El Gobierno elimina la obligación de que las personas desempleadas presenten la declaración de la renta

El Gobierno elimina la obligación de que las personas desempleadas presenten la declaración de la renta

Es una de las medidas del macrodecreto de la subida de las pensiones, que también contempla la prórroga del salario mínimo y del sistema de módulos para los autónomos, entre muchas otras

¿Cómo quedan las pensiones y el IMV en 2026? Las cuantías mínimas, máximas y el nuevo periodo de cómputo

El Gobierno ha suprimido la obligación de que las personas desempleadas que cobran prestaciones por desempleo de realizar la declaración de la renta. Era un nuevo mandato, aprobado en 2024 y que ya se había retrasado a 2026, pero ahora el Ejecutivo da marcha atrás del todo y anula la medida, que considera que “no era adecuada”.

Se trata de una de las múltiples medidas aprobadas en el macrodecreto de subida de las pensiones de final de año, que también recoge la ampliación a 2026 del llamado “escudo social” (como la prohibición de los desahucios a familias vulnerables y la ampliación del bono energético), pero también otra mucha letra pequeña en materia de Seguridad Social, empleo e impuestos.

En este caso, el Gobierno suprime dos apartados de la Ley General de la Seguridad Social –letra k) en los artículos 271.1 y 299,1– que se incluyeron en la última reforma del subsidio de paro de 2024 y que obligaba a las personas beneficiarias de prestaciones por desempleo a realizar la declaración del IRPF.

“Persigue evitar que, a través de una norma propia del ámbito social, como es la Ley General de la Seguridad Social, se produzca una modificación de las obligaciones tributarias de las personas beneficiarias de prestaciones por desempleo”, recoge el último decreto del año.

El Gobierno argumenta como “necesaria” la supresión de esta obligación de presentar declaración por IRPF a los beneficiarios de la prestación por desempleo, “pues su alcance actual no supone solo una obligación formal. Ello excede la intención de la norma, que inicialmente fue la de dotar de una fuente adicional de información a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo”.

El Ejecutivo recuerda que esta obligación seguía el ejemplo del mandato de realizar la declaración en el ingreso mínimo vital (IMV). Sin embargo, concluye que “existen diferencias sustanciales tanto en la normativa aplicable como en la finalidad de cada prestación” y decide suprimir esta obligaciones para las prestaciones por desempleo.

“Por otra parte, los datos necesarios para la comprobación de las declaraciones responsables de las personas solicitantes de subsidios por desempleo deberán ser comprobados por la entidad gestora de la prestación a través de consultas a los datos tributarios de las personas beneficiarias”, añade el decreto.

El mandato de realizar la declaración de la renta de las personas desempleadas generó bastante polémica con su aprobación, principalmente por el grupo de personas que pasarían a pagar IRPF. Sin embargo, la mayor transparencia fiscal también es un elemento muy reclamado por especialistas tributarios para mejorar la llegada de ayudas a los colectivos más vulnerables, y posibilitar más la concesión de oficio, ya que en muchas ocasiones se quedan sin ellas al estar fuera del radar de las Administraciones Públicas.

“Innecesaria carga” para 2,5 millones de personas

El Gobierno también argumenta la supresión de este mandato de realizar la declaración de la renta porque “además supondría un incremento innecesario de la carga administrativa para la persona trabajadora”. En concreto, cifra este alcance en “aproximadamente dos millones y medio de personas nuevas que acceden a la prestación por desempleo”.

El Ejecutivo argumenta que “la declaración responsable que se incorporó en la regulación” del subsidio por desempleo y “el refuerzo de la interoperabilidad con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria han permitido prescindir de esta obligación legal de presentar la declaración correspondiente”.

Además, el decreto subraya “lo que supondría” esta nueva obligación para 2,5 millones de personas “para la Agencia Estatal de la Administración Tributaria”, al “tener que gestionar este volumen de declaraciones adicionales”.

El Gobierno sostiene que “el 75% de estos declarantes obtienen rentas por desempleo inferiores a 5.400 euros”. “Por ello, la extensión de la obligación de presentar declaración por IRPF a los beneficiarios de la prestación por desempleo no supone solo una obligación formal, sino que además implica que muchos de estos contribuyentes tengan obligación de autoliquidar e ingresar una cuota tributaria a la que no estarían obligados de acuerdo con la normativa estrictamente tributaria”, añade el decreto, como otro de los argumentos que justifica la eliminación de este mandato.

La ley contempla que “es oportuno que esta disposición se apruebe con anterioridad al cierre del ejercicio fiscal 2025”, para que pueda “tener la adecuada publicidad para que los ciudadanos y ciudadanas puedan tener conocimiento de la medida con la debida antelación, así como para que los organismos tributarios puedan planificar adecuadamente los trabajos previos al inicio de la campaña de renta 2025”.

Salario mínimo, módulos de autónomos y otra letra pequeña

El macrodecreto de final de año incorpora además otras muchas medidas, como la prórroga del salario mínimo interprofesional de 2025, de 1.184 euros brutos al mes, hasta que se acuerde un nuevo SMI por parte del Gobierno. El Ministerio de Trabajo seguirá negociando con los sindicatos y las patronales a la vuelta de las fiestas navideñas, pero ya ha confirmado que el nuevo SMI tendrá aplicación con efectos retroactivos desde el 1 de enero, como ha ocurrido en los últimos años.

Se actualizan las bases de cotización de la Seguridad Social, con un aumento de la máxima a 5.100 euros al mes, según el mandato de las últimas reformas de pensiones, que amplían poco a poco la parte del salario por la que cotizan las mayores ganancias. También se fijan las pensiones mínimas, la no contributiva y la máxima, así como el aumento del complemento contra la brecha de género en las pensiones.

En el caso de los autónomos, sus cuotas mínimas a la Seguridad Social se mantienen congeladas de momento en las mismas cuantías de 2025, ante la falta de acuerdo del Ministerio de Elma Saiz con los agentes sociales para continuar la reforma iniciada en 2022.

También hay medidas fiscales de relevancia, como la prórroga del sistema de módulos para los trabajadores autónomos. Así como novedades, como evitar la tributación en el IRPF de ayudas por los incendios de este verano: “Con el objeto de evitar la tributación de los afectados por los incendios forestales y otras emergencias de protección civil acaecidos entre el 23 de junio y el 25 de agosto de 2025, se declaran exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas concedidas a los mismos por daños personales”, recoge el texto.

“En línea con el Plan España Auto 2030 y para contribuir a la lucha contra el cambio climático”, el Gobierno también prorroga “otros incentivos fiscales a los vehículos eléctricos, las infraestructuras de recarga y las inversiones que utilicen energías renovables en los impuestos sobre la renta de las personas físicas y sobre sociedades”.

Todas las medidas y la letra pequeña del decreto se puede consultar aquí, en el Boletín Oficial del Estado (BOE).