La Audiencia de Valencia avala a la jueza de la DANA y confirma la imputación del ex número dos de Emergencias de Mazón

La Audiencia de Valencia avala a la jueza de la DANA y confirma la imputación del ex número dos de Emergencias de Mazón

El auto recuerda que la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias estaba en la DANA «bajo la supervisión» de Emilio Argüeso como secretario autonómico

Hemeroteca – La jueza de la DANA reitera la negligencia del alto cargo de Emergencias de Mazón y tumba en un nuevo auto las tesis del PP

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha vuelto a avalar a la jueza de la DANA y ha desestimado el recurso contra su imputación de Emilio Argüeso, secretario autonómico de Emergencias del Gobierno de Mazón durante la barrancada. El auto, dictado este lunes, sostiene que “no es irrazonable ni arbitraria” la decisión de la magistrada instructora.

La resolución advierte de que la imputación del ex alto cargo “debe encuadrarse en el marco del proceso decisional objeto de investigación y, por tanto, se deberá estar a su resultado”.

La Audiencia Provincial de Valencia recuerda que, según la normativa del Consell, la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias estaba en la DANA “bajo la supervisión” del entonces secretario autonómico, investigado en la causa junto con la exconsellera Salomé Pradas.

El fiscal de la causa se adhirió al recurso de Argüeso, argumentando que su imputación en el procedimiento no era “compatible con el principio de culpabilidad”. Sin embargo, el auto de la Audiencia de Valencia considera que no se cumple el supuesto del Ministerio Público, “sin perjuicio” de que la posición de garantía atribuida indiciariamente al ex alto cargo no es una “foto fija”.

El auto, cuyo ponente ha sido el magistrado Salvador Camarena Grau, explica que el nivel de suficiencia de los elementos incriminatorios exigibles en las resoluciones judiciales “varía según las distintas fases del proceso”.

Así, “cuanto más cerca se está del momento inicial del proceso, más bajo es el nivel de suficiencia exigido”. Por el contrario, a medida que avanza la instrucción, ese nivel de suficiencia “se va elevando progresivamente”. 

Segundo aval a las decisiones de la jueza instructora

Emilio Argüeso, al igual que la exconsellera Pradas, fue citado como investigado por parte de la magistrada instructora el pasado 11 de marzo. A pesar de que la defensa de Argüeso estimaba que el ex alto cargo actuó con “encomiable diligencia” el 29 de octubre, tras su declaración y la aportación de un informe pericial sobre sus comunicaciones de aquella jornada, la jueza de la DANA consideró en un auto del pasado 24 de abril que Argüeso tenía un “conocimiento claro” de que podían producirse desbordamientos en el barranco del Poyo, la rambla que provocó la mayoría de los 228 fallecimientos.

La Audiencia de Valencia, encargada de resolver los recursos de apelación en el marco de la causa de la DANA, ya avaló —por unanimidad— la imputación de Salomé Pradas. En aquella resolución del 19 de mayo, los seis magistrados de la sección segunda recordaban que la Generalitat Valenciana ostentaba el “mando único” de la respuesta a la emergencia.