Condenado un teniente de navío por agresión sexual a una estudiante de la Armada en Ferrol
Le impone una multa de tres meses por el delito castrense de abuso de autoridad y otra de cinco meses por agresión sexual según el Código Penal común por haberle dado besos sin su consentimiento a la mujer y haberle dicho: «Estás muy buena, te follaría»
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El Tribunal Militar Territorial Cuarto de A Coruña ha condenado a un teniente de navío por un delito de abuso de autoridad, en su modalidad de agresión sexual, contra una aspirante a marinero en la Escuela de Especialidades Antonio de Escaño de Ferrol. La sentencia, dictada el 2 de julio de este año, es el resultado de un acuerdo de conformidad alcanzado entre la Fiscalía Jurídico Militar y la defensa del acusado.
Los hechos, ocurridos la tarde del 14 de enero de 2024, se produjeron cuando el oficial, que era el comandante de la brigada de la aspirante, citó a esta y a otros dos alumnos en la cantina de la escuela. Según lo declarado probado, el teniente de navío realizó comentarios de índole sexual explícita a la mujer, como “estás muy buena. Te follaba” o “te follaría”, le dio varios besos en la mejilla sin su consentimiento, la cogió de la cintura en varias ocasiones e introdujo la mano por el cuello de su camisa para sacar una cadena que llevaba.
También dirigió comentarios sexuales a otro estudiante varón. La situación generó tal “agobio” e “incomodidad” en la víctima que, tras el incidente, salió llorando de la cantina y sufrió un estado de ansiedad que requirió tratamiento psicológico durante 21 días, según la resolución, que adelantó Praza.gal -que recuerda que hay otras tres condenas por agresiones sexuales en la misma escuela- y recoge Europa Press.
El tribunal ha impuesto al teniente de navío una pena de multa de tres meses por el delito castrense de abuso de autoridad (agresión sexual), y otra de multa de cinco meses por un delito de agresión sexual del Código Penal común, en concurso ideal. En ambos casos, la cuota diaria de la multa se ha fijado en 3 euros.
Además, le condena al pago de una indemnización de 1.109 euros a la aspirante por los daños morales y perjuicios personales sufridos. La sentencia también declara la responsabilidad civil subsidiaria del Estado, a través del Ramo de Defensa, lo que significa que será la Administración quien asuma el pago de la indemnización en caso de que el condenado no pueda hacer frente a ella.
El tribunal apreció la atenuante “muy cualificada” de actuar bajo los efectos de una “intoxicación plena” por consumo de bebidas alcohólicas, ya que el acusado manifestó no recordar los hechos cuando se le interrogó días después. Esta circunstancia permitió la imposición de penas en su grado inferior.
La sentencia, que es firme, pone fin a un procedimiento que se inició tras una investigación interna en la escuela y que llevó al acusado a ser destituido de su cargo como comandante de Brigada. Durante todo el proceso, el teniente de navío estuvo sujeto a medidas cautelares, entre ellas la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima.