
El Constitucional rechazará el recurso del Supremo contra la amnistía en el que denunciaba un «golpe de Estado»
El pleno también tiene previsto admitir a trámite el recurso de Puigdemont contra la negativa del Supremo a perdonar el delito de malversación que le impide volver a España sin riesgo a ser detenido
Archivo – El Constitucional rechaza el recurso del PP y avala la ley de amnistía
El Tribunal Constitucional afrontará en este trimestre final del año sus últimos debates relevantes en torno a la ley de amnistía. Los flecos finales de su legalidad, con el rechazo mayoritario de los recursos presentados por el Gobierno de Aragón y el Tribunal Supremo, se sumarán esta semana a la admisión a trámite de varias impugnaciones, entre ellas la de Carles Puigdemont, contra su aplicación al delito de malversación. Se trata del delito cuya vigencia impide que, a día de hoy, el expresident catalán pueda volver a España sin exponerse a ser detenido por su imputación en la causa principal del procés independentista.
La ley de amnistía fue llevada ante el Constitucional menos de dos meses después de entrar en vigor. Dos decenas de recursos se agolparon en el registro del tribunal en la calle Doménico Scarlatti de Madrid mientras su aplicación se traducía en absoluciones, archivos y sobreseimientos en más de 300 casos de activistas, policías y políticos. El primer recurso –el que más aspectos de la ley abarcaba– fue el presentado por el Partido Popular y su rechazo marcó un aval a la ley que se reproducirá esta semana en otros dos debates relevantes.
Fuentes del tribunal de garantías explican que la mayor parte de los argumentos de esa primera sentencia servirán para rechazar estos nuevos recursos. Uno de ellos es la cuestión de inconstitucionalidad que presentó la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, un escrito en el que por primera vez los magistrados calificaban el desafío soberanista de 2017 y el referéndum del 1 de octubre de ese año como un “golpe de Estado” después de haberlo descartado en la sentencia que impuso condenas de hasta 13 años de cárcel por sedición, malversación y desobediencia.
La cuestión de inconstitucionalidad del Supremo, firmada por el magistrado Leopoldo Puente, calificaba de “grosera discriminación” la norma de perdón del procés, llegando a bromear con el arrepentimiento de los amnistiados. “Es suficiente con que dejen de lanzar adoquines”, aseguraba el documento.
La impugnación del Supremo llega al pleno del Constitucional después de que la mayoría progresista haya establecido que la ley de amnistía es constitucional, al tener una “justificación objetiva y razonable” que es “la reconciliación”. Este tipo de normas, dijeron los magistrados, solo son “constitucionalmente admisibles” cuando buscan responder a una “coyuntura extraordinaria”, como lo fue el desafío soberanista de 2017 que culminó con el referéndum del 1 de octubre y la Declaración Unilateral de Independencia.
El pleno, con los previsibles votos en contra del sector conservador, aplicará la doctrina de esa primera sentencia para rechazar el grueso de las quejas del Supremo sobre la amnistía, aunque eso no cierra la puerta a que se pueda dar la razón a la Sala de lo Penal en algunos puntos concretos de su cuestión de inconstitucionalidad, como sucedió con el recurso del PP. Los magistrados, en esa primera sentencia, ya anularon tres puntos de la ley de escasa trascendencia y poca aplicación práctica a casos existentes aunque abriendo la puerta a amnistiar a la exjefa del CNI acusada de espionaje.
“Puede haber algún punto que tenga razón y deba ser admitido”, avanzó el presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, en un reciente encuentro con la prensa. Un sector del tribunal, por ejemplo, apuesta por reiterar algo que ya afirmaron en la sentencia del recurso del PP: que la norma también debe perdonar a particulares y empleados públicos que se opusieran al referéndum y delinquieran. Las deliberaciones arrancan este martes y pueden prolongarse hasta el jueves.
La segunda impugnación que estudiarán los magistrados esta semana es la presentada por el ejecutivo aragonés. Fue el primero de múltiples recursos interpuestos por comunidades autónomas gobernadas por el PP, además de la Castilla-La Mancha de Emiliano García-Page, y esta sentencia rechazará sus argumentos, pero servirá para admitir la posibilidad de que gobiernos regionales puedan recurrir la ley.
Estas mismas fuentes explican que el recurso de Aragón iba un poco más allá que el del PP y solicitaba un pronunciamiento sobre cómo se aplica a determinados tipos de malversación de caudales públicos. El borrador que estudiará el pleno esta semana propone avalar las directrices de la ley sobre este delito –que no se pueda amnistiar si ha existido un enriquecimiento personal–, pero la ponente, Laura Díez, ha eliminado en los últimos días las referencias que pudieran interpretarse como un adelanto del debate sobre la situación de Carles Puigdemont.
La malversación imputada a Puigdemont
La respuesta del Tribunal Constitucional a Carles Puigdemont tendrá que esperar unos meses, pero esta semana el pleno tiene previsto dar el primer paso para abrir el debate sobre su caso: admitir a trámite tanto su recurso como los de Toni Comín y Lluís Puig contra la decisión del Supremo de no amnistiar el delito de malversación que les imputa desde hace ocho años el juez Pablo Llarena y que, en la práctica, les mantiene en búsqueda y captura dentro de España.
Los recursos llegan después de que quejas similares de Oriol Junqueras y otros imputados, condenados y amnistiados fueran admitidas a trámite en febrero, y vienen acompañados de peticiones de medidas cautelarísimas que serán rechazadas por el pleno. La respuesta que redacte el pleno a estos recursos dentro de meses será la que determine si Puigdemont sigue imputado por malversación o si ese delito se amnistía y deja de estar en búsqueda y captura.
El propio presidente del Constitucional, en un encuentro reciente con la prensa, descartó que estos recursos puedan quedar resueltos antes de que termine el año. El debate girará, dentro de unos meses, en torno al principal argumento del Tribunal Supremo y el juez Pablo Llarena para no perdonar la malversación: que el procés catalán pudo llegar a afectar los intereses económicos de la Unión Europea y que, además, sí existió un enriquecimiento personal de los encausados. Usar medios públicos de la Generalitat para organizar el referéndum, dice el Supremo, supuso en la práctica que no tuvieran que ponerlos de su bolsillo.
Este argumento del Supremo no fue pacífico. La Fiscalía entendía que la norma era “clara” y que la malversación debía ser amnistiada, argumentos similares a los esgrimidos por Ana Ferrer, una de las magistradas de la Sala de lo Penal. “No puede apreciarse el ánimo de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial”, entiende esta jueza.