
La Oficina de Conflicto de Intereses investiga a la presidenta del Puerto de Valencia por el cobro de dietas irregulares
La entidad dependiente del Ministerio para la Transformación Digital ha asumido la denuncia que ya ha sido admitida a trámite, mientras la Autoridad Portuaria de Valencia explica que tiene aprobada una política de gestión y liquidación de dietas e indemnizaciones que es la que se ha aplicado
El Puerto de Valencia ocultó la aprobación de la nueva política de cobro de dietas de la presidenta y el director
Más problemas para la presidenta de la Autoridad Portuaria de Valencia (APV), Mar Chao. Al procedimiento judicial abierto por el presunto amaño de procesos de selección de personal o por la posible invalidez de la declaración de impacto ambiental (DIA) de las obras de la ampliación norte, que podrían paralizar el proyecto, se une ahora una investigación por el presunto cobro irregular de dietas.
En concreto, según ha confirmado elDiario.es de fuentes de toda solvencia, la Oficina de Conflicto de Intereses (OCI) investiga si Chao ha cobrado dietas o indemnizaciones derivadas de diferentes viajes de trabajo por encima de lo que le corresponde con arreglo a lo que establece la Ley 3/2015 de altos cargos y en materia de dietas, el artículo 8 del Real Decreto 462/2002. En la APV tan solo tienen la consideración de altos cargos la presidenta y el director general. La denuncia sugiere que a la presidenta se le habría aplicado el mismo régimen que al personal excluido del convenio, más ventajoso.
De esta forma, la entidad dependiente del Ministerio para la Transformación Digital ha asumido la denuncia registrada y ya ha sido admitida a trámite. Preguntada la APV por elDiario.es sobre por qué no se ha informado de la investigación abierta, sobre la documentación que le ha requerido la OCI y sobre la cuantía económica total a la que se circunscribe la causa, desde el organismo portuario se han limitado a decir que todo se ha realizado con arreglo a la legislación.
En concreto, la APV ha explicado que dispone de una “política de gestión y liquidación de dietas e indemnizaciones por razón de servicio de la APV aprobada” y que esta política es de aplicación a comisiones de servicio con derecho a indemnización y a asistencias por concurrencia a Órganos Colegiados por participación en tribunales de oposiciones y concursos.
Esta política, han añadido las mismas fuentes, “se ajusta al procedimiento seguido en la APV para el devengo y pago de las dietas e indemnizaciones por razón de servicio reguladas en el mismo (es decir, gastos de kilometraje, límites de gasto de hoteles, manutención, gastos de transporte público, etc.)”. Estas dietas constituyen “las indemnizaciones por razón de servicio que tienen su marco regulatorio en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio”. Según la APV, “conforme a lo establecido en este Real Decreto, estos conceptos no tienen carácter salarial, sino indemnizatorio” y ha asegurado que “la presidencia y la dirección general de la APV no cobran ni han cobrado otro tipo de dietas, estando sujetos a los mismos límites de gasto, controles y procedimiento operativo que los aplicables al personal excluido de convenio de la APV”.
Como avanzó esta redacción, el consejo de administración de la APV aprobó en la reunión del pasado 29 de julio su nueva política de gestión y liquidación de dietas e indemnizaciones en la que se establece que la dirección general y la presidencia de la APV “tendrán la misma consideración que el personal excluido de convenio”. Precisamente en su investigación la OCI deberá dilucidar si es legalmente compatible que un alto cargo pueda acogerse a un procedimiento interno en lo que cobreo de dietas e indemnizaciones se refiere.
Fuentes conocedoras de la legislación consultadas por elDiario.es, cuestionan esta situación ya que consideran que legalmente no es compatible que un alto cargo de la Administración General del Estado (en este caso la presidenta y el director general) se equipare en lo referente al cobro de dietas y compensaciones al personal excluido del convenio.
Y esto lo argumentan en que un alto cargo se rige por la Ley 3/2015, de altos cargos y en materia de dietas, el artículo 8 del Real Decreto 462/2002 señala que deben cobrar a factura presentada: “Con la aprobación del nuevo procedimiento interno en el que se equipara a los altos cargos con el personal excluido de convenio en lo que a cobro de dietas se refiere, en realidad se está atentando contra toda esta normativa de ámbito estatal”, afirman las mencionadas fuentes.
Con la nueva política de dietas aprobada tanto la presidenta como el director general, junto al personal no incluido en el convenio, pasarán a cobrar un plus de 195 euros por alojamiento en el territorio nacional, de 290 euros por alojamiento en el extranjero, 53,34 euros por manutención en territorio nacional, 26,67 euros por media manutención en territorio nacional, 84,14 euros por manutención en territorio internacional y 48.08 euros por media manutención en el extranjero. En cuando al kilometraje, se les abonará 0,26 euros por kilómetro y los gastos de viaje se pagarán según justificante.
Se da la circunstancia de que este acuerdo que se aprobó en pleno verano y sin dar información pública surgió un mes después de que este diario revelara el correo anónimo que recibieron varios consejeros en el que, entre otras cosas, se alertaba del supuesto cobro irregular de unos 15.000 euros en dietas por parte de la presidenta Mar Chao. Este correo ya advertía de una investigación de la OCI sobre este asunto.