El fiscal de la dana frena a HazteOir y dice que citar de testigo a Pedro Sánchez no aportaría nada a la investigación
El representante del Ministerio Público avala como «ajustada a Derecho» la resolución de la magistrada instructora que descartó investigar las comunicaciones entre el presidente del Gobierno y Carlos Mazón
Feijóo defendió ante la jueza de la dana el baile de versiones de Mazón sobre El Ventorro: “Son concreciones”
El fiscal ha pedido que se inadmita un recurso de HazteOir, asociación ultraconservadora que ejerce una de las acusaciones en la causa de la dana, contra un auto de la jueza instructora del pasado 15 de diciembre que denegó la solicitud de que se citara como testigo al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y que “se le comunicara la posibilidad de aportar a la presente causa el listado de llamadas, así como los mensajes, correos electrónicos y whatsapp que pudiera haber recibido de Carlos Mazón, o que pudiera haber mandado al mismo”.
La acusación popular aludía a un mensaje enviado por Sánchez a Mazón a las 22.50 del 29 de octubre de 2024, mientras el presidente regresaba de una visita oficial a la India.
Sin embargo, el auto de la magistrada instructora recordaba que la hora en que se produce el intercambio del mensaje “se aparta radicalmente del momento en que se produjo el proceso de toma de decisiones” ante la dana.
Se trataba, según la instructora, de un supuesto “claramente diferente” al del líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, citado como testigo en el marco de la causa al haber dicho que Mazón le mantuvo informado en “tiempo real” (afirmación que matizó ante la jueza el pasado 9 de enero).
La testifical de Pedro Sánchez propuesta por HazteOir era “claramente improcedente”, según el auto de la jueza, que tildaba la solicitud de “mera elucubración”.
HazteOir recurrió el auto argumentando que el proceso de toma de decisiones “en una catástrofe de la magnitud de la dana es complejo” y “no puede consistir solo en determinar el momento en que se produjo la emisión de una alerta (Es-Alert) o quien intervino en tal decisión”.
Las diligencias “no servirían”
Por su parte, el fiscal Cristóbal Melgarejo, en un escrito al que ha tenido acceso elDiario.es, afirma que la resolución recurrida es “ajustada a Derecho”.
El representante del Ministerio Público alude al auto de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia sobre el objeto de la instrucción y que estableció que “son diligencias pertinentes aquellas que permiten esclarecer el proceso de deliberación y decisión que se siguió en la reunión del Cecopi [Centro de Coordinación Operativa Integrado] de la tarde del 29 de octubre de 2024”.
Así, las diligencias propuestas por la acusación popular “no servirían para conseguir ninguno de los fines descritos” por la Audiencia de Valencia.