
Un tribunal pide el ingreso en prisión de la exedil del PP de Benitatxell condenada por falsificar firmas tras la denegación de su indulto
Nieves García, ex primera teniente de alcalde de Poble Nou de Benitatxell, fue condenada en 2021 a dos años, tres meses y un día de cárcel por un delito continuado de falsedad en documento oficial
Hemeroteca – Condenada una exedil del PP de Benitatxell y un constructor por falsificar la firma del interventor del ayuntamiento
Dos años, tres meses y un día de prisión. Es la pena que se le impuso en 2021 a Nieves García Iglesias, ex primera teniente de alcalde con el PP en Poble Nou de Benitatxell, en la comarca alicantina de la Marina Alta, por un delito continuado de falsedad en documento oficial. García debe cumplir ahora la condena. La sección segunda de la Audiencia Provincial de Alicante mantenía suspendida la pena privativa de libertad a la espera de la resolución del indulto que había solicitado la condenada. Sin embargo, el Consejo de Ministros denegó la medida de gracia el pasado 24 de junio. Así, el tribunal ha acordado levantar la suspensión de la ejecución. El auto de la Audiencia de Alicante, al que ha tenido acceso elDiario.es, pide el ingreso voluntario en una penitenciaría de Nieves García. La resolución concede un plazo de cinco días para que comparezca ante el tribunal para recoger el testimonio de sentencia para verificar su ingreso voluntario en prisión. En caso contrario, advierte el auto, se ordenaría a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado su busca, detención y puesta a disposición judicial para su ingreso en prisión.
La exconcejal popular, tal como informó este diario, fue condenada en una sentencia que consideraba como hechos probados que falsificó la firma del interventor del consistorio en documentos municipales destinados a pedir el aplazamiento del pago de deudas de un constructor ante varias entidades bancarias. Por su parte, el empresario Francisco Bolufer, adjudicatario del ayuntamiento, fue condenado a 10 meses y 16 días de prisión. La sentencia reconoció para ambos la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.
Nieves García fue primera teniente de alcalde de Benitatxell con el PP entre 2009 y 2011. García y el constructor, “puestos de común acuerdo, elaboraron una serie de documentos consistentes en tomas de razón de endosos previamente aceptados por entidades bancarias con las que negociaba efectos de la mercantil relativos a obras públicas”, según indica el apartado de hechos probados de la sentencia. La exedil popular solicitaba a las entidades bancarias el aplazamiento de pagos del constructor “como si se tratara de deudas asumidas por la Corporación local”.
La falsificación de las firmas fue denunciada por el propio secretario interventor del ayuntamiento, Jesús Ángel Castro, que se convirtió en el primer funcionario protegido por la Agencia Valenciana Antifraude y que ejercía la acusación particular en la causa.
Sin “margen de duda” de que participaron en los hechos
Nieves García ni siquiera tenía las competencias delegadas en materia de obras públicas. “La finalidad de esos documentos”, según la sentencia, “no podía ser otra que la de obtener una demora en la reclamación que podía efectuar la entidad bancaria correspondiente frente al deudor”. Con esta “maniobra”, el dueño de Obras y Excavaciones Bolufer Llobell SL “obtenía tiempo para poder abonar más tarde a las entidades bancarias las cantidades que adeudaba”.
El tribunal no creyó la versión de la acusada, que sostenía que firmaba los documentos “sin leerlos”. Además, los testigos que declararon en la vista oral aseguraron que el formato de los documentos con las firmas falsificadas no era habitual en aquella época.
Tanto el empresario como la exconcejal del PP fueron absueltos de los delitos de estafa agravada y de prevaricación. Sin embargo, aunque no se pudo acreditar quién falsificó “materialmente” las firmas, la sentencia concluía que no existía “margen de duda” de que Nieves Gracía y Francisco Bolufer “tuvieron participación en los hechos”. A García también se le impuso inhabilitación especial para empleo o cargo público durante un plazo de dos años.