
Condenada por coacciones una empresa de ‘desokupación’ al intentar desalojar un centro social en Granada
El juzgado considera que la administradora de AMA Desokupa bloqueó el acceso al edificio y amedrentó al personal, ejerciendo una presión que desembocó en momentos de tensión que derivaron incluso en la presunta agresión a tres activistas por parte de la policía
Hemeroteca – Tres mujeres denuncian una presunta agresión policial en Granada mientras intentaban parar un desahucio
La Justicia ha condenado a una empresa de ‘desokupación’ por un delito de coacciones leves durante el intento de desalojo de un centro social de Granada el pasado mes de enero. En concreto, el Juzgado de Instrucción 6 de la capital granadina considera que la administradora de AMA Desokupa, la entidad contratada para desalojar La Madriguera, bloqueó con las órdenes dadas a sus trabajadores el acceso al edificio e impidió la entrada de alimentos para amedrentar a los activistas y ciudadanos que estaban en el inmueble, situado en pleno centro de Granada.
Los hechos, que tuvieron lugar el pasado 20 de enero, dieron lugar a escenas de tensión por la oposición de los miembros de La Madriguera a abandonar el centro. No en vano, se trataba de un centro okupado que estaba deshabitado desde hacía tiempo. Aunque había pertenecido a la Junta de Andalucía, en ese momento su propiedad era privada y fue esta la que contrató los servicios de AMA Desokupa para desalojar el edificio ante la oposición de decenas de activistas y ciudadanos de a pie que, durante horas, protestaron y trataron de detener a la empresa de desokupación, obligando a intervenir a la Policía Nacional. De hecho, tres mujeres denunciaron agresiones a su vez por parte de varios agentes policiales.
La jornada, que se saldó con cuatro personas heridas y un detenido, acabó con final feliz para los activistas de La Madriguera que consiguieron renegociar el desalojo, aplazándolo hasta marzo. No obstante, dos meses después dieron por roto el pacto al entender que la propiedad del edificio había actuado de mala fe al hacer uso de esas tácticas de coacción y amedrentamiento que protagonizaron los miembros de AMA Desokupa, contratados entonces como “vigilantes de seguridad”. Pese a ello, la Justicia sí reconoce esas tácticas parcialmente al condenar a la representante legal de la entidad. En todo caso, el centro social sí acabó siendo desalojado definitivamente el pasado mes de mayo por la Policía Nacional.
La denuncia presentada tras aquellos hechos señalaba que un grupo de trabajadores de la empresa permaneció durante más de quince horas en la entrada del edificio, impidiendo el paso a residentes y a terceras personas, y bloqueando el acceso de alimentos. Según el escrito, se llegó a advertir a quienes se encontraban dentro que abandonarían el inmueble “por las buenas o por las malas”. El mismo documento, al que ha tenido acceso elDiario.es Andalucía, apunta también que uno de los integrantes de la operación llegó a proferir amenazas de muerte, aunque este extremo no ha quedado acreditado durante el proceso judicial al no haberse podido identificar a su autor.
Los denunciantes aportaron fotografías, material gráfico y una publicación en la propia página web de AMA Desokupa en la que la empresa reconocía su participación en los hechos y relataba cómo había organizado un “control de accesos” en el inmueble. En la denuncia se solicitaba que se tomase declaración a las personas que intervinieron aquel día, además de la identificación de todo el personal desplazado.
Una multa económica simbólica
El juzgado considera probado que la actuación de la empresa se tradujo en impedir la entrada de alimentos a las personas que se encontraban dentro del centro social, lo que supone una limitación ilegítima de su libertad. Esa conducta es la que se señala como un delito leve de coacciones por parte de la administradora de la entidad. La resolución, sin embargo, descarta que existiera un delito de amenazas y absuelve tanto a la propiedad del inmueble como al personal de seguridad privada, al no haberse acreditado su participación directa en las acciones que motivaron la condena, pese a la existencia de numerosas imágenes grabadas durante la jornada.
De ese modo, el fallo condena a la responsable de AMA Desokupa a una sanción simbólica de un mes de multa con una cuota diaria de siete euros -210 euros en total- y al pago de una décima parte de las costas procesales. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Granada. No obstante, supone el reconocimiento explícito del tipo de actuación de estas empresas en hechos como los sucedidos el pasado 20 de enero.
Pese a la condena y a las pruebas aportadas por los denunciantes, el tribunal considera que se produce un delito leve porque entiende que no se pudo atribuir a la responsable de la empresa ninguna amenaza directa, ni tampoco las expresiones atribuidas a alguno de sus empleados como el “te voy a matar” que señalan los denunciantes, ya que no se identificó a la persona que las pronunció. El tribunal descarta además que la negativa a permitir el acceso al inmueble constituya coacciones, pero sí considera probado que impedir la entrada de comida vulneró derechos básicos de quienes estaban dentro del centro.
El testimonio de los denunciantes y el atestado policial han resultado claves para el fallo. Ambos han apuntado que la persona que daba las órdenes al grupo de desokupación era la representante de AMA Desokupa, lo que ha permitido al juez atribuirle la responsabilidad aunque no quedara determinado quién ejecutó materialmente la acción de interceptar los alimentos. A su vez, la sentencia absuelve de todos los cargos a la propietaria del inmueble y a los “vigilantes de seguridad” que habían sido contratado para la operación, al entender que no existen pruebas de que intervinieran en los hechos concretos.