El Gobierno de Ayuso, condenado a pagar 451.000 euros a Rivas por no sostener sus escuelas infantiles durante la pandemia

El Gobierno de Ayuso, condenado a pagar 451.000 euros a Rivas por no sostener sus escuelas infantiles durante la pandemia

El Tribunal Supremo censura que la Comunidad de Madrid dejara de abonar al consistorio ripense los importes para el funcionamiento de las escuelas infantiles durante los dos primeros meses de cierre por el confinamiento

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Revés judicial definitivo para la Comunidad de Madrid en su litigio con el Ayuntamiento de Rivas por la financiación de las escuelas infantiles durante la pandemia. El Tribunal Supremo ha condenado al Gobierno de Ayuso a pagar 451.399,52 euros por haber todo de forma unilateral el convenio que regula la etapa de 0 a 3 años en la ciudad durante los dos primeros meses de confinamiento por la pandemia de Covid.

La sentencia condena al Gobierno regional de Isabel Díaz Ayuso a abonar esta cantidad al Ayuntamiento de Rivas por la actividad desarrollada en la Casa de Niños y tres escuelas infantiles municipales entre el 11 de marzo y el 15 de mayo de 2020, periodo en el que el Ejecutivo autonómico dejó de financiar esta etapa educativa al considerar que la educación online que se estaba ejerciendo en esas fechas era “un insulto a la inteligencia”, según palabras del entonces consejero de Educación, Enrique Osorio.

Todo ello pese a que la Comunidad de Madrid había emitido una orden en la que decretaba el teletrabajo para el personal docente y remitía a los centros educativos a establecer un modelo de enseñanza online, una orden que acató el Ayuntamiento de Rivas con sus escuelas infantiles, manteniendo el vínculo del alumnado con su profesorado y su entorno escolar de manera telemática y preparar materiales educativos para que las familias pudieran trabajarlos con sus hijos e hijas en casa.

“Lo que de verdad fue un insulto a la inteligencia, y a muchas víctimas de la COVID, fue la gestión que hizo la Comunidad de Madrid durante la pandemia, también de las escuelas infantiles”, respondea ahora la alcaldesa de Rivas, Aída Castillejo, a través de un comunicado publicado por el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid en el que valora la sentencia.

“Ayuso no solo abandonó a las personas mayores en las residencias; también recortó y dejó sin apoyo a la educación infantil, rompiendo unilateralmente los acuerdos con los ayuntamientos”, ha denunciado la regidora, que celebra que “la justicia haya terminado poniendo las cosas en su lugar”.

Y es que la Comunidad de Madrid, al ser requerida por el Ayuntamiento de Rivas a financiar este tiempo de actividad en sus escuelas infantiles, cumpliendo así con el convenio que mantienen firmado ambas administraciones, desistió de asumir sus obligaciones, estimadas por el Ayuntamiento y ahora también por el Tribunal Supremo en 451.399,52 euros. 

En una primera instancia, Rivas denunció este incumplimiento de contrato ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se pronunció a favor del Gobierno de Ayuso. Ahora, después de un recurso de casación, el Tribunal Supremo ha anulado la decisión del TSJM y ha condenado a la Comunidad de Madrid “a cumplir con las obligaciones de financiación contraídas en dicho convenio de colaboración, con el consiguiente abono al Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid de los gastos de Educación Infantil acreditados, correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo del curso escolar 2019-2020”.

Hasta 94.000 niños y niñas de 0 a 3 años se vieron afectados por la decisión de la Comunidad de Madrid de suspender la actividad lectiva durante la pandemia en toda la región. “Rivas no lo hizo —ha recordado Castillejo— porque sabíamos que era esencial para las familias y para el bienestar de la infancia. Nuestras maestras siguieron acompañando a las familias, manteniendo el contacto con las y los más pequeños y garantizando ese vínculo con su comunidad educativa en un momento tan difícil”, ha subrayado la alcaldesa ripense, que ha agradecido el esfuerzo de las maestras, trabajadoras y familias ripenses, “que sostuvieron la educación y el bienestar de la infancia cuando todo se detuvo”.

Se trata de una sentencia que sienta jurisprudencia y establece la igualdad de las partes —en este caso dos administraciones de distinto rango— cuando mantienen entre ambas un convenio de colaboración. “Son reflejo de los principios constitucionales de cooperación, tienen carácter vinculante y constituyen fuente de obligaciones para ambas partes”, establece el Tribunal Supremo, que advierte de que en estos convenios se “impide la adopción de decisiones unilaterales que supongan el incumplimiento de sus obligaciones o la modificación unilateral del convenio de colaboración”, algo que, a juicio de los ponentes de la sentencia, “no se ajusta a derecho”.

Además, la resolución refuerza el principio de autonomía local, al reconocer la capacidad de los ayuntamientos para gestionar sus competencias y defender sus decisiones frente a imposiciones unilaterales de otras administraciones. “Demuestra que los ayuntamientos tenemos voz propia, que nuestras decisiones se respetan y que defender lo público desde lo local es defender la democracia”, ha destacado la alcaldesa de Rivas.

“Ahora podemos decir con claridad que el Tribunal Supremo condena a Ayuso por romper los convenios de manera unilateral y por las políticas de recortes que aplicó en lo peor de la pandemia”, ha asegurado Castillejo, señalando al resto de ayuntamientos que se hubieran visto en la misma situación “la posibilidad de emprender los recursos administrativos y judiciales que les garanticen la financiación de la actividad de sus escuelas infantiles durante la pandemia”. El alto tribunal lo deja muy claro: “la decisión adoptada por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid de forma unilateral carece de amparo o cobertura legal”.

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