
Los jueces admiten por primera vez la «insatisfacción» que Abogados Cristianos provoca en la joven a la que frena su eutanasia
La entidad Dret a Morir Dignament acusa a los ultras de «dilatar» la causa «al precio gravísimo de agravar el sufrimiento de N.» y promoverá un cambio legal para que se resuelvan más rápido las impugnaciones
El TSJ catalán avala la eutanasia de la joven N. pero permite a su padre y a Abogados Cristianos recurrirla y alargar su sufrimiento
Lo había dicho ella en el juicio (y por carta a los jueces). Lo habían ratificado los médicos que la tratan en el hospital en el que vive. Y ahora lo ha constatado el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC): el freno a la eutanasia concedida por los médicos a la joven N. debido a la demanda interpuesta por su padre y los ultracatólicos Abogados Cristianos provoca en la solicitante “insatisfacción”.
Se trata de la primera vez que un tribunal admite de forma abierta el sufrimiento que genera en los pacientes no poder materializar su derecho a morir. Pese a ello, los magistrados evitan censurar la estrategia del padre y del colectivo ultracatólico, de los que se limitan a constatar que intentan frenar la muerte de N. sin aportar un solo informe forense que contradiga los dictámenes de los médicos y juristas que avalaron su eutanasia.
Al contrario que la primera jueza que decidió sobre el caso, el TSJC ha considerado que el padre de N. sí está legitimado para recurrir la muerte digna de su hija, lo que abre un escenario temido por varios expertos (impugnaciones por parte de terceros, aunque sean familiares, de una decisión personal) y que no recogía la ley de eutanasia aprobada en 2021.
En declaraciones a elDiario.es, la presidenta de la asociación Dret a Morir Dignament, Cristina Vallès, considera que el fallo del TSJC es “incoherente” al autorizar que el padre pueda recurrir la eutanasia de su hija y avalar al mismo tiempo con rotundidad que la paciente cumple con todos los requisitos y está plenamente capacitada, al contrario de lo que mantenía Abogados Cristianos, para pedir la muerte digna. “Legalmente es posible, pero éticamente es inhumano”, sentencia.
Abogados Cristianos ya ha anunciado que recurrirá al Supremo, lo que alargará todavía más la espera de N., cuya eutanasia se aprobó por parte de los médicos y juristas de la Comisión de Garantías de la Generalitat en julio de 2024 y fue suspendida por orden de la jueza un mes después debido a la impugnación de los ultracatólicos. El recurso del padre posterga todavía la sentencia final del caso, como pronto, hasta finales de año o principios del 2026.
“Es indecente que los procedimientos judiciales sean tan largos”, valora Vallès, quien afea a Abogados Cristianos que solo pretende “dilatar” la causa judicial “sin respetar los derechos de N. y al precio gravísimo de agravar su sufrimiento”.
El estado de salud física y mental de N. ha empeorado desde que, en agosto de 2024, su eutanasia fuera suspendida a la espera de la resolución del caso. Tal y como desveló este diario, este verano la joven mandó una misiva a las jueces en la que relataba su sufrimiento y denunciaba que grupos vinculados a la parroquia ligada al centro de menores donde pasó parte de su infancia la presionaban para que diera marcha atrás en su decisión.
Pese a mostrar cierta comprensión con N., los propios jueces ya le anticipan que su deseo está lejos de poder convertirse en realidad. Los magistrados exponen que la suspensión de la eutanasia “se prolongará en el tiempo”. Todo ello pese a que los magistrados respaldan todos los informes médicos y jurídicos de los profesionales que autorizaron la eutanasia de N. y constatan que Abogados Cristianos no presentó ninguno.
Eso sí, los magistrados se descargan de toda responsabilidad en la tardanza en resolver (tenían desde primavera el recurso pendiente de resolver y no fijaron la deliberación hasta este septiembre) el recurso de Abogados Cristianos. El otro caso permanece en el Supremo desde primavera sin que haya obtenido respuesta por parte del Alto Tribunal. Y eso que, al versar sobre derechos fundamentales, por ley este tipo de asuntos son prioritarios al resto.
“Hemos de descartar que la prolongación en el tiempo [de la suspensión de la eutanasia] se trate de un efecto que esté al alcance de los órganos judiciales evitar, sino que procede de la inexistencia de ninguna singularidad en la regulación de la materia”, se excusan los magistrados. Vallès recoge el guante y anuncia que su asociación promoverá una modificación legislativa para que los casos de impugnaciones de eutanasia sean sí o sí los primeros que tengan que resolver los jueces.
El de N. es el primero de los dos casos en España de eutanasias avaladas por los médicos que terminan en el juzgado impugnados por los familiares de los solicitantes. Se trata de un obstáculo inesperado a la histórica ley que reconoció la muerte digna en 2021, y que se ha ido aplicando con normalidad salvo en estos dos enfermos.
Los solicitantes que a día de hoy ven incumplido su derecho son un hombre de más de 50 años con enfermedades crónicas que le provocan un alto grado de discapacidad sin perspectivas de mejora y la joven N., parapléjica y con trastorno límite de la personalidad. Pese a llegar a la misma decisión (aval a la eutanasia, pero también el derecho del familiar a recurrirla), las dos resoluciones de la Sala Contenciosa del TSJC, que firman los mismos jueces, tienen un tono muy distinto.
Si en la de este viernes los jueces admiten que padre e hija “no conviven” (al hombre que ahora recurre la eutanasia de la joven le quitaron la tutela de su hija durante unos años cuando era menor), la sentencia de hace unos meses era muy dura y se adentraba incluso en consideraciones sobre “el afecto” de los padres sobre los hijos para justificar su derecho a recurrir, algo que no se incluye en el caso de N. Ahora todo está en manos del Tribunal Supremo.