El fiscal de la dana se opone al archivo de la causa que pedía Pradas y recuerda que debía «determinar» la alerta a la población

El fiscal de la dana se opone al archivo de la causa que pedía Pradas y recuerda que debía «determinar» la alerta a la población

El representante del Ministerio Público reitera que la exconsellera ejercía la «dirección del plan» de respuesta a la catástrofe del 29 de octubre, que se saldó con 229 fallecidos

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El fiscal de la causa de la dana se ha opuesto a la petición de sobreseimiento libre por parte de la defensa de la exconsellera Salomé Pradas. El representante del Ministerio Público, en un escrito al que ha tenido acceso elDiario.es, recuerda que, una vez convocada la reunión del Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) el pasado 29 de octubre, la entonces titular de la cartera de Emergencias del Gobierno de Carlos Mazón ostentaba la “dirección del plan” de respuesta a la catástrofe. El fiscal Cristóbal Melgarejo también alude al Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones de la Generalitat y recuerda que, “entre otras funciones”, a Salomé Pradas le correspondía la misión de “determinar, en función del tipo y gravedad de la emergencia, las medidas de protección a la población que deban adoptarse”.

Melgarejo considera que la resolución de la jueza instructora del pasado 3 de octubre que rechazaba el sobreseimiento libre solicitado por Pradas resulta “ajustada a Derecho” y solicita, “por consiguiente, la confirmación de la misma”.

Para las funciones asignadas a Pradas como directora del plan, el Ministerio Fiscal también afirma que “podía asesorarse de un comité formado por el grupo de seguimiento del riesgo y por el grupo de gestión de medios y recursos”, compuestos por “profesionales” a los que la investigada “pudo requerirles la información que hubiere considerado necesaria para gestionar la emergencia y la utilización de recursos humanos y materiales a tal fin”.

El escrito enumera —sin citarlos por el nombre— al técnico del Centro de Coordinación de Emergencias “del departamento competente en materia de protección civil y emergencias de la Generalitat”; al representante de la Confederación Hidrográfica del Júcar (la “afectada por la inundación”); al de la delegación territorial en la Comunitat Valenciana de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet): al director técnico del Consorcio Provincial de Bomberos de la provincia afectada (Valencia), o al jefe del servicio de bomberos del municipio afectado en el caso de las capitales de provincia; al “director/coordinador” del plan sectorial de carreteras, y al responsable del 112.

El representante del Ministerio Público repasa también la cronología de la trágica jornada del 29 de octubre, que se saldó con 229 fallecidos. A las 7.45, se declaró la situación 1 en la comarca de la Ribera Alta. Posteriormente, el Centro de Emergencias de la Generalitat activó la alerta roja en prácticamente oda la provincia de Valencia.

A las 11.45, se activó la alerta hidrológica en el río Magro y, a las 12.20, en el barranco del Poyo. Mientras que, a las 15.00, se declaró la situación 2 de emergencia por inundaciones en la comarca de Utiel-Requena. Media hora más, tarde, se convocó el Cecopi para las 17.00 y, “por ende”, a la entonces consellera Salomé Pradas le correspondía la “dirección del plan” ante la emergencia, “al no ser declarado el interés nacional”.