Las claves de la ley de multirreincidencia aprobada en el Congreso: qué cambios incluye y qué pasa ahora

Las claves de la ley de multirreincidencia aprobada en el Congreso: qué cambios incluye y qué pasa ahora

El texto va camino al Senado pero, con un acuerdo tan amplio, lo lógico es que la Cámara, controlada por el PP, no ponga pegas a la ley y quede definitivamente aprobada allí sin necesidad de volver al Congreso

El Congreso aprueba la ley de multirreincidencia de Junts con los votos del PSOE y la derecha

El Congreso ha dado luz verde este jueves a la ley de multirreincidencia con la unión de votos del PSOE, Junts y la derecha para sacar adelante este texto, que era uno de los principales compromisos que adquirió el Gobierno con la formación de Carles Puigdemont. La ley pasará ahora al Senado.

El texto tenía los apoyos garantizados desde diciembre, cuando en la ponencia llegaron a un acuerdo con el PSOE para impulsar una ley que ha sido una de las principales obsesiones de la derecha y la ultraderecha desde hace años, tal y como han criticado durante el debate grupos de izquierda, que han acusado a los independentistas catalanes de dejarse arrastrar ideológicamente por el ascenso de Aliança Catalana. Vox ya registró en 2022 una ley como esta, que ha utilizado frecuentemente para vincular la delincuencia con la inmigración.

Estas son las claves:

¿Quiénes han votado a favor?

Ha salido adelante con 302 votos a favor de PSOE, PP, Junts, Vox y PNV. Han votado en contra 36 diputados: Sumar, Podemos, EH Bildu y BNG. ERC y Coalición Canaria se han abstenido.

Esquerra ha dicho que se abstenía a petición de los alcaldes del partido que, según ha relatado la diputada Pilar Vallugera, les han trasladado su preocupación por este asunto en los últimos meses. La formación ha alcanzado en paralelo un acuerdo con el Gobierno este martes para incrementar el número de jueces y juezas en Catalunya.

¿Qué es la multirreincidencia?

La multirreincidencia es la comisión de un mismo delito en repetidas ocasiones, la mayoría de las ocasiones pequeños robos o hurtos. En la exposición de motivos de la ley, Junts habla de las quejas de muchos alcaldes y alcaldesas catalanes que desde 2021 denuncian una “alarma social” por una “oleada de delitos”, sobre todo hurtos pero también peleas, por parte de un “reducidísimo grupo de personas” que el “sistema no era capaz de evitar”. 

¿Qué cambia?

El actual Código Penal ya incluye, en realidad, castigos más duros para las personas que cometan robos de forma continuada. Si una persona es condenada por un hurto en más de tres ocasiones y la cuantía de lo robado supera los 400 euros, el juez pasará a imponerle una pena de prisión de seis a dieciocho meses, en lugar de una multa. Lo que propone Junts en su texto es que el delincuente sea condenado con pena de prisión si acumula “tres delitos de la misma naturaleza” y siendo al menos uno de ellos leve, incluso aunque el valor de lo sustraído sea menor a 400 euros.

Móviles

La iniciativa de Junts también plantea que los hurtos “menos graves o graves” continuados (a partir de tres condenas) sean castigados con penas de uno a tres años. Y aplica esta horquilla a los robos de teléfonos móviles: “Dispositivos móviles informáticos o de comunicación, o dispositivos electrónicos o tecnológicos”. 

Una de las modificaciones que salió adelante en diciembre en el Congreso extiende también el incremento de los castigos a los delitos de estafa. En el caso de que el delincuente sea condenado por este motivo al menos tres veces se impondrán penas de entre seis meses y tres años independientemente del valor de lo estafado. Una de las enmiendas transaccionales del PP también modificó ligeramente el apartado sobre el hurto de teléfonos móviles para evitar que se tengan en cuenta en este aspecto los robos en tiendas o almacenes: “No se considerarán incluidos los que se encuentren a la venta, almacén o exposición en establecimientos comerciales”. 

El petaqueo

La ley hace referencia a una de las técnicas que utilizan los narcotraficantes para llenar de combustible sin tener que atracar en puerto las lanchas con las que transportan la mercancía, especialmente en zonas como el Estrecho de Gibraltar. Los traficantes utilizan otras embarcaciones más pequeñas cargadas con bidones de combustible para llegar hasta las lanchas, atracadas lejos de la costa. Según denuncian los agentes policiales, es difícil perseguir este tipo de barcos.

Para castigar estas conductas, una enmienda modifica el Código Penal para tipificar como delito “la adquisición, tenencia, depósito, almacenamiento, transporte, o suministro con temeridad manifiesta de cualquier forma de combustibles líquidos no comprendidos en el apartado anterior, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general, se castigará con la pena de prisión de uno a cinco años”.

Poder a los juzgados

Se dará poder a los juzgados en sus primeras diligencias en caso de “reiteración delictiva” para tipos penales graves. Son los contemplados en el artículo 57 del Código Penal: “Homicidio, aborto, lesiones, contra la libertad, de torturas y contra la integridad moral, trata de seres humanos, contra la libertad e indemnidad sexuales, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, el honor, el patrimonio, el orden socioeconómico y las relaciones familiares”. 

¿Y ahora qué?

El texto va ahora camino al Senado pero, con un acuerdo tan amplio, lo lógico es que la Cámara, controlada por el PP, no ponga pegas a la ley y quede definitivamente aprobada allí sin necesidad de volver al Congreso.