La Justicia confirma la absolución del hombre que amenazó con “hacer heterosexual a hostias” a un joven en el Orgullo

La Justicia confirma la absolución del hombre que amenazó con “hacer heterosexual a hostias” a un joven en el Orgullo

La Fiscalía anuncia que recurrirá ante el Supremo al considerar irracional el razonamiento de que el acusado insultó a la víctima por su forma de vestir y no por su orientación sexual

La Fiscalía recurre la absolución “arbitraria” del hombre que amenazó con “hacer heterosexual a hostias” a un joven

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado la absolución del hombre que amenazó con “hacer heterosexual a hostias”, entre otras vejaciones homófobas, a un joven durante la celebración del Orgullo LGTBI en Barcelona en 2019. Los magistrados rechazan el recurso de la Fiscalía, que ya ha anunciado que quiere recurrir al Tribunal Supremo para intentar lograr la condena del acusado.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, la sección de apelaciones de la Sala Civil y Penal del TSJC confirma el razonamiento de la Audiencia de Barcelona que llevó a la absolución de los acusados (el hombre que profirió los insultos y el vigilante de seguridad del restaurante donde se produjeron, por no impedirlos) y descarta que fuera “arbitrario”, tal y como mantenía el Ministerio Público.

Los hechos se remontan al 2019. El joven estaba en el establecimiento que McDonalds tiene en la plaza Universitat, muy cerca de donde el Pride Barcelona celebraba del Orgullo LGTBI, cuando fue increpado por otro cliente. “Te voy a hacer heterosexual a hostias”, le llegó a amenazar el agresor. El vídeo de la agresión se viralizó rápidamente en las redes sociales.

“A mí que seas marica me da igual”, dijo el acusado, a lo que siguieron varias expresiones homófobas que la Justicia considera censurables en el plano moral, pero no delictivas: “Tápate que das vergüenza ajena y hay niños”; “luego nos escandalizamos a las mujeres que son violadas y matadas por vestir provocativas y tú eres un ejemplo que te puede pasar”; “mejor que lleves un guardaespaldas, porque ahora cuando salgas, te voy a dar tal hostia que la mariconería se te va a quitar (sic)”; “vamos fuera del local que voy a hacerte hetero a hostias, hoy es el día de las hostias, ¿quieres ver cómo te las suelto?”.

Según argumenta el TSJC, la Fiscalía “no ha justificado debidamente la falta de racionalidad” de la sentencia de la Audiencia de Barcelona, que fundamentó la absolución en que el acusado había amenazado e insultado a la víctima por su forma de vestir y no por su orientación sexual. Además, el tribunal recordó que la Fiscalía no había acusado por delito leve de amenazas, por lo que no podía condenar al acusado por este tipo penal.

De esa conclusión discrepaba con contundencia el Ministerio Público, que la consideró “absolutamente arbitraria”, ya que la forma de vestir de la víctima era una forma de expresar su orientación sexual. La distinción entre ambas que hizo la sentencia, ahondó el recurso de la fiscal, resultaba “ajena a las máximas de la experiencia y las reglas de la lógica”. La forma de vestir de la víctima era, precisamente, el reflejo del “móvil discriminatorio” y del delito de odio, según la fiscal. 

Para el TSJC, sin embargo, la discrepancia fiscal con la sentencia inicial no es motivo para corregirla, ya que la Audiencia de Barcelona sí razonó su absolución, al valorar que el acusado dijo en varias ocasiones que le “daba igual” la condición sexual del denunciante y que solo le reprendía “su forma de ir vestido”.

Lo que pretende la Fiscalía, concluye la sección del TSJC que revisa las sentencias, es que los magistrados “reevalúen” las pruebas del juicio, algo que “no resulta posible” en los recursos de apelación, que se deben centrar en si los razonamientos de la Audiencia fueron irracionales o si olvidaron alguna de las pruebas, algo que no se da en este caso.

El Ministerio Público pidió en el juicio 18 meses de cárcel por un delito de odio en concurso con otro contra la integridad moral para el hombre acusado de amenazar al joven así como nueve meses de prisión para el vigilante del McDonalds por no impedirla. Salvo giro de guion en el Supremo, el caso se quedará en la absolución.