El juez mantiene a Ábalos en libertad tras acogerse a su derecho a no declarar en el Tribunal Supremo

El juez mantiene a Ábalos en libertad tras acogerse a su derecho a no declarar en el Tribunal Supremo

El magistrado Leopoldo Puente interpreta que los ciudadanos sienten «estupor» por el hecho de que Ábalos siga siendo parlamentario y aprovecha su auto para proponer una «reflexión» sobre un posible cambio que lo impidiera

Ábalos se acoge a su derecho a no declarar en el Supremo y la Fiscalía no pide su entrada en prisión

José Luis Ábalos seguirá en libertad tras acogerse a su derecho a no declarar en el Tribunal Supremo. El juez Leopoldo Puente ha rechazado la petición de la acusación popular, que lidera del PP, que había reclamado su ingreso en prisión provisional. En la vistilla celebrada, la Fiscalía Anticorrupción no ha apoyado la medida cautelar de prisión para el exministro al considerar que, aunque hay riesgo de fuga, este no es lo “suficientemente intenso” como que pueda eludir la acción de la Justicia, tal y como ha acabado considerando el instructor de la causa. En su auto, el juez Puente alude al “estupor” que produce, a su juicio, el hecho de que Ábalos siga siendo diputado y pide abrir una “reflexión” al respecto.

El magistrado ha decidido mantener las medidas que impuso al exministro y ex ‘número tres’ del PSOE el pasado febrero, cuando declaró por segunda vez, y que consisten en la retirada del pasado y la obligación de comparecer en el juzgado cada 15 días. El exministro ha abandonado el alto tribunal a bordo de un taxi algo más de cinco horas después de haber accedido al edificio.

El juez indica el último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que motivó su citación para este miércoles incrementa la “existencia y robustez” de los indicios contra el exministro. Sin embargo, considera que en este momento no concurren los elementos que recoge la ley para acordar la prisión provisional.

Así, el magistrado descarta que exista riesgo de que Ábalos pueda seguir delinquiendo o destruir pruebas. En relación con el tercer motivo que recoge la ley, la posibilidad de destruir pruebas, el juez entiende que ese riesgo también se ha evitado con las medidas acordadas hasta el momento. Si bien afirma que el exministro ha podido disponer de cantidades importantes de dinero opaco, tal vez en metálico, tal vez depositados en cuentas de terceros que hasta el momento no han sido halladas, así como de ciertos contactos y vínculos internacionales“.

El juez Puente ha adoptado esta decisión después de que Ábalos se negara a comparecer en su cuarta citación en el alto tribunal y denunciara “indefensión”. El exministro acudió al Supremo tras haber renunciado a su abogado y después de que, en la víspera, el magistrado Puente rechazara asignarle uno de oficio y le obligara a continuar con el mismo letrado que le ha representado desde el inicio de la investigación, hace casi un año.

Precisamente, el auto del juez, en el que acusaba a Ábalos de “fraude de ley” por anunciar con solo unas horas la renuncia de su abogado, provocó un intercambio entre el magistrado y el investigado durante su breve comparecencia. Este trasladó a Puente que “fraude de ley” hubiera sido renunciar a su acta de diputado para que la causa regresara a la Audiencia Nacional y la instrucción se dilatase en el tiempo.

El juez Puente había citado a Ábalos tras el último atestado de la Unidad Central Operativa (UCO) que afirma que manejó en cinco años hasta 95.000 euros sin rastro bancario. El magistrado considera que ese informe contiene “consistentes indicios” de que el exasesor Koldo García se hacía “cargo” regularmente de pagos de quien fuera su jefe por “un importe verdaderamente significativo en términos económicos”. Y considera que al analizar los ingresos regulares obtenidos por Ábalos con sus gastos ha quedado “indiciariamente justificado” que el exministro se benefició de “alguna fuente irregular de ingresos”.