Mogán pagó 17.000 euros al exjuez del Supremo Fernández Valverde por dos informes para la defensa penal de la alcaldesa

Mogán pagó 17.000 euros al exjuez del Supremo Fernández Valverde por dos informes para la defensa penal de la alcaldesa

El Ayuntamiento adjudicó dos contratos menores en 2024 al despacho Montero Aramburu, en el que ejerce el exmagistrado. El bufete señala que el encargo partió de los abogados penalistas de Onalia Bueno, pero los dictámenes se pagaron con dinero público

Un magistrado emérito del Supremo cobra 8.000 euros públicos por un informe para defender a la alcaldesa de Mogán en una causa penal

No fue uno, sino dos los contratos menores que el Ayuntamiento de Mogán adjudicó en la primavera de 2024 por un importe total superior a los 17.000 euros al despacho de abogados Montero Aramburu para que uno de sus consejeros, el magistrado emérito del Tribunal Supremo Rafael Fernández Valverde, elaborara dictámenes jurídicos que pudieran ser utilizados por la defensa de la alcaldesa, Onalia Bueno (Juntos por Mogán), en causas penales en las que figura como investigada. 

Este periódico ya informó recientemente de una adjudicación directa de 8.560 euros (8.000 euros más IGIC) a ese despacho para la emisión de un informe que analizaba -y defendía- la legalidad de los contratos menores sucesivos y encadenados que el gobierno de Bueno adjudicó, tanto de forma directa como a través de una empresa pública (Mogán Sociocultural), a dos productoras emparentadas (Etiazul y 21 Bombillas) entre 2018 y 2020 para la prestación de servicios municipales de prensa, comunicación y publicidad. 

Fernández Valverde, magistrado del Supremo y vocal del Consejo General del Poder Judicial hasta su jubilación en marzo de 2022, firmó ese dictamen en mayo de 2024. El informe fue aportado por el abogado de Onalia Bueno, del despacho del prestigioso penalista José Antonio Choclán, al Juzgado de Instrucción 1 de San Bartolomé de Tirajana, donde se sustancia la causa contra la alcaldesa por esas mismas adjudicaciones.

Esas diligencias se abrieron a raíz de una denuncia presentada por la Fiscalía, que había investigado los contratos tras recibir un escrito de Podemos y que apreció indicios de delito, de un fraccionamiento fraudulento de su objeto para burlar la ley, evitar sacar a concurso esos servicios públicos y beneficiar económicamente a esas dos productoras. 

Fernández Valverde compareció el pasado junio ante la jueza instructora para ratificar su informe, que se centra en los contratos adjudicados por el Ayuntamiento pero no hace referencia a los concedidos por la empresa municipal Mogán Sociocultural, pese a que, según la Fiscalía, se solaparon en el tiempo y tenían el mismo objeto.  

El dictamen sobre los contratos encadenados a Etiazul y 21 Bombillas no era, sin embargo, el primero que el magistrado emérito firmaba para el Ayuntamiento de Mogán ese año. Dos meses antes, en marzo, el gobierno de Bueno había adjudicado al mismo despacho otro contrato menor por el mismo importe (8.560 euros con IGIC) para el “asesoramiento jurídico especializado en materia de recursos humanos”. Y, en concreto, para “la emisión de un dictamen jurídico para el análisis, estudio y asesoramiento jurídico en materia de función pública, sistemas retributivos, eficacia de acuerdos adoptados sobre modificación de complementos salariales y su vinculación con normativa presupuestaria”. 

Al igual que en el encargo sobre los contratos menores a productoras, en este decreto de adjudicación firmado por la alcaldesa tampoco se hace referencia a las actuaciones municipales concretas que debían ser analizadas por el asesor jurídico externo, por el despacho del magistrado emérito del Supremo, ni tampoco el destino del informe, su finalidad. En ningún momento menciona que versa sobre un asunto judicializado, sobre una de las investigaciones que contra la propia Bueno se instruyen en los juzgados.

Sin embargo, el encabezado de ese dictamen (de una treintena de páginas, igual que el segundo) y la descripción de su objeto no dejan lugar a dudas. Con el título “Informe jurídico sobre los límites y limitaciones de las modificaciones en los complementos salariales del sector público en interés del excelentísimo Ayuntamiento de Mogán”, Fernández Valverde analiza el acuerdo alcanzado por el gobierno de Onalia Bueno a finales de 2015, meses después de acceder al poder, para aumentar las retribuciones de ciertos empleados municipales a través de la modificación de un plus. 

El objeto del informe encargado al magistrado emérito del Supremo coincide, por tanto, con el objeto de otra investigación penal contra la alcaldesa de Mogán, la que se había abierto en el Juzgado de Instrucción 2 de San Bartolomé de Tirajana en 2022 para dirimir si Bueno utilizó esos incrementos retributivos para premiar a funcionarios afines, por vínculos familiares o personales o por haber colaborado en la campaña electoral con su partido. 

En este caso, no consta que el informe elaborado por Fernández Valverde fuera aportado a ese procedimiento judicial. Sin embargo, el propio despacho confirma que ese era su destino cuando, al ser consultado por el encargo, señala que se limitó a ejecutar “las instrucciones del estudio Choclán”. Es decir, que el informe respondía a las necesidades de los abogados que representan a la alcaldesa de Mogán en la causa penal, pese a que quien contrata y paga es la administración pública, el Ayuntamiento. 

La investigación judicial fue archivada de forma provisional con un escueto auto a principios de septiembre del año pasado, pocos meses después de que Fernández Valverde finalizara su dictamen. El magistrado acaba de ratificar ese sobreseimiento provisional al rechazar, en otra resolución de dos folios, el recurso presentado por la acusación popular. 

Desde Montero Aramburu señalan que el despacho cuenta con “destacados expertos” en el ámbito de la administración pública, entre ellos el propio Fernández Valverde, y que esa, y la complejidad de los asuntos a tratar, fueron las razones de esos encargos, que atribuyen al despacho de José Antonio Choclán aunque fuera pagado con fondos públicos. 

Ni el bufete Choclán ni el Ayuntamiento de Mogán han contestado a las preguntas remitidas por correo por este periódico. 

En el decreto de adjudicación, el Ayuntamiento defiende la necesidad de recurrir al asesoramiento externo por la dificultad de la materia y la falta de medios propios en la administración local, pese a que el interventor municipal ya se pronunció sobre esos complementos específicos hace años.

Un contencioso resuelto en 2018 

El informe de Fernández Valverde sobre los complementos específicos se limita a la cuestión administrativa, a analizar el marco jurídico sobre esos pluses y el caso concreto del acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Mogán a finales de 2015 para incrementar las retribuciones de ocho empleados públicos. No hace referencia a sus posibles implicaciones penales, esto es, a la posibilidad, apuntada por el equipo de la Guardia Civil que investigó el caso, de que esos sobresueldos sirvieran para premiar la colaboración de determinados trabajadores municipales en la campaña electoral de Ciuca, el partido de Bueno entonces. 

En cualquier caso, lo cierto es que en el ámbito administrativo no hay nada que hacer con respecto a ese acuerdo porque está anulado por resolución judicial firme desde 2018. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) confirmó ese año la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Las Palmas de Gran Canaria que un año antes, en junio de 2017, había estimado un recurso presentado por la Dirección General de Función Pública del Gobierno de Canarias y, en consecuencia, había tumbado estos incrementos. 

En esa sentencia, el TSJC ponía de manifiesto que el Ayuntamiento de Mogán no contaba con “los elementos de prueba” para justificar la asignación de esos complementos específicos con arreglo a los criterios que marca la ley. Estos pluses sirven para retribuir “la dificultad técnica, la responsabilidad, la peligrosidad o la penosidad” de determinados cargos “en relación con el resto de puestos”. Sin embargo, según la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, el Ayuntamiento no hizo una valoración íntegra de todos los puestos de trabajo y, por tanto, ni los comparó ni fijó los criterios de ponderación. 

El alto tribunal canario recordó en esa sentencia que el interventor municipal había advertido de que era necesaria una valoración íntegra de todos los puestos y que el incremento de los complementos era “excesivo” en algunos casos. Sin nombrarlo de forma expresa, se refería al de Salvador Álvarez, que se convirtió en coordinador de diferentes áreas del grupo de gobierno tras las elecciones de 2015, en cuya campaña colaboró de forma activa con Ciuca. Sus emolumentos se equipararon al del secretario y el interventor. 

La sentencia del TSJC también llamaba la atención sobre la “anómala e incomprensible” decisión de aplicar esos sobresueldos de manera retroactiva. 

“Cosa juzgada”

En su informe sobre este asunto, Fernández Valverde admite que no puede discrepar de ese pronunciamiento de los juzgados porque “se trata de cosa juzgada”. Sin embargo, sostiene que la “irregularidad” cometida por el Ayuntamiento de Mogán no es invalidante, que debe ser considerada “como un supuesto de anulabilidad” y no como una “nulidad de plena derecho”. En otras palabras, que era una deficiencia “perfectamente subsanable”. 

“El expediente puede ser considerado incompleto, pero no inexistente. Se llevaron a cabo las actuaciones que se consideraron suficientes para la valoración técnica y objetiva de los puestos de trabajo afectados, aunque no todos, lo cual fue considerado bastante para su anulación jurisdiccional en impugnación de la comunidad autónoma”, señala el exjuez. 

En el informe que dio origen a la causa penal ya archivada, el equipo de la Guardia Civil que actuó como policía judicial remarcaba que el gobierno liderado por Onalia Bueno trató de revestir esos incrementos retributivos de una “apariencia de legalidad” mediante la aprobación del expediente administrativo que concluyó en la aprobación de aquel acuerdo.

En el último archivo, el magistrado Rodrigo Álvarez Riquelme, titular del Juzgado de Instrucción 2 de San Bartolomé de Tirajana, concluye que los aumentos salariales a ocho trabajadores municipales constituyeron una “irregularidad del ordenamiento jurídico”, sin llegar a “colmar la infracción penal”, pues, a su juicio, no existen indicios para determinar que esas modificaciones retributivas tuvieran por objeto premiar a funcionarios afines.