Consumo regulará la ‘publicidad del miedo’ que usa «mensajes manipuladores» para crear ansiedad y temor

Consumo regulará la ‘publicidad del miedo’ que usa «mensajes manipuladores» para crear ansiedad y temor

Lo hará a través de la Ley de Consumo Sostenible, con el objetivo de regular los anuncios que usan, por ejemplo, empresas de seguridad que advierten de robos y de ocupaciones

Consumo modificará la ley para evitar la reduflación: que las empresas reduzcan la cantidad del producto sin bajar el precio

El Ministerio de Consumo va a regular la conocida como “publicidad del miedo”, que emplean, por ejemplo, las empresas de seguridad para crear temor ante situaciones como los robos o las ocupaciones.

Lo hará a través de la Ley de Consumo Sostenible que, según fuentes del Ministerio, se aprobará de forma inminente. “Se trata de un tipo de publicidad que, usando mensajes manipuladores, explota emociones como la ansiedad y el temor”, indican. Por esta razón, Consumo considera esencial una regulación que proteja a los consumidores ante este tipo de anuncios, señala.

El departamento que encabeza Pablo Bustinduy apunta que “este tipo de publicidad se basa en datos engañosos o que puedan generar en el consumidor una percepción errónea sobre el peligro o riesgo al que puede estar sometido si no adquiere un determinado producto”. Y señala, expresamente, que es “una publicidad que es comúnmente utilizada por empresas de seguridad y basa su efectividad en presentar escenarios extremos o improbables, como robos violentos o vulnerabilidades catastróficas, con el propósito de generar una sensación de urgencia o vulnerabilidad en las personas”.

Decisiones precipitadas

Consumo entiende que este tipo de publicidad “puede llevar a los consumidores a tomar decisiones precipitadas, desinformadas o basadas en el pánico, afectando así a su libertad de elección y a su bienestar psicológico”. En cambio, señala que la publicidad debe conllevar “una información objetiva, destacando beneficios reales sin apelar a tácticas de manipulación emocional”.

“Este tipo de publicidad fomenta una cultura de miedo que afecta negativamente a la sociedad en su conjunto”, ahondan las citadas fuentes. “Cuando las compañías recurren a estas prácticas, contribuyen a la percepción de que los entornos cotidianos son inherentemente peligrosos, lo que incrementa la desconfianza y la sensación de inseguridad generalizada”. “Esto no solo puede alterar la calidad de vida de las personas, sino también desviar recursos hacia servicios innecesarios o desproporcionados en relación con el riesgo real”, añaden.

A través de la Ley de Consumo Sostenible, Consumo prevé modificar la Ley de Competencia Desleal “para obligar a las empresas que hagan este tipo de comunicaciones comerciales a ofrecer información cuantitativa o estadística que permita a los consumidores hacer una valoración real del riesgo al que se expone si no adquiere el bien o el producto que se les ofrece”.

De hecho, la Ley de Competencia Desleal ya prohíbe la publicidad en la que se incluya información falsa sobre el riesgo o peligro que puede sufrir un consumidor en caso de no adquirir un bien o servicio.

Ahora, con modificación del Artículo 27.2, que hace referencia a “otras prácticas engañosas”. En concreto, este artículo se complementará con la siguiente disposición: “Cuando tales afirmaciones, aun siendo veraces, utilicen la exposición a un riesgo o peligro como argumento principal de persuasión comercial, deberán incorporar, en condiciones de adecuada visibilidad, adaptado al medio en el que se realice la comunicación, información complementaria de carácter cuantitativo o estadístico que permita al consumidor o usuario valorar su frecuencia, impacto relativo o proporción”.