
Glovo, sancionada con 850.000 euros por emplear a 64 ‘riders’ inmigrantes sin papeles en Sevilla
La Subdelegación del Gobierno en Sevilla impone una multa tras las actuaciones inspectoras de Trabajo por la contratación de 64 repartidores sin la autorización administrativa necesaria para trabajar por cuenta ajena en España
El jefe de Glovo dice que la presión penal y las multas forzaron cambiar su modelo laboral: “La caja no te da para operar”
La Subdelegación del Gobierno en Sevilla, a través de su área de Extranjería, ha impuesto una sanción de 847.640 euros a la multinacional Glovo por emplear en la capital andaluza a 64 trabajadores extranjeros que carecían de la preceptiva autorización de residencia y trabajo en España. La infracción, calificada como “muy grave” en la Ley de Extranjería, fue detectada durante una actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) y ha dado lugar a un expediente sancionador, cuya resolución ya ha sido notificada a la empresa y se encuentra en periodo de recurso, según ha podido saber este periódico.
Esta empresa de reparto a domicilio suma ya multitud de sanciones por su modelo basado en falsos autónomos, que ha mantenido incluso después de entrar en vigor la conocida como Ley Rider en 2021. Según Inspección, Glovo acumula actas de infracción por la contratación irregular de más de 39.000 repartidores en toda España, a los que no ha dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, a pesar de operar bajo su organización y control, existiendo una relación laboral directa.
Sin embargo, la última sanción –resuelta por la Subdelegación el pasado 25 de julio– añade un nuevo elemento al fraude laboral que se le viene atribuyendo a Glovo por su modelo de falsos autónomos: no solo reafirma que ha existido una relación laboral encubierta entre Glovo y sus repartidores, sino que constata que al menos 64 de ellos carecían de “la preceptiva autorización administrativa para trabajar por cuenta ajena en España”. Es decir, fueron empleados pese a encontrarse en situación irregular, sin reunir los requisitos establecidos por la legislación vigente.
Infracción “muy grave” de la Ley de Extranjería
Estas actuaciones inspectoras sobre Glovo en Sevilla se han llevado a cabo entre el 1 de diciembre de 2021 y el 31 de julio de 2024. Como resultado, se han levantado dos actas de infracción por ocupación irregular de trabajadores extranjeros: una relativa a 20 repartidores (con un importe total de 210.649,43 euros) y otra por 44 trabajadores (por valor de 636.990,59 euros).
La suma total asciende a 847.640,02 euros, incluyendo tanto las multas (de 10.001 euros por trabajador, en su grado mínimo) como las liquidaciones de la Seguridad Social. La resolución concluye que Glovo vulneró la ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, al emplear a personas extranjeras sin haber obtenido la correspondiente “autorización administrativa previa para residir y trabajar”, que exige la norma. Una conducta tipificada como infracción “muy grave”.
Las actuaciones se enmarcan dentro de la campaña de control sobre plataformas digitales de reparto que impulsa la Dirección Especial de la Inspección de Trabajo a nivel estatal. La inspección confirma que, hasta 2024, Glovo ha seguido recurriendo a falsos autónomos, eludiendo el pago de cotizaciones sociales por sus repartidores, pese a los “múltiples pronunciamientos judiciales” que obligan a “reconocerles su condición de trabajadores por cuenta ajena”.
Cabe recordar que Glovo, cercada por varias multas y causas judiciales, anunció a principios de verano que todos sus riders serían asalariados a partir del 1 de julio (medio año después de comprometerse a adoptar el cambio al modelo laboral).
Preguntado por este periódico, el subdelegado del Gobierno en Sevilla, Francisco Toscano Rodero, ha preferido no pronunciarse sobre expedientes abiertos, pero ha asegurado que “por parte del Gobierno de España, a través de la Inspección de trabajo y el área de Extranjería, se está luchando contra la precariedad laboral y especialmente contra la explotación de los más vulnerables como pueden ser las personas migrantes”.
Relación laboral encubierta y sin permisos en Sevilla
La infracción en materia de extranjería se suma así a los hallazgos que la ITSS ha venido documentando sobre la relación laboral encubierta entre Glovo y sus repartidores. Según el acta, los repartidores trabajaban “bajo la dirección, control y organización de la empresa”, lo que, conforme al Estatuto de los Trabajadores, los convierte en trabajadores por cuenta ajena, aunque Glovo nunca los contrató como tales ni los dio de alta en la Seguridad Social.
La novedad ahora es que muchos de estos trabajadores, además de no contar con contrato, carecían de autorización para trabajar en España, según declararon personalmente en las entrevistas mantenidas con la Inspección Provincial de Trabajo.
Esta situación de irregularidad ha sido verificada mediante la aplicación Adextra, que confirma que los 64 repartidores no disponían de la autorización administrativa requerida durante el periodo en el que prestaron servicios para Glovo.