La asesora de Begoña Gómez recurre la decisión del juez Peinado de que el caso sea juzgado por jurado popular

La asesora de Begoña Gómez recurre la decisión del juez Peinado de que el caso sea juzgado por jurado popular

Defiende que no desatendió sus funciones por dedicarse también a las «tareas privadas» de la esposa de Sánchez y niega que haya un delito de malversación porque no hay «perjuicio a las arcas públicas»

El perito con pseudónimo no encuentra el tráfico de influencias que busca el juez Peinado. Por José Manuel Romero

Cristina Álvarez, la asesora de la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, ha recurrido este martes la decisión del juez Juan Carlos Peinado de abocar el presunto delito de malversación en sus actividades laborales a un juicio con jurado popular. En el escrito, la defensa de Álvarez sostiene que “desobedece” el criterio ya fijado por la Audiencia Provincial de Madrid, que en un auto de junio “negó, de manera expresa y tajante” que Álvarez “haya podido cometer el delito de malversación que ahora se le atribuye”.

El escrito acusa además al auto de “mutilar” y citar de forma “descontextualizada” pasajes de dicha resolución para “disimular su rebeldía”, cuando en realidad —asegura la defensa— la Audiencia sólo consideró indicios de tráfico de influencias.

Asimismo, recuerda que el propio Juzgado de Instrucción ya había rechazado en el pasado mes de mayo una querella interpuesta por Vox contra Álvarez por malversación, al entender que no se le podía atribuir responsabilidad penal por el desempeño de las funciones que tenía encomendadas. Para la defensa, el cambio de criterio del magistrado supone una vulneración de “la seguridad jurídica”.

En este sentido, el recurso advierte de que los mismos hechos han sido calificados de forma distinta en sucesivas resoluciones —primero negando tráfico de influencias y después negando malversación— sin que se hayan producido nuevas diligencias o indicios, lo que, a juicio de la representación legal de Álvarez, evidencia una “incoherencia”.

Defiende que no desatendió sus funciones

La defensa subraya además que la asesora no tiene la “cualificación específica” para cometer el delito de malversación, que requiere “una relación funcional con el caudal público”, y que “no se ha producido perjuicio a las arcas públicas”. “No consta dato ni indicio de que mi patrocinada haya desatendido sus funciones por haberse dedicado a tareas privadas de doña Begoña Gómez”, apunta el escrito, que recalca que Álvarez ha cumplido con sus obligaciones “de manera exquisita”.

Por todo ello, la defensa de la asesora de Gómez solicita a la Audiencia Provincial que “dicte Auto por el que estime el presente recurso de apelación, y deje sin efecto la resolución recurrida” en lo relativo a Álvarez.