
La Audiencia de Valencia ve en el «envío tardío y erróneo» del Es-Alert el «hecho nuclear» de la investigación de la dana
Los magistrados de la sección segunda advierten que aún no hay «bastante» información sobre lo que pasó en el Cecopi del 29 de octubre ni «la conducta» de algunos de los participantes
“¡No habéis mandado ningún mensaje!”: la perplejidad de la Confederación del Júcar ante la “indecisión” de Salomé Pradas
Los seis magistrados de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, encargada de resolver los recursos del procedimiento de la dana, consideran que el “hecho nuclear” de la investigación gravita sobre la decisión del “envío tardío y erróneo” del Es-Alert el día de la catástrofe a los móviles de la población. Así lo afirman, por unanimidad, en un auto dictado el pasado 17 de septiembre que rechaza imputar a Miguel Polo, presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ). La resolución se hace eco de la “hipótesis judicial” de la instructora, la jueza Nuria Ruiz Tobarra: que la exconsellera Salomé Pradas, a pesar de que “contaba o podía contar” con la información necesaria, tomó la decisión de avisar a la población cuando “ya era ineficaz y, además, con un contenido inadecuado”.
La clave, recuerda la Audiencia de Valencia, sería si el supuesto “comportamiento descuidado” de los investigados —la exconsellera Pradas y el exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso—“ha producido una situación de riesgo para el bien jurídico protegido suficientemente importante y grave para que se haya materializado en un determinado resultado lesivo”. Toda la causa gira alrededor de la “posición de garantía” de ambos imputados.
La resolución descarta que se investigue, además de a Miguel Polo, al alto cargo Alberto Martín Moratilla; al subdirector general de Emergencias, Jorge Suárez, y a la jefa de servicio Inmaculada Piles, tal como solicitaba la Asociación de Damnificados Dana Horta Sud, personada como acusación popular, en su recurso contra el auto de la jueza instructora del pasado 10 de marzo.
Sin embargo, los magistrados deslizan que la instrucción aún afronta enigmas por resolver. “Con todo, no disponemos de información bastante de cómo se desarrolló la reunión del Cecopi [Centro de Coordinación Operativa Integrado], ni tampoco para incardinar la conducta de cada uno de los recurridos, en una contribución a que la decisión del mensaje fuera errónea y tardía”, indica el auto, del que ha sido ponente el magistrado Enrique Javier Ortolá.
Pilar Bernabé, sin “posición de garante”
En una tercera tanda de autos sobre recursos de apelación de la dana, la Audiencia de Valencia vuelve a rechazar que se investigue a la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, tal como solicitaba Vox en su recurso de apelación contra el auto de la jueza que denegó esa posibilidad.
La sección segunda ya resolvió, en un auto del pasado 19 de mayo, esa misma cuestión: la delegada del Gobierno “difícilmente” mantenía una “posición de garante” que posibilitara la comisión por omisión de los delitos que se le atribuían.
Cuatro meses después, la Audiencia de Valencia concluye que las alegaciones de Vox “no desvirtúan los razonamientos expuestos en dicha resolución” y ya habían sido “motivadamente rechazadas”. Además, el auto asegura que de la declaración como testigo de Pilar Bernabé no afloran “datos o elementos aptos para alterar esa conclusión”.
Por otro lado, otro de los autos dictados por la sección segunda rechaza la petición de la asociación Liberum (nacida al calor de la conspiranoia de la Covid-19) relativa al acta publicada por elDiario.es de la reunión del Cecopi del 1 de noviembre elaborada por el departamento de Bomberos, Prevención, Intervención de Emergencias y Protección Civil del Ayuntamiento de València.
El fiscal de la causa ya se opuso a los planteamientos conspiranoicos de la citada acusación, que cuestiona la cifra oficial de fallecidos, alegando que “el derecho a la prueba no es absoluto e ilimitado”.
A pesar de que la instructora ha expresado en infinidad de ocasiones que la causa se centra exclusivamente en el 29 de octubre, la asociación “reiteró al juzgado la petición realizada el 1 de abril de 2025 de que se librara oficio al Ayuntamiento de València a fin de que se corroborara la autenticidad de un documento publicado en elDiario.es”, según la resolución de la Audiencia de Valencia.
Acta del Cecopi posterior a la dana
El ponente del auto, el magistrado José Antonio Mora Alarcón, recuerda en el auto que desestima el recurso de Liberum que “no comparece ante la juez el autor de la información ni el medio periodístico que la emitió, sino terceras personas que pretenden probar la autenticidad de la información sin haber participado en su elaboración, lo cual a efectos de la investigación resulta irrelevante”.
La resolución también recuerda que “nadie ha cuestionado” la información publicada por este diario sobre la reunión del Cecopi en la que participaban tres días después de la catástrofe el president de la Generalitat, Carlos Mazón, y el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.
La Audiencia de Valencia argumenta que la información se publica “con posterioridad a la producción del siniestro investigado” y “no es función jurisdiccional la de dotar autenticidad o veracidad a una información periodística”. La resolución recuerda la “consolidada línea de doctrina constitucional” que alude al “secreto profesional de los periodistas como instrumento clave” del derecho a la información.