El TSJ catalán avala la eutanasia de la joven N. pero permite a su padre recurrirla y alargar su sufrimiento

El TSJ catalán avala la eutanasia de la joven N. pero permite a su padre recurrirla y alargar su sufrimiento

Los jueces, al contrario que los ultras Abogados Cristianos y el progenitor, insisten en que la enferma pidió morir de forma digna «sin injerencia ni influencia» y consciente de las consecuencias de su decisión

Las presiones de un grupo católico a la joven con la eutanasia suspendida: “Esta opción tiene que ser un infierno”

La joven N. ha superado otro obstáculo para poder materializar su derecho a morir. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado el recurso que el padre de N., representado por el grupo ultracatólico Abogados Cristianos, interpuso contra el aval que una jueza de Barcelona había concedido a su eutanasia, aunque ha admitido que el hombre pueda recurrirla (algo que había negado la primera magistrada que juzgó el caso).

En la sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, el TSJC concluye que existe un “innegable interés” del padre de N. en que la joven sigue con vida, por lo que el hombre sí está legitimado para recurrir la eutanasia. Pero no para impedirla del todo, agrega el tribunal, que aprecia claramente padecimientos “graves, crónicos, constantes e imposibilitantes” y sin pronóstico de mejora en la joven, así como su plena capacidad y conciencia para pedirla, algo que negaban el padre y el colectivo ultracatólico.

Los jueces asumen al 100% que la joven solicitó su eutanasia “sin injerencia ni influencia” derivadas del trastorno límite de la personalidad que padece. “Sus capacidades de saber, discernir y ejecutivas están conservadas”, reza la sentencia de la sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC.

“Reconocer la posibilidad” de impugnar una eutanasia, enfatiza la sentencia, no implica que se deba estimar el recurso del padre. Los magistrados reconocen que la materialización de la eutanasia en el caso de N. todavía podría “postergarse” y admiten que ello puede generar “insatisfacción” en la joven.

El de N. fue el primer juicio en la historia de España por una eutanasia ya concedida. Su padre y Abogados Cristianos impugnaron ante los juzgados el visto bueno a la muerte digna que habían dado en pleno los juristas y médicos de la Comisión de Garantías de la Generalitat de Catalunya.

Previsiblemente, pese a esta sentencia a su favor, N. seguirá sin poder ejercer su derecho a morir (el proceso judicial ha paralizado la eutanasia desde agosto de 2024), ya que Abogados Cristianos y su padre pueden recurrir la sentencia del TSJC ante el Tribunal Supremo. La sentencia se puede recurrir en un plazo de 30 días.

La causa es de especial relevancia no solo por estar en juego el derecho a la muerte digna, sino también por otro aspecto esencial: si un familiar de un solicitante de eutanasia puede recurrirla. Los juristas y expertos en eutanasia habían mostrado su alarma ante la posibilidad de que los jueces permitan, tal y como ha sucedido, a un familiar recurrir una eutanasia ya concedida, ya que la ley, en realidad, estaba pensada para que los recursos judiciales fueran para dirimir las denegaciones de la muerte digna, y no los avales.

La lentitud de la Justicia para decidir sobre la muerte digna de N. es otra de las claves del caso. La eutanasia de la joven se autorizó en julio del año pasado. Abogados Cristianos la impugnó y la jueza la suspendió a principios de agosto. Pese a tratarse de un procedimiento prioritario sobre el resto al versar sobre derechos fundamentales, la primera sentencia no llegó hasta marzo de este año.

Sobre este aspecto, los magistrados del TSJC manifiestan que “no está al alcance” de los tribunales “evitar” la tardanza en la resolución de los casos, ya que, argumentan, deriva de la “inexistencia” de una legislación que les permita resolver en primer lugar las causas derivadas de la eutanasia.

Abogados Cristianos recurrió ante el TSJC y los jueces catalanes dejaron su deliberación sobre el caso para septiembre. Ahora los ultracatólicos pueden recurrir ante el Tribunal Supremo e incluso han mostrado su intención de llegar hasta el Constitucional e instancias europeas para impugnar el derecho a morir de N.

Además del caso de N., otro hombre de Barcelona tiene la eutanasia suspendida por un recurso de su padre. Su causa se encuentra pendiente de que el Supremo decida en las próximas semanas. Son los dos únicos casos, por ahora, de eutanasias judicializadas en España.

En ningún momento del procedimiento Abogados Cristianos ha aportado informe pericial alguno para rebatir a los 19 juristas y especialistas médicos de la Generalitat que avalaron la eutanasia de N. Los ultracatólicos sí habían alegado, sin ninguna prueba, deudas económicas de la joven para impedir su eutanasia.

Frente a las afirmaciones sin sustento de Abogados Cristianos, los jueces remarcan que todos los informes médicos del caso sostienen “al unísono” que N. presenta “pleno cumplimiento” de los requisitos para poder morir de forma digna, tal y como la propia solicitante corroboró en el juicio.

A lo largo de los últimos meses, N. ha puesto en conocimiento de los jueces las presiones para renunciar a su eutanasia que ha recibido de grupos vinculados al grupo católico cercano al centro de menores donde pasó parte de su infancia. Pero la voluntad de N. es firme aunque su padre y grupos ultras intenten impedirla: solo quiere morir dignamente.