
Exmiembros de ETA y de Sortu admiten en la Audiencia Nacional que los ‘ongi etorri’ humillan a las víctimas
Acuerdan con Fiscalía, PP, AVT y Dignidad y Justicia, las otras acusaciones, una pena mínima de prisión por enaltecimiento del terrorismo que queda suspendida
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Tres históricos integrantes de ETA y otros tantos de Sortu han aceptado en un juicio en la Audiencia Nacional dos años de prisión por la organización de 120 actos de homenaje a expresos, han reconocido el daño causado a las víctimas del terrorismo y se han comprometido a no repetirlos y a renunciar al uso de la violencia. Se trata de los que fueran destacados miembros de ETA José Antonio López Ruiz ‘Kubati’, Carlos Sáez de Eguilaz y Felipe San Epifanio y los integrantes de la Comisión de Presos Sortu Haimar Altuna Junco, Oihana Garmendia Marín y Oihana San Vicente Sáez de Zerain, informa Efe.
Todos ellos han llegado este lunes a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y las acusaciones por el cual han confesado los hechos, ante lo que el fiscal ha rebajado su petición inicial, de cinco años y siete meses de cárcel por los delitos de constitución y dirección de una organización criminal y de humillación a las víctimas y enaltecimiento del terrorismo. En virtud de este acuerdo queda suspendida la ejecución de esta pena con la condición de que en un plazo de tres años los acusados no vuelvan a delinquir y en concreto no participen en actos de homenaje a miembros de ETA o en actos que ensalcen a la organización y supongan humillación a las víctimas del terrorismo.
Ante la confesión de los acusados la sentencia recogerá los hechos contenidos en el escrito de acusación de la Fiscalía. El mismo relata que en esta causa se ha investigado la denominada dinámica ‘Kalera Kalera’, que dirigían los acusados y que “se encargó de organizar de forma reiterada y sistemática ‘ongi etorris’ (bienvenidas) y otros actos de homenaje dispensados a miembros de la banda terrorista ETA en el momento de su excarcelación, del regreso a España y de su fallecimiento”.
En su acuerdo de conformidad los acusados han confesado que “sin perjuicio de la actividad de ‘Kalera Kalera’ para tratar de influir en la política penitenciaria, la organización reiterada y sistemática de tales actos de indudable contenido laudatorio a todos los miembros de la banda terrorista ETA encuadrados en el colectivo de presos produjo una constante humillación a las víctimas”. También han reconocido que las víctimas sufrieron “un impacto psicológico negativo” y que “principalmente se trataba de emociones y sentimientos relacionados con el enfado, el sentimiento de injusticia y la humillación con una intensidad muy elevada”.
Los acusados han asumido que su conducta fue contraria a la legalidad y generó dolor y humillación a las víctimas del terrorismo“ por lo que y se han comprometido a la ”renuncia a cualquier actividad enaltecedora del terrorismo de ETA y que humille sus víctimas“. Igualmente se han comprometido con la ”renuncia a cualquier actividad relacionada con el uso de la violencia para contribuir a la reparación de las víctimas del terrorismo por el daño y sufrimiento que les ha causado“.
El procedimiento se inició en 2018, con la operación Aurresku-Carmen, en la que alguno de ellos, como Kubati, fue detenido. Supuso además el cierre de la revista de Sortu ‘KaleraInfo’ y de la web kalerakalera.eus, que la Audiencia Nacional consideraba instrumentos de enaltecimiento del terrorismo. Los homenajes a presos de ETA, los conocidos como ‘ongi etorri’, seguían “normas estrictas tanto en lo referente a qué presos se rendía tributo como en lo concerniente a cómo se debía desarrollar el homenaje”.
Solo se homenajeaba a quienes se habían mantenido dentro de la disciplina del colectivo de presos, el EPPK, y no a quienes se acogieron a la ‘vía Nanclares’, se desvincularon del EPPK y se mostraron contrarios a la violencia. El acuerdo de conformidad ha sido suscrito también por las acusaciones, ejercidas por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), la organización Dignidad y Justicia y el PP, que han rebajado igualmente sus peticiones de pena ante la confesión y el compromiso de los acusados con las condiciones del pacto.