
El Tribunal Supremo mantiene en prisión a Santos Cerdán
El magistrado rechaza las alegaciones del exdirigente socialista al considerar que persiste el riesgo de que pueda destruir pruebas y ante los «consistentes indicios» contra él
La UCO detalla cinco conversaciones entre Santos Cerdán y Koldo: “550.000 y de ahí descontamos”
El juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha decidido mantener en prisión provisional al exsecretario de organización del PSOE Santos Cerdán. El juez argumenta que persiste el riesgo de que pueda destruir pruebas dado que no han terminado las investigaciones sobre su situación patrimonial. El magistrado señala, no obstante, que previsiblemente la medida no se prolongará más allá del plazo de seis meses computables desde su ingreso en prisión el pasado 30 de junio.
El instructor ha rechazado las alegaciones de la defensa del exdirigente socialista, que pidió el pasado 8 de septiembre su excarcelación con el argumento de que está en prisión de acuerdo a “una sospecha policial” sin otro sustento que la interpretación que la UCO hace de las grabaciones incautadas al exasesor Koldo García. La tesis de fondo de su defensa es que el procedimiento se ha dirigido contra Cerdán por su papel en la negociación con Junts.
El juez, sin embargo, afirma que existen “consistentes indicios” contra él y da total relevancia a esos audios, en los que apunta que Cerdán reconoce de forma “explícita” el cobro de comisiones vinculadas a la adjudicación de determinadas obras públicas, así como su reparto con otros investigados. El magistrado también desdeña la teoría de la supuesta “trama o complot” que, a su juicio, ha elaborado su defensa “sin fundamento identificable” y con “proposiciones especulativas”.
La Fiscalía Anticorrupción, que pidió el encarcelamiento de Cerdán después de tomarle declaración, se posicionó esta semana a favor de que siguiera en la cárcel con el argumento de que al que fuera ‘número tres’ de los socialistas se le imputan “graves conductas de corrupción” y que tiene todavía “capacidad” para “alterar y ocultar pruebas y condicionar a testigos o investigados” en una supuesta organización criminal dedicada a obtener comisiones a partir de la adjudicación de obras públicas a distintas empresas en la que le atribuye un “papel director”.