
El fiscal general pide al Supremo que retire su fianza para la pareja de Ayuso tras una nueva rectificación de Hurtado
Álvaro García Ortiz recurre ante la Sala de Apelaciones las sucesivas fianzas de 150.000 y 75.000 euros impuestas por el instructor después de que él mismo haya reconocido que la primera cantidad era excesiva
El juez Hurtado reconoce que se saltó la doctrina del Constitucional para imponer la fianza de 150.000 euros al fiscal general
El Tribunal Supremo todavía tiene pendiente varios flecos relevantes antes de poner en marcha el juicio contra el fiscal general por la filtración de un correo de la pareja de Isabel Díaz Ayuso. Además de establecer una fecha fija, un calendario, la lista de testigos y el nombre de los siete magistrados que sentenciarán el caso, la Sala de Apelaciones tiene que decidir qué hace con la fianza impuesta por el juez Ángel Hurtado a Álvaro García Ortiz. Una fianza de 75.000 euros que el fiscal general ya ha recurrido después de una investigación en la que el magistrado instructor ha tenido que dar marcha atrás varias veces, en unas ocasiones por voluntad propia y en otras por orden de la Sala.
La Abogacía del Estado presentó el recurso contra las dos fianzas a última hora de la tarde del miércoles y directamente ante los tres magistrados de la Sala de Apelaciones. Un recurso doble contra la primera fianza de 150.000 euros y la segunda de 75.000 euros con una petición principal: que no tenga que aportar ningún tipo de fianza porque, como defiende desde el arranque del caso, no filtró la confesión de fraude fiscal de Alberto González Amador y, por tanto, no hay nada que indemnizar.
No es el único argumento con el que García Ortiz se opone a esta decisión que Hurtado ha tomado y matizado en varias fases. También cuestiona la capacidad económica que el juez le atribuye por ser el máximo responsable del Ministerio Público. Y sobre sus alegaciones planea el hecho de que el propio Hurtado, tras una advertencia de la defensa de González Amador, bajó la cantidad de 150.000 a 75.000 euros tras darse cuenta de que había incluido las posibles multas de forma irregular, en contra de lo establecido hace más de dos años por el Tribunal Constitucional.
Los recursos de reforma se presentan ante el propio juez que ha tomado la decisión que se cuestiona, y son de los que menos se espera ante las pocas posibilidades de que un magistrado se lleve la contraria a sí mismo si no han aparecido, por ejemplo, pruebas nuevas. Menos habitual todavía es que sea el propio juez quien rectifique sin ni siquiera esperar a que lleguen todos los recursos como ha hecho Hurtado con la fianza del fiscal general. En este caso, eso sí, después de que García Ortiz ya haya consignado 150.000 euros exponiendo una casa de su propiedad en Galicia.
A lo largo de los casi doce meses en los que ha tramitado esta causa, Hurtado ha reculado en varios aspectos de menor importancia sin que el asunto llegara a manos de la Sala de Apelaciones. Por ejemplo, cuando indagó si el fiscal general y la teniente fiscal del Supremo manipularon de forma irregular el móvil de García Ortiz durante los registros de la Guardia Civil en su despacho el año pasado. Llegó incluso a pedir que se conservaran las imágenes de las cámaras de seguridad del edificio.
Renunció a seguir adelante cuando la Fiscalía comunicó que había pedido las imágenes de unas cámaras que no existían. La rectificación de perfil bajo permitió al juez orillar el hecho de que, para cuando abrió la puerta a esas indagaciones, tenía un acta del registro que demostraba que a esa hora la Guardia Civil ya había examinado el teléfono y se lo había devuelto a García Ortiz. También imputó a Diego Villafañe, teniente fiscal de la secretaría técnica y máximo colaborador del fiscal general, aludiendo a que había participado en una “labor de equipo” para filtrar el documento. Mes y medio después levantó esa imputación reconociendo que no tenía pruebas suficientes.
En el Ministerio Público también consideraron relevante cuando, a principios del pasado mes de noviembre, el instructor volvió sobre sus pasos y limitó la búsqueda de mensajes y correos en los despachos y teléfonos del fiscal general y la fiscal provincial de Madrid: de no haber acotado prácticamente la incautación en un primer momento a, posteriormente, explicar que solo se podían recabar comunicaciones del 8 al 14 de marzo de 2024.
La corrección del procesamiento
La Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo, compuesta por tres magistrados, ha avalado desde hace meses algunos de los movimientos clave de Hurtado en esta causa. Desde la imputación del fiscal general hasta los registros de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil pasando por el análisis de todo lo incautado y la petición de información a empresas telefónicas sobre los imputados. Pero también ha obligado al instructor a corregir su criterio en asuntos que las defensas consideran clave, hasta el punto de dejar fuera del juicio a Pilar Rodríguez, la fiscal provincial de Madrid.
Fue la Sala de Apelaciones, por ejemplo, la que obligó a Hurtado a llamar a declarar a Alberto González Amador y a su abogado. Hasta la fecha el juez había rechazado las peticiones de la Fiscalía y la Abogacía del Estado al considerar que era algo “innecesario” y que la opinión del empresario ya había quedado plasmada en su querella. Su testifical terminó siendo clave para las defensas y la Fiscalía, al entender que González Amador y su abogado se contradijeron al intentar explicar si el empresario había autorizado o no que confesara y buscara un pacto en su nombre.
La gran rectificación de la Sala de Apelaciones llegó en un punto crítico de la causa: cuando matizó el auto de procedimiento abreviado. El auto en el que Hurtado propuso mandar a juicio al fiscal general, Álvaro García Ortiz, y a la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, entre acusaciones de haber filtrado el correo con la confesión del empresario de forma coordinada y siguiendo “indicaciones” de Presidencia del Gobierno.
La Sala fue clara al explicar que Rodríguez, como mucho, se limitó a seguir órdenes y cumplir con una dación de cuentas de su superior sin intención de delinquir, y ordenó retirar las alusiones a la intervención de la Moncloa: “Esa afirmación fáctica no ha sido acreditada con suficiencia por lo que su inclusión en el relato fáctico era prescindible”. Un voto particular, muy poco habitual en este trámite de las causas especiales de la Sala de lo Penal del Supremo, incluso cuestiona que García Ortiz deba ser juzgado.
El caso se encuentra a pocos trámites de quedar listo para juicio. El Supremo debe poner fecha a su comienzo y explicar la lista de testigos admitidos, que será clave: ahí se decidirá, por ejemplo, si Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de Ayuso, debe comparecer después de una testifical llena de dudas en fase de instrucción. También establecerá qué jueces acompañan a la ponente Susana Polo, a Manuel Marchena, Juan Ramón Berdugo, Carmen Lamela y Antonio del Moral.