistradas que adaptan a la infancia sus resoluciones incluyen unos párrafos al final del fallo para explicarles a los menores afectados qué decisión han tomado y por qué, una práctica excepcional que debería generalizarse en base a una ley de mayo de 2024

Una jueza de Las Palmas emite un voto particular para que un niño comprenda una sentencia: “Hemos estudiado tu caso y tienes toda la razón”

“Hemos estudiado tu caso, y tienes toda la razón, Aureliano”. “Apreciado Roberto, mi nombre es Isabel y soy la jueza que ha decidido sobre dónde y con quién tienes que vivir”. “Debes saber que has sido muy valiente explicando lo que te ha pasado en la escuela”. “Los jueces tenemos que decidir teniendo en cuenta qué es lo mejor para ti, Sandra”. “Lo primero que quiero decirte es que no te preocupes, he decidido que sigas viviendo con tu mamá”. “También sé que has tenido que hacer muchas pruebas y contestar a muchas preguntas y seguro que ha sido muy cansado y doloroso”.

Todos son extractos de cartas que, lejos de los tecnicismos y la frialdad, cada vez más juezas añaden al final de sus sentencias. Quienes las reciben son los protagonistas de sus decisiones: niños y niñas. Con palabras cercanas y accesibles, estas magistradas les explican qué resolución han adoptado y cómo les afectará en su vida. Se trata de un gesto poco común, pero destacable en un sistema en el que no es sencillo comprender el lenguaje jurídico para quienes no están en contacto con él y en una sociedad que rara vez se detiene en explicar a la infancia lo que asume que nunca entendería.

“Las resoluciones van dirigidas a ellos y es algo que se nos olvida. En medio hay una familia o un abogado que redacta la demanda de forma técnica, pero no podemos obviar que detrás de los dictámenes hay personas y que los niños y niñas son parte de los procedimientos, son sujetos de derechos y nuestros dictámenes tienen efectos impresionantes en sus vidas”, reflexiona la jueza Isabel Giménez, que ha estado al frente del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 18 de Barcelona, desde el que ha resuelto muchos procesos de custodia y se ha dirigido en varias ocasiones a los niños y niñas afectadas por sus sentencias.

Para mí han sido muy importantes tus explicaciones a los profesionales que te han escuchado y me han hecho saber que tienes malos recuerdos de cuando vivías con él

En uno de los casos la magistrada suspende las visitas de un padre con su hija debido al “estrés postraumático que padece como consecuencia de los recuerdos de la convivencia” con él, lo que provoca “su rechazo y miedo incluso de encontrárselo”, según acreditaron varios informes psicológicos. La madre había denunciado al progenitor por violencia machista y a pesar de que el juzgado impuso una orden de protección, decidió finalmente no declarar y el hombre fue absuelto. Aun así, Giménez consideró que no debía ver a su hija porque “obligarle a ello la desestabiliza y pone en riesgo su salud física y emocional” y al mismo tiempo dictó una orden de protección.

Madre e hija llegaron a pasar por distintos pisos de acogida y en la causa constan partes de lesiones e informes en los que la niña llega a afirmar que tiene “miedo de que venga el señor que casi mató” a su madre, según recoge el fallo. El Servicio de Atención, Recuperación y Acogida del Ayuntamiento de Barcelona detectó además “elementos de riesgo” tras evaluar a la menor e indicadores “compatibles con una situación de violencia machista”.

“Lo primero que quiero decirte es que no te preocupes, que seguirás viviendo con tu mamá y, además, que no tienes que ver ni hablar con el señor que le hizo daño (tu padre biológico) y que él tampoco puede acercarse a ti y que así se lo hemos dicho para que tú puedas salir a la calle o ir al colegio tranquila y sin miedo”, le escribe al final del fallo la jueza a la menor, que desde hacía tiempo no quería acudir al centro educativo. En la misiva le pide disculpas por las “muchas preguntas” que había tenido que contestar y le explica que es necesario “para poder tomar la mejor decisión para ti”. “Para mí han sido muy importantes tus explicaciones a los profesionales que te han escuchado y me han hecho saber que tienes malos recuerdos de cuando vivías con él”, prosigue.

Un voto particular para hablar al niño

A esta sentencia de 2024 se sumaba la semana pasada la de Gloria Poyatos, jueza de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que al igual que Giménez pertenece a la Asociación de Mujeres Juezas. La magistrada es la autora de un voto particular de una reciente sentencia en el que se dirige directamente a un menor con autismo, al que el tribunal reconoce una discapacidad del 45%: “Hemos estudiado tu caso y tienes toda la razón, Aureliano, te vamos a apoyar porque ahora entendemos por qué te cuesta más hacer las cosas”, le dice. “Desde mi punto de vista es un derecho que forma pare de la tutela judicial efectiva y quienes juzgamos tenemos la obligación de adaptar la justicia a la ciudadanía y no al revés”, esgrime.

En este caso, los jueces del TSJC desestiman el recurso de la Consejería de Derechos Sociales del gobierno canario, que se había opuesto al fallo en primera instancia reconocía la discapacidad de Aureliano, pero aunque todos los miembros de la sala coinciden en el fondo del asunto, no hubo acuerdo en una cuestión: la de añadir unos párrafos para explicarle al niño de diez años qué decisión habían tomado. Por eso, Poyatos decidió emitir un voto discrepante con, explica en el mismo, “la opinión mayoritaria de la Sala que ha considerado que no debe adaptarse el lenguaje judicial para hacerlo comprensible para su destinatario”.

«Te vamos a apoyar porque ahora entendemos por qué te cuesta más hacer las cosas»

La magistrada consideró que “valía la pena” hacerlo y, al final de la resolución, incorporó una pequeña carta. “Nos dirigimos a ti, Aureliano. Formamos el equipo judicial elegido para decidir sobre lo que nos pides”, comienza. Aunque Poyatos y Giménez ya habían escrito cartas a los niños antes de mayo de 2024, reconocen que la Ley del Derecho de Defensa, que entró en vigor entonces, debería dar un impulso a la generalización de la práctica. “Mi interpretación es que es una obligación que tenemos los juzgadores, no una opción. Lo que nos dice la ley al respecto es cristalino, pero además es un ejercicio que promueve la democracia y el respeto”, cree Poyatos.

La norma establece en su artículo 9 que las resoluciones “estarán redactadas en un lenguaje claro, de manera sencilla y comprensible, de forma que puedan ser comprendidas por su destinatario, teniendo en cuenta sus características personales y necesidades concretas”. Y añade específicamente que el lenguaje “se adaptará” a los menores de edad “cuando sean los destinatarios” de los actos, comunicaciones o resoluciones. Una adaptación que “se realizará aunque cuenten con asistencia letrada o la representación de sus progenitores o tutores”, concluye.

“Le trasladas que ha sido escuchado”

Por eso las magistradas reclaman al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que este tipo de prácticas estén incorporadas en la formación de los magistrados, al igual que lo ha hecho con las sentencias dirigidas a personas con discapacidad, que se adaptan a la llamada lectura fácil. “Para mí es fundamental explicárselo directamente, pero además le estás trasladando que ha sido escuchado, que has tenido en cuenta lo que te ha dicho, sus opiniones y sus circunstancias”, sostiene Giménez, que suele preguntar a los profesionales de la psicología inmersos en el caso si es pertinente o si algún fragmento de las cartas puede ser negativo para el menor.

La primera vez que se dirigió a un niño fue hace ya dos años, en un procedimiento en el que resolvió en contra de un recurso de la Dirección General de la Infancia de Catalunya (DGAIA) contra la suspensión de una resolución que ordenaba el ingreso de Roberto (nombre ficticio) en un centro de menores. Se trataba de un niño que faltaba al colegio, algo que hizo a las autoridades poner el énfasis en la madre y advertir de un supuesto “riesgo” para el menor. La jueza, sin embargo, decidió confirmar las medidas cautelares que habían impedido su ingreso en el centro al considerar acreditado que “la causa de vulnerabilidad” del niño “no es consecuencia de un riesgo en la familia”, sino del “acoso escolar sufrido a lo largo de los años” contra el que no se había intervenido.

Debes saber que has sido muy valiente explicando lo que te ha pasado, es lo que me ha permitido saber qué te ha hecho sentirte mal durante mucho tiempo

En el fallo, Giménez no solo toma la decisión sobre dónde vivirá Roberto, sino que propone medidas para la “reparación emocional” y se dirige al centro educativo para que actúe contra el acoso. Al final del fallo, le dice al niño que entiende que haya “sentido miedo en la escuela” y le agradece que se haya expresado. “Debes saber que has sido muy valiente explicando lo que te ha pasado, es lo que me ha permitido saber qué te ha hecho sentirte mal durante mucho tiempo”, le comenta al tiempo que le asegura que “los mayores debemos encontrar una forma para que dejen de hacerte daño algunos compañeros”.

La iniciativa es celebrada por la Plataforma de Infancia (POI), que la describe como “simbólicamente muy relevante” porque “concibe al niño o niña como una parte activa del procedimiento”, en palabras de su director, Ricardo Ibarra. Aún así, la organización cree que “la adaptación de la judicia” a los más pequeños “debe ir mucho más allá” y pasa por contar con profesionales “que entiendan sus necesidades” y, en definitiva, por “procedimientos” menos revictimizadores, algo para lo que “es fundamental” la formación en infancia de la que el sistema “todavía carece”, explica Ibarra.

La inspiración de las juezas para poner en marcha esta forma de comunicación está al otro lado del charco, en Argentina y Colombia, donde el Tribunal Constitucional llega también a incluirla en sus resoluciones. Poyatos ha escrito estas misivas también en un caso de una adolescente de 16 años y de un niño de 10 años con un trastorno de déficit de atención. Igualmente, Giménez lo ha hecho con un proceso que afectaba a un menor de 11 años con Síndrome de Asperger, sobre el que decidió suspender las visitas con su progenitor “hasta que el niño desee ver a su padre” debido al “estrés postraumático” que padecía por episodios de “mal trato” padecidos.

En este y en el resto de casos, los menores habían manifestado de forma reiterada que no querían ver a sus progenitores, un extremo que a Giménez le lleva a hacer una reflexión sobre la utilidad extra que incluso para los propios magistrados tienen las cartas a los menores. “Si yo a un niño que me está diciendo que tiene miedo de ver a tal o cual persona, le tengo que explicar que a pesar de eso se tiene que ir con ella porque supuestamente es bueno para él, la prueba no nos sale muy bien. Las cartas son un espejo de nuestra propia actuación”.