El Supremo confirma el último ascenso de Dolores Delgado como fiscal de Memoria Democrática
Los jueces rechazan el recurso de la mayoritaria y conservadora Asociación de Fiscales contra el segundo nombramiento de Delgado como fiscal de Sala después de que dos sentencias anteriores anularan dos de sus ascensos a la máxima categoría del Ministerio Público
El Supremo anula el ascenso de Dolores Delgado a la máxima categoría de la carrera fiscal
El Tribunal Supremo ha avalado el tercer ascenso con el que Dolores Delgado fue nombrada fiscal de sala de Memoria Democrática, donde ejerce en la actualidad. Los jueces, después de dos sentencias anteriores que anularon sendos ascensos a la máxima categoría de la Fiscalía, rechazan el recurso de la mayoritaria y conservadora Asociación de Fiscales contra el nombramiento de la exfiscal general y exministra como fiscal de sala, rechazando entre otras cosas que el hecho de que su pareja, Baltasar Garzón, ejerza la abogacía en ese mismo ámbito, implique que Delgado no pueda ejercer en el cargo.
Dolores Delgado dejó la Fiscalía General en julio de 2022 por razones de salud, sustituida por el recién dimitido Álvaro García Ortiz. El nuevo fiscal general del Estado decidió, en un Consejo Fiscal, que ascendería a Delgado a la máxima categoría de fiscal de sala dentro de la jurisdicción militar, decisión que fue anulada por el Tribunal Supremo. García Ortiz impulsó un segundo ascenso de Delgado a la máxima categoría pero en el ámbito de la Memoria Democrática, decisión que también fue anulada por el Tribunal Supremo. Esta tercera sentencia avala el último ascenso de Delgado a esa misma Fiscalía de Memoria Democrática donde trabaja en la actualidad.
Este último nombramiento, con las otras dos sentencias pendientes de recurso en el Tribunal Constitucional, fue recurrido por la mayoritaria y conservadora Asociación de Fiscales, poniendo el foco en un aspecto de la vida personal de Delgado: su marido, el exmagistrado y abogado Baltasar Garzón, ejerce como letrado y en ocasiones aborda asuntos relacionados, precisamente, con la Memoria Democrática. Los jueces empiezan por recordar que Garzón ya no tiene ningún cargo en la fundación FIBGAR y que, si en algún momento Delgado tiene que estudiar algún asunto relacionado con el despacho de su pareja, en todo caso tendrá que sopesar una hipotética abstención.
La normativa interna de la Fiscalía recoge en qué situaciones un fiscal no puede ejercer su cargo: cuando su pareja ejerza “una actividad industrial o mercantil que obstaculice el imparcial desempeño de su función”, algo que “en este caso no concurre”. “Resulta de aplicación el remedio procesal de la abstención, siempre que resulte necesario para salvaguardar la imparcialidad en el ejercicio del cargo”, zanja la Sala de lo Contencioso-Administrativo.