
«No nos dejan limpiar el monte»: pese a las quejas de algunos vecinos, la ley obliga a los propietarios a mantener sus parcelas
Las normativas autonómicas obligan a los propietarios de las parcelas cercanas a núcleos urbanos a mantenerlas limpias, y permiten hacerlo sin ningún tipo de licencia, excepto en los espacios protegidos; los agentes forestales explican que esa obligación no se cumple por diversas razones
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“No nos dejan limpiar el monte”. La queja se repite estos días por todo el territorio como un mantra que pretende explicar la voracidad y velocidad de propagación de los incendios que asolan a la mitad occidental de la península. “La agenda 2030”, “los ecologetas” o “el terrorismo climático” son los sujetos que suelen acompañar a la frase y que habrían impuesto la prohibición de mantener el campo porque –añaden en una carrera por ver quién va más allá, en la que el líder de Vox, Santiago Abascal, siempre lleva algún cuerpo de ventaja– “quieren dejar España arder”. No está claro con qué fin, pero el caso es que quieren el país quemado.
“Bulo”, responden Esué Escolar y Félix Pérez, presidentes respectivos de los sindicatos de agentes forestales Apamcyl, en Castilla y León, y Aprofaga, en Galicia. A estos dos expertos lo que les sorprende no es tanto la mentira en sí, cuentan, sino que a diferencia de otras, esta no tiene ni una mínima base a la que agarrarse. Las leyes (autonómicas siempre para estas cuestiones) dicen de hecho justo lo contrario, aseguran ambos.
“En el decreto que regulaba en Castilla y León los espacios arbolados no gestionados por la administración, de 2012, para hacer una limpieza de monte en espacios privados (un aprovechamiento) de hasta 20 estéreos (equivalente a 20 metros cúbicos) el ciudadano solo necesitaba hacer una comunicación a la Junta. La actualización de 2025 dice (en el artículo 6) que ni siquiera es necesaria esa comunicación. El desbroce está fuera de regulación, no está sujeto a nada. Además, el artículo 88.3 de la ley 3/2009 de Montes dice que en los 100 metros alrededor de cualquier terreno urbanizado se puede limpiar sin tener ninguna autorización”, desglosa Escolar la normativa de la Junta.
Hay bastantes tipos de propiedad, pero todo tiene un dueño y para coger cualquier cosa hace falta su autorización. En cualquier caso el dueño puede –y, según dónde, debe– limpiar su monte, salvo que esté en un espacio protegido
“Es al contrario”, confirma Pérez sobre la regulación gallega. “Hay legislación que obliga a ciertos propietarios a limpiar los montes, por ejemplo las parcelas en las fajas alrededor de los núcleos de población. La ley de incendios de Galicia obliga a mantenerlas limpias y libres de biomasa. También está condicionada la plantación de ciertas especies inflamables: el eucalipto, el pino o la acacia están prohibidos a 50 metros de núcleos de población, edificaciones aisladas, campings… La obligación para los propietarios forestales existe, es para todos y hay que tenerlo antes del 31 de mayo. Esta es la única limitación. En el resto del monte, en parcelas sin viviendas, no hay obligatoriedad, pero tampoco prohibición. Ninguna limitación. Se entiende que debería estar limpio”, explica.
Concretamente, la ley 3/2007 de Prevención y defensa contra los incendios forestales en Galicia establece nada más arrancar, en su artículo 3, que “las personas propietarias, arrendatarias y usufructuarias de terrenos forestales y de las zonas de influencia forestal, así como titulares o concesionarias de infraestructuras públicas ubicadas en los mismos, tienen la obligación de mantenerlos en condiciones que contribuyan a prevenir o evitar los incendios forestales, respetando especialmente las relativas a la gestión de la biomasa vegetal”. A partir de ahí, la normativa ahonda en esa idea.
El monte tiene dueño
Otra cosa distinta, tercian ambos, es que esos propietarios estén cumpliendo con su obligación legal. Lo afirman sin ánimo de culpar a nadie, contextualizando la situación del rural gallego o leonés que arde estos días, donde la población escasa y envejecida no tiene los medios o la fuerza para realizar la tarea. “No es que no se quiera, es que no se puede”, resalta Pérez. En el caso de la administración, que también puede ser propietaria de mucho monte, es por falta de recursos.
Y ahí sí puede haber un conflicto con la normativa. Pero no con agendas wokes o ideologías climáticas, con una un poco más básica: la Constitución, esa que defiende la propiedad privada y que establece que uno no puede hacer lo que quiera en terreno ajeno. No puede recoger ramas secas, llevarse piñas o retirar biomasa sin permiso del propietario. Y sucede que el monte, aunque parezca que no es de nadie, tiene dueños, explica Escolar.
En terreno rústico sin más, no está sujeta a autorización ningún tipo de limpieza a 100 metros alrededor de las zonas urbanas. Y se puede coger todo tipo de piñas, ramas secas, etc.
“Hay montes vecinales, privados, de ayuntamientos públicos, de ayuntamientos que no son públicos. Hay bastantes tipos de propiedad, pero todo tiene un dueño y para coger cualquier cosa hace falta su autorización. En cualquier caso el dueño puede –y, según dónde, debe– limpiar su monte, salvo que esté en un espacio protegido”, aclara.
Otro matiz, admite Escolar. “Hay quien dice ‘¿y si estoy en un Parque Nacional?’. Claro, pero es que no estás en un Parque Nacional. Ni en una reserva de la biosfera. Si estás en un espacio natural protegido es evidente que tendrás que ponerte en contacto con el servicio del parque, que tendrá que haber un agente forestal que te asesore, etc. Pero, ¿cuántos casos hay así? Y es solo cuando el espacio de protección esté en la normativa. Fuera de eso, en terreno rústico sin más, no está sujeta a autorización ningún tipo de limpieza a 100 metros alrededor de las zonas urbanas. Y se puede coger todo tipo de piñas, ramas secas, etc. sin autorización”, insiste.
“No es un problema de gestión del territorio”
Pérez tiene claro que la situación se ha desbordado por lo que ha acabado siendo un cóctel perfecto para el fuego, no porque falte una limpieza en el terreno que es imposible de alcanzar. “Hay mucha biomasa en el terreno, eso no se puede evitar, y cuando hay unas condiciones meteorológicas tan extremas como este año y el otro ingrediente [necesario], el combustible, está, el resultado es este, fuegos imparables. Ni cientos de bomberos pararían esto. No es un problema de gestión del territorio”, insiste. “El monte no es un jardín”, ahonda en la idea, y lo que está ardiendo son “especies forestales” que “tienen que estar en el monte”.
Ni Pérez ni Escolar son capaces de encontrar un posible origen de este bulo, admiten. Otras falsas noticias o rumores tienen alguna base que se retuerce para amoldarla a los discursos de odio o negacionistas. En este caso, la ley estipula justo lo contrario de lo que se pretende hacer creer que dice. Pero Pérez sí recuerda una situación que pasó hace años “que hizo mucho daño”.
En 1998, el pastor Miguel Gallegos pastoreaba con su rebaño en Sierra Nevada (Granada) cuando arrancó un matojo de una planta que creyó manzanilla. Fue visto por dos agentes de Medio Ambiente que, al registrarlo, comprobaron que la planta no era manzanilla, sino artemisa granatensis bois, una especie endémica protegida y en peligro de extinción. Ese tipo de delitos está fuertemente penado y Gallegos sufrió un proceso por el que la Fiscalía llegó a pedir dos años de cárcel para él, petición que luego rebajó a una multa.
Pero quedó el mito, recuerda Pérez, del pastor al que pedían dos años de cárcel por arrancar una planta. Los matices que podían dar sentido a la historia se quedaron por el camino.