
Santos Cerdán recurre al Tribunal Constitucional para que ordene su «inmediata puesta en libertad»
Los abogados del ex secretario de Organización del PSOE consideran que los argumentos esgrimidos por el Supremo para mantenerle en prisión «no superan los estándares de motivación exigidos» por el Tribunal Constitucional
El Supremo mantiene en prisión provisional a Santos Cerdán por su “papel directivo” en la trama
Los abogados de Santos Cerdán han presentado un recurso ante el Tribunal Constitucional en el que solicitan que ordene su libertad de forma inmediata al considerar que se están vulnerando sus “derechos fundamentales”. La representación del ex secretario de Organización del PSOE recurre al intérprete de la Norma Fundamental después de que el Tribunal Supremo rechazara la excarcelación decretara por el juez del caso, Leopoldo Puente.
Tanto la resolución por la que Puente envió a Cerdán a prisión provisional como el auto confirmatorio de la Sala de lo Penal “adolecen de una flata de motivación y concreción palmaria, ya que no hacen ninguna referencia concreta sobre qué prueba se pretende preservar, ni aún menos se relaciona con una posibilidad real que el señor Cerdán pueda alterarla o destruirla”, recoge el escrito. Alude la defensa al argumento de que si Cerdán estuviera en libertad podría influir en otros posibles investigados en el futuro, que no identifica.
Insiste la representación de Santos Cerdán en que los audios en los que se basa una parte de la causa no permiten conocer “a fecha de hoy su veracidad, ni el soporte de los mismos, ni quien los grabó y por qué motivo y que han sido convenientemente editados y filtrados en los medios de comunicación”. Cerdán no se reconoce en ellos, añaden, y “la unidad investigadora no ha aportado ni un solo dato que confirme esta supuesta jerarquía del señor Cerdán en el supuesto entramado criminal”.
“Ni el auto de la Sala Penal del Tribunal Supremo ni el auto del magistrado instructor que acuerda la prisión provisional sin fianza del señor Cerdán superan un mínimo test riguroso respecto de la necesidad de concretar el riesgo existente respecto a mi patrocinado de destruir, alterar o manipular concretas fuentes de prueba. Por tanto no supera los estándares de motivación exigidos tanto por este Tribunal Constitucional o por parte del Tribunal Eureopeo de Derechos Humanos y por tanto debe acordarse su inmediata puesta en libertad”, concluye.