El Congreso obligará a los diputados a entregar los regalos institucionales superiores a 150 euros

El Congreso obligará a los diputados a entregar los regalos institucionales superiores a 150 euros

La Cámara Baja aprueba un protocolo que le permitirá inventariar y custodiar los regalos de cierto valor que los parlamentarios reciban en ejercicio de sus funciones durante recepciones o visitas internacionales

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Los diputados y diputadas no podrán quedarse con los regalos que reciban en calidad de parlamentarios y que superen los 150 euros. Es la nueva norma que ha aprobado este martes la Mesa del Congreso y que obliga a todos los representantes a entregar a la Cámara Baja este tipo de obsequios para que sean inventariados y custodiados, algo que ya ocurría con la Presidencia y que ahora se extiende al conjunto del hemiciclo.

La Mesa ha aprobado en su reunión de este martes un protocolo para regular los regalos de los parlamentarios, en línea con el mandato del último Plan de Parlamento Abierto, en vigor desde hace unos meses. La idea es establecer “pautas claras y homogéneas para la gestión, trazabilidad y publicidad de los obsequios recibidos en actos oficiales por integrantes de la Cámara y por personal que actúe en su presentación”, dice el texto al que ha tenido acceso este diario. El protocolo tiene rango de guía práctica de actuación y no es de carácter normativo.

Según los criterios que entrarán en vigor a partir de ahora, ningún diputado puede recibir obsequios que sean susceptibles de interpretarse como una forma de influir en las decisiones o en los votos, “ya sea ofrecido directamente a la persona parlamentaria o a su entorno cercano”. En caso de dudas, establece la guía, los regalos se entregarán o recibirán el tratamiento de institucionales.

La guía sitúa el umbral económico en los 150 euros para “diferenciar entre la cortesía admisible y el regalo que no puede retenerse a título personal”. “Por debajo de 150 euros, el obsequio puede aceptarse si no existe conflicto de interés ni procede de donante inadecuado; por encima, no puede ser disfrutado privadamente. Si por protocolo no es viable rehusarlo en el momento, se aceptará en nombre de la institución y se entregará a la Secretaría General para su tramitación”, establece la nueva guía.

El Congreso entiende como obsequio “cualquier objeto tangible, servicio, invitación, viaje, alojamiento, entrada o ventaja no remunerada ofrecida a una persona en su condición de parlamentaria o de representante institucional”. Pueden ser obsequios las atenciones protocolarias o los recuerdos intercambiados en visitas oficiales pero se excluyen las compensaciones previstas para estos traslados, como dietas, indemnizaciones oficiales y los “materiales trasladados por la propia institución”.

También incluye algunas excepciones, como los obsequios personales de familiares o amistades por motivos ajenos a la actividad parlamentaria, “así como atenciones sociales de uso común y escaso valor (por ejemplo, merchandising generalizado)”. “Aun así, si la entrega se vincula de hecho a la condición parlamentaria, prevalece la regla general de prohibición”, dice el nuevo protocolo.

Publicidad en el Portal de Transparencia

El Congreso pondrá a disposición de los diputados una breve guía con los pasos orientativos. Después de evaluar la cuantía estimada del regalo, deberán notificar por correo la recepción del regalo al órgano correspondiente, con una descripción, la fecha y lugar de entrega, la identidad del donante y el contexto, si es un viaje oficial, la visita de una delegación, una conferencia, etc.

Si el regalo supera el importe, los parlamentarios tienen 30 días para entregar el regalo. Si ha sido en un viaje, los días empezarán a contar en la semana posterior al regreso. Una vez recibidos, el Congreso hará un inventario, con un número de registro y los datos principales. “El bien pasa a ser del Congreso y se publica en el Portal de Transparencia”, dice el texto. Los bienes podrán exhibirse, conservarse en el “almacén/museo” o si procede en la Biblioteca del Congreso. Si procede, el diputado o diputada deberá reflejar los obsequios en su declaración de intereses.

El Congreso publicará de forma “proactiva” la información sobre estos obsequios en el Portal de Transparencia, como ya ocurre con los recibidos por Presidencia. “La actualización será periódica -preferentemente trimestral-, dejando constancia de los periodos sin novedades”, establece la nueva guía.