
El juez Hurtado pregunta a las partes si debe suspender de su cargo al fiscal general del Estado
El magistrado, que ya rechazó una propuesta similar poco después de abrir la causa en noviembre, consulta a acusaciones y defensas si debe forzar la retirada del cargo de Álvaro García Ortiz una vez abra juicio oral contra él
El fiscal general encara el banquillo tras una investigación del Supremo llena de grietas
El juez Ángel Hurtado ha preguntado a acusaciones y defensas si debe suspender a Álvaro García Ortiz como fiscal general del Estado cuando, previsiblemente, abra juicio oral contra él. El magistrado del Tribunal Supremo da traslado a las partes de la petición de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), que pide seis años de cárcel para el fiscal general, después de que la Sala de Apelaciones haya confirmado el procesamiento de García Ortiz por el caso del correo de la pareja de Isabel Díaz Ayuso.
El instructor del caso decididó paralizar los plazos de tramitación de esta causa hasta conocer la opinión de sus compañeros de Sala sobre el procesamiento. Los magistrados decidieron confirmar que García Ortiz debía ser juzgado pero tumbaron la causa contra Pilar Rodríguez, fiscal provincial de Madrid, al entender que no hay pruebas de que participara en un plan para filtrar a la prensa la confesión de fraude fiscal de Alberto González Amador. La decisión tuvo un voto particular de un magistrado que apostaba por archivar el caso contra ambos.
Hurtado ha vuelto a levantar la suspensión de los plazos y su primer movimiento ha sido tomar nota de una petición hecha por la APIF, que ejerce la acusación popular del caso: si debe o no suspender de forma cautelar a García Ortiz como fiscal general del Estado cuando, previsiblemente, abra juicio oral contra él una vez confirmado su procesamiento. Las partes, tanto defensas como acusaciones, tienen ahora tres días para dar su opinión.
El juez instructor ya rechazó una petición similar poco después de abrir el caso. Fue el pasado mes de noviembre cuando desestimó la misma petición, en esa ocasión formulada por Manos Limpias y la misma APIF, aunque en esa ocasión no dio traslado a las partes antes de firmar el auto denegando la medida. Para cuando fue a responder, la Abogacía del Estado -que entonces defendía tanto a García Ortiz como a Rodríguez- ya había presentado un escrito de oposición “de propia iniciativa”. La defensa de González Amador y el foro Fundación Libertad&Alternativas, entonces las dos acusaciones adicionales, no informaron.
La respuesta de Hurtado de entonces fue explicar a las acusaciones que la normativa no le permitía tomar una decisión así sobre un miembro de la carrera fiscal. En se momento, la razón para pedir la suspensión era que García Ortiz iba a ser el superior directo de la fiscal encargada de llevar el caso, la teniente fiscal del Supremo, y que eso era incompatible. El juez contestó, en primer lugar, que el fiscal general había dejado por escrito que no iba a intervenir en la tramitación de la causa.
El juez analizó a continuación lo que establecen las normativas que rigen la Fiscalía y el Poder Judicial. Y recordó ya entonces que, en lo relativo a las suspensiones cautelares como las que solicitaban, esa decisión estaba en manos del fiscal general y no de un juez. El reglamento explica que la suspensión cautelar de un fiscal “se acordará” cuando “se dicte auto de apertura de juicio oral”. Pero esa decisión queda en manos de “la persona titular de la Fiscalía General del Estado”. El propio García Ortiz.