Un juez del Supremo carga contra Hurtado por encausar sin pruebas al fiscal general

Un juez del Supremo carga contra Hurtado por encausar sin pruebas al fiscal general

El magistrado discrepante Andrés Palomo apuesta por archivar la causa contra García Ortiz y critica que el instructor no haya creído a los periodistas que exculparon al fiscal general o que la UCO haya evitado analizar pruebas de descargo que apuntaban al sobreseimiento desde el principio

El Supremo confirma que el fiscal general será juzgado por la filtración del correo de la pareja de Ayuso

La decisión del Tribunal Supremo de dejar al fiscal general al borde de juicio no ha sido unánime. Uno de los magistrados de la Sala de Apelaciones, Andrés Palomo, se ha posicionado en contra de sus dos compañeros y ha dejado por escrito que Álvaro García Ortiz tendría que haber quedado exonerado igual que la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez. El voto particular, tan largo como el auto, carga con dureza contra el juez Ángel Hurtado, reprochando que el instructor haya estado ocho meses ignorando los indicios que hacían imposible pensar que el fiscal general fuera el primero en difundir datos confidenciales del caso de Alberto González Amador. Antes que él, desliza el juez, los conocieron varios periodistas o, incluso, el jefe de gabinete de Isabel Díaz Ayuso.

“El correo había sido filtrado en su contenido antes de que ese correo llegara a poder y conocimiento del investigado”, dice este magistrado. Lo que hay, dice este juez, es una “escasez, debilidad e insuficiencia de los indicios de la filtración”.

La Sala de Apelaciones lleva meses avalando casi todas las decisiones de Hurtado desde que se hizo cargo de la causa contra los dos fiscales el pasado mes de octubre. Dio luz verde a las imputaciones, a los registros de la Guardia Civil y a la gestión del secreto de sumario por parte del instructor. Este voto particular, en contra del criterio de Julián Sánchez Melgar y Eduardo de Porres, supone la primera fractura en este tribunal supervisor, que no será el que juzgue finalmente a García Ortiz.

Andrés Palomo, que lleva 11 años en la Sala de lo Penal del Supremo y formó parte del tribunal del procés, era el ponente inicial del auto y su propuesta no era archivar el caso solamente para la fiscal provincial de Madrid, tal y como han hecho sus dos compañeros. Según su criterio, la investigación tendría que haberse archivado también contra el fiscal general y, en la práctica, no ser llevado a juicio. Porque según este magistrado no hay pruebas de que García Ortiz filtrara, en la noche del 13 de marzo de 2024, el correo con el que el abogado de González Amador había confesado su fraude fiscal buscando un pacto con la Fiscalía.

Las primeras críticas de este juez contra su compañero de Sala pasan por recordar que, a día de hoy, siga considerando delictiva la nota de prensa que la Fiscalía emitió esos días sobre el caso de fraude fiscal de la pareja de Ayuso. Era un “desmentido”, no una revelación de secretos, y el Supremo ya dijo que esa nota informativa no podía formar parte de la investigación penal cuando abrió la causa en octubre. Recuerda, incluso, que el mismo Supremo inadmitió dos querellas contra María Jesús Montero por hablar del caso de González Amador ante los medios y ya entonces explicó que todo lo que dijo la ministra había sido publicado por los medios. “No contiene información indebidamente revelada”.

Hasta la fecha, el juez Hurtado ha rechazado cualquier testimonio o indicio que lleve a pensar que, para cuando el fiscal general recibió todos los datos del caso de la pareja de Ayuso poco antes de las diez de la noche del 13 de marzo de 2024, esos datos ya circulaban por las redacciones. Desde obviar que Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de Isabel Díaz Ayuso, difundió dos horas antes que existían negociaciones entre la Fiscalía y el empresario, hasta no otorgar ninguna credibilidad a media docena de periodistas que explicaron que tuvieron acceso a esa información horas o incluso días antes que García Ortiz.

Los mensajes aportados a la causa demostraron que González Amador iba informando puntualmente al jefe de gabinete de su pareja de lo que iba sucediendo en su caso de fraude fiscal. Y que fue Rodríguez quien empezó a difundir una versión manipulada entre los medios en la tarde del 13 de marzo. “Es a través de ese entorno como llega a los medios informativos, la existencia de negociaciones para una conformidad”, destaca Palomo. El propio empresario reconoció que se coordinó con él. Y fue Miguel Ángel Rodríguez quien, horas antes, puso a González Amador en contacto con el periodista de El Mundo que publicó la información que desencadenó el desmentido de la Fiscalía.

Los periodistas a los que no cree Hurtado

El juez Palomo entiende lo contrario de lo que consideran Hurtado y sus dos compañeros de la Sala de Apelaciones: que para cuando esa información llegó a manos del fiscal general, los medios de comunicación ya conocían, de forma total o parcial, ese correo. Y critica que el instructor del caso haya pasado por encima del testimonio de media docena de periodistas de elDiario.es, La Sexta, El País y El Mundo que apuntaban en esa dirección. Los periodistas, a diferencia de lo que afirma Hurtado, aportaron “múltiples datos periféricos” y “elementos objetivos” que “desdicen la autoría del investigado”.

Encaja una dura crítica Hurtado en este voto particular, precisamente, por no haber creído a los informadores por no revelar su fuente de esa noticia en esos días de marzo de 2014. “Negar por un órgano judicial eficacia a ese testimonio, porque pudiendo identificar la fuente, no lo hacen es una exigencia de renuncia a un derecho con previsión constitucional, difícilmente comprensible”.

Por aquel entonces, dice este juez, existían “múltiples fuentes jurídicas” que habían tenido acceso a la información horas antes de que llegara al teléfono del fiscal general. “Conocimiento directo de ese correo lo tenían al menos 20 personas”, dice el juez fijándose solo en la gente que había accedido al email antes de su primera aparición en la prensa. La testifical de Almudena Lastra, fiscal jefe de Madrid abiertamente enfrentada a sus superiores en la calle Fortuny, no añade pruebas contra el fiscal general según este magistrado. Como tampoco hay pruebas, añade, de que fuera la Fiscalía la que hiciera llegar el documento a Pilar Sánchez Acera, entonces asesora en Presidencia del Gobierno.

El magistrado discrepante también carga contra la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y el informe más relevante del caso: el de noviembre de 2024 en el que los agentes analizaron el contenido del teléfono móvil de Pilar Rodríguez, fiscal provincial de Madrid. Móvil del que salieron los mensajes que permitieron reconstruir el frenesí de peticiones de información en la noche de los hechos.

Ese dictamen, dice el juez, se centró “exclusivamente” en la conducta de los dos fiscales, pero “no se contempla que al menos otras dieciocho personas de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado tuvieron acceso directo al correo”. También ignoró que diversos medios “reproducían contenidos parciales del mismo, lo que abriría notablemente el número de personas sobre las que proyectar el foco”. Hurtado, añaden, nunca solicitó “su actualización”.

El magistrado Palomo también dedica varias páginas a criticar que tanto Hurtado como sus compañeros de Sala consideren sospechoso que el fiscal general borrara los mensajes de su teléfono móvil una vez abierta la causa contra él. “Su cargo no le añade exigencia suplementaria a la de cualquier otro investigado”, dice el magistrado. El “derecho penal de autor”, recuerda, “no tiene respaldo constitucional” y “son las acusaciones las que deben acreditar su posición”.