
La Fiscalía acusa a la pareja de Ayuso de practicar «una maniobra dilatoria» en su causa por fraude fiscal
El Ministerio Público se opone a la incorporación ahora de una pericial encargada por González Amador para defender su inocencia, cuyo contenido rebate por completo, y que el empresario y comisionista no aportó durante el «año y dos meses» de instrucción
La jueza envía al banquillo a la pareja de Ayuso por defraudar 350.000 euros con facturas falsas
El fiscal del caso de Alberto González Amador denuncia “una maniobra dilatoria” por parte del empresario dentro de la pieza que se sigue contra él por dos fraudes fiscales y falsificación de documentos. La pareja de Ayuso había presentado un recurso contra la decisión de la anterior jueza del caso de negar una serie de diligencias presentadas por su defensa y que, según la Fiscalía, también deben ser rechazadas por la Audiencia Provincial de Madrid.
González Amador está pendiente del recurso que presentó ante la misma instancia superior contra la decisión de la magistrada Inmaculada Iglesias de dar por finalizada la instrucción y proponer que fuera juzgado por dos fraudes fiscales en concurso con otro delito de falsificación de documentos. En el caso de que la Audiencia de Madrid confirme la resolución de la jueza, Alberto González Amador se verá abocado al banquillo en la primera de las dos causas que se siguen contra él.
La representación legal del empresario había solicitado que declararan dos testigos y un perito, así como que se aportara el informe que éste había elaborado de parte para negar que los hechos que se atribuyen a Alberto González Amador alcanzaran la categoría de delito. La jueza rechazó todas esas peticiones por haber sido realizadas fuera de plazo, cuando la investigación ya había concluido y después de que el empresario y comisionista se hubiera limitado a pedir aplazamientos a sus declaraciones como investigado.
Respecto de la pericial que descarga de responsabilidad a la pareja de Ayuso, la Fiscalía afirma que “tiempo tuvo el investigado: la causa fue incoada el 20 de marzo de 2024, y se acordó la prórroga de la instrrucción el 7 de marzo del año siguiente, y aún tuvo hasta el 28 de mayo –fecha en que el auto de procedimiento abreviado cerró la fase instructora– para aportar la pericia al acervo indicairio de la instrucción. Más de un año y dos meses”.
El fiscal Diego Lucas añade que se puede remontar todavía más atrás ya que González Amador sabía que se le había abierto un procedimiento inspector en Hacienda el 12 de mayo de 2022 y que éste concluyó 4 de septiembre de 2023, “más de siete meses de incoación de la causa”. “Pretender, por tanto, que se reabra la instrucción judicial para discutir una pericia de parte que se podía –de largo– haber aportado mucho antes es una maniobra dilatoria que no debe ser aceptada”, remata el fiscal.
La pericial de González Amador se centra en las dos mayores facturas que la instrucción ha determinado falsas de forma indiciaria y con las que el empresario intentó pagar muchos menos impuestos de los que le correspondían, en total 350.951 euros defraudados en el concepto de Impuesto de Socieades correspondientes a los ejercicios de 2020 y 2021.
Una de esas facturas fue por los servicios que la mexicana MKE Manufacturing habría prestado a la sociedad principal de González Amador, de nombre Maxwell Cremona, por valor de 620.000 euros, cantidad que se dedujo el imputado. El fiscal rebate las afirmaciones de la pericial y concluye: “Ni en el procedimiento de inspección tributaria ni durante la instrucción jduicial han aportado los encausados elementos probatorio alguno que acredite, siquiera minimamente, que MKE Facturing realmente prestara servicio alguno a Maxwell Cremona”.
González Amador pretendía que declararan dos testigos que acreditarían que viajó a Costa de Marfil para realizar los dos negocios a los que pertenecerían esas facturas, pero el fiscal asegura que no son los viajes lo que se rebate. La Fiscalía acepta que González Amador obtuvo una licitación para hacer negocio en el país africano durante la pandemia, pero solo reconoce 27.000 euros de pago a una sociedad de ese país, y no los más de 900.000 que defiende el imputado.
“Lo que ocurre es que cuando González Amador contabiliza la factura de Gayani Ltd en el otoño de 2021, y cuando en julio de 2022 la declara como deducible en el impuesto sobre sociedades de 2021, González Amador conoce perfectamente que de los 922.585,63 euros del importe de la factura de Gayani Ltd solo ha pagado 27.000 eruos, y no lo ha hecho a dicha empresa, sino a una cuenta de su representate, el investigado [Maximiliano] Niederes González”, alega el fiscal.
El Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid, que ahora dirige el juez Antonio Viejo –en sustitución de Inmaculada Iglesias que se jubiló– investiga además una pieza separada por presunta corrupción en los negocios y apropiación indebida, en la que el principal investigado también es Alberto González Amador.
Hacienda y la acusación popular, también en contra
La Abogacía del Estado también ha presentado un escrito rechazando las diligencias solicitadas por Alberto González Amador y, al igual que la Fiscalía, defiende que el investigado podrá solicitar su realización en la vista oral. Sobre los peritos, el abogado del Estado, en representación de Hacienda, afirma: “No se aprecian razones para reaperturar la fase instructora a fin de practicar unas testificales que no tienen virtualidad para anular los indicios recabados por la AEAT como para motivar una decisión de sobreseimiento”.
Por su parte, la acusación popular, que ejercen PSOE y Más Madrid, defienden en su propia escrito que la pericial “se anunció en marzo de 2025, y no se ha aportado hasta julio de 2025” y se unen al pronunciamiento de que ya tendrá oportunidad González Amador de solicitarlas cuando se celebre, en su caso, el juicio oral.