
Es algo más que el monte lo que se ha quemado
Lo que se ha quemado en los incendios no han sido solamente árboles, sino también la confianza en el ejercicio del poder por parte de los órganos competentes de las comunidades autónomas afectadas
Multitudinarias protestas claman contra la política forestal de la Xunta: “Galicia arde, Rueda responsable”
El año 2024 fue el mejor año de una década en lo que a incendios forestales se refiere. De acuerdo con los datos ofrecidos por el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico se contabilizaron 6.134 incendios, cuando la media desde 2015 era de 9.670. En lo que a la superficie afectada se refiere, 47.711,13 hectáreas, fue el segundo mejor de la década.
¿Era un indicador de que se estaban haciendo bien las cosas y que cabía esperar, en consecuencia, que 2025 no tendría por qué ser un mal año?
Si nos atenemos a la opinión de los expertos con amplia experiencia en la materia, nada indicaba que tuviera que ser así. El cambio climático nos hace vivir en un entorno de emergencia casi permanente, como la comunidad científica nos viene recordando de manera machacona.
Buena prueba de ello es que la autoridad más acreditada en nuestro país en este terreno, el Fiscal de Sala coordinador de Medio Ambiente y Urbanismo del Tribunal Supremo, Antonio Vercher Noguera, dictaría el 17 de febrero de 2025, un Decreto dirigido a los fiscales de Medio Ambiente, en el que, tras subrayar los buenos datos de 2024, recordaba que para 2025 se esperaban condiciones muy adversas para las que era imprescindible estar debidamente preparados.
“Las previsibles altas temperaturas y la escasa limpieza de los bosques hace prever una temporada más que compleja, máxime si no se adoptan las medidas preventivas adecuadas según los correspondientes planes, por lo que se hace imprescindible revisar el grado de cumplimiento por parte de los consistorios obligados por la normativa”, se decía expresamente en uno de los párrafos del Decreto. De febrero de 2025, recuerdo.
Añadía, a continuación, que en la Ley 43/2023, modificada por el Real Decreto-ley 17/2022, se dispone que “las comunidades autónomas ante el riesgo general de incendios forestales, elaborarán y aprobarán planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales. Los referidos planes, que deberán ser objeto de publicidad previa a su desarrollo, comprenderán la totalidad de las actuaciones a desarrollar y ejercer en la totalidad del territorio de la comunidad autónoma correspondiente”.
Las comunidades autónomas tienen su obligación claramente delimitada, no solo por la atribución competencial por el bloque de la constitucionalidad, Constitución más Estatuto de Autonomía, sino por la concreción que de dicha obligación se hace mediante la ley pertinente.
El marco jurídico vigente posibilitaba, por un lado, y obligaba, por otro, a los Gobiernos de las comunidades autónomas, a estar preparados para hacer frente a los incendios que pudieran producirse.
Ello no quiere decir que la magnitud del incendio, por circunstancias diversas, pudiera desbordar el dispositivo previsto en los planes de actuación y que pudiera alcanzar una magnitud descomunal. Como la información que nos llega desde distintas partes del planeta nos enseña, los incendios son cada vez de una mayor voracidad y, a veces, resulta imposible controlarlos.
Es evidente que los de este año en la Península Ibérica han sido excepcionalmente intensos. Pero nunca sabremos si habrían llegado a tener la intensidad que han tenido si las comunidades autónomas y los municipios de las mismas directamente afectados hubieran tenido los planes de actuación que la legislación les exige y hubieran actuado de acuerdo con lo que en dichos planes se prevé o se debería prever.
Aquí es donde está la responsabilidad de las comunidades autónomas de Galicia, Castilla y León y Extremadura. ¿Tenían aprobados los planes de actuación? ¿Los han aplicado en el caso de que los tuvieran? Esto no tiene nada que ver con la meteorología, sino con el ejercicio de las competencias que tienen constitucional, estatutaria y legalmente atribuidas.
Los Gobiernos son importantes en el ejercicio diario de la dirección política de la comunidad, pero lo son todavía más cuando se produce una emergencia. En esos momentos de emergencia, una sociedad vale lo que vale su sistema político.
Con la emergencia generada por la COVID tuvimos ocasión de comprobarlo. Es el Estado, entendiendo por tal el conjunto de las Administraciones Públicas, el que permite hacer frente a una emergencia de esa naturaleza. En esas circunstancias no es el IBEX 35 el que nos puede resolver el problema. Únicamente el representante político de la sociedad puede hacerlo.
Igual, aunque en menor medida, ocurre con los incendios forestales o con las inundaciones catastróficas. Es el Gobierno competente en la materia el que tiene que dar respuesta a la emergencia, solicitando, si así lo estima oportuno, la colaboración del Estado o de las demás comunidades autónomas. Pero es él el que tiene que hacerlo.
Lo que no puede hacer el Gobierno autonómico es eximirse de su responsabilidad, para intentar hacerla recaer en quien no es titular de la competencia en la materia.
Por desgracia, esto es lo que ocurrió con la dana en la Comunidad Valenciana y es lo que acaba de ocurrir en Galicia, Castilla y León y Extremadura. Es de esperar que, una vez acabada la emergencia, las fiscalías competentes investiguen cuál ha sido la conducta de las autoridades de las tres comunidades autónomas y comprueben si tenían aprobados o no planes de actuación y, en el caso de tenerlos, si los han aplicado o no.
Lo que se ha quemado en los incendios no han sido solamente árboles, sino también la confianza en el ejercicio del poder por parte de los órganos competentes de las comunidades autónomas afectadas.
Se ha prendido fuego parcialmente al Estado de las Autonomías, que ahora tiene que reaccionar e intentar recuperar la confianza de la población en su funcionamiento.