El fiscal de la dana atribuye a Emergencias de la Generalitat el seguimiento de caudales en barrancos como el del Poyo
El representante del Ministerio Público alude a las «rondas informativas con municipios y servicios operativos” que impone a la Generalitat su propio Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones
La jueza de la dana reitera que la Generalitat debía vigilar la rambla del Poyo “por la simple aplicación” de la ley
El fiscal de la causa de la dana atribuye al Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat la obligación de realizar un seguimiento de los caudales en ríos y barrancos. El representante del Ministerio Público pide que se estime parcialmente un recurso de una de las acusaciones particulares contra un auto del pasado 16 de octubre de la jueza instructora que descartó una serie de diligencias relativas a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ).
El informe del fiscal, al que ha tenido acceso este diario, considera necesaria la diligencia solicitada sobre la filiación de los agentes medioambientales de la CHJ que intervinieron el 29 de octubre de 2024. Y se escuda en que “cabe concluir” que el Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones “atribuye” al Centro de Coordinación de Emergencias el seguimiento de la situación de preemergencia (y, en su caso, de emergencia).
Concretamente, apostilla, corresponde al departamento de la Generalitat la “obtención de información de registros de zonas sin cobertura por redes automáticas mediante rondas informativas con municipios y servicios operativos”, siendo la CHJ “uno de los organismos a su disposición a tal fin”.
El Ministerio Público concluye que la identificación de los agentes medioambientales resulta de “utilidad total” la identificación de los agentes medioambientales “con la finalidad de conocer, mediante su posterior interrogatorio, qué información recabaron al realizar la vigilancia y a qué personas y/o organismos la proporcionaron”.
El fiscal destaca que en la situación de preemergencias que precedió a la catástrofe del 29 de octubre de 2024, Emergencias de la Generalitat tenía la obligación, según indica el Plan ante el Riesgo de Inundaciones “confirmar o no la situación de riesgo y su evolución”. “Para lo cual”, agrega, “el Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat organiza rondas de seguimiento con los organismos y servicios colaboradores con objeto de conseguir información sobre la intensidad y lugar donde se están produciendo las precipitaciones y aumentos en los niveles en los cauces”.
El control de la evolución de la preemergencia, recuerda el fiscal “conlleva” el “seguimiento del incremento de caudales en ríos, inicio de circulación de escorrentías en barrancos y zonas de acumulación de pluviales”.
El Plan ante el Riesgo de Inundaciones enumera los organismos implicados en la operativa bajo la coordinación de Emergencias: la CHJ y los “municipios y servicios de intervención desplegados en el territorio”, tales como la Guardia Civil, el servicio de bomberos forestales de la Generalitat, la Policía de la Generalitat, los agentes medioambientales y los recursos adscritos al servicio de vigilancia preventiva frente al riesgo de Incendios Forestales de la conselleria competente, las brigadas de la Diputación de Valencia e incluso las comunidades de regantes y los servicios del ciclo integral del agua, que “informarán a ayuntamientos”.