Consumo abre expediente sancionador contra una gran promotora de festivales alegando prácticas abusivas

Consumo abre expediente sancionador contra una gran promotora de festivales alegando prácticas abusivas

De calificarse dichas faltas como muy graves, el citado ministerio podría imponer multas entre de entre 100.001 euros y 1 millón de euros

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La Dirección General de Consumo, integrada en el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, ha abierto un expediente sancionador a una gran promotora de festivales de música por posibles prácticas abusivas, entre las que estarían prohibir el acceso al recinto del festival con comida y bebida del exterior, prohibir que los y las asistentes a un festival puedan salir y acceder de nuevo al recinto libremente y no admitir en algunos casos la devolución del reembolso de la cantidad sobrante de las pulseras cashless utilizadas para la adquisición de bienes dentro del festival.

La empresa afectada organiza estos festivales en diferentes Comunidades Autónomas de nuestro país, razón que habilita a la Dirección General de Consumo para intervenir y abrir el expediente. Según señala este organismo, estas prácticas, de constatarse, serían prácticas abusivas en tanto en cuanto supondrían una infracción del artículo 47.1.j del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. En caso de ser calificadas como infracciones muy graves, serían penalizadas con multas de entre 100.001 euros y 1 millón de euros.

Las posibles prácticas abusivas

Las prácticas que Consumo considera que podrían ser abusivas y sujetas a investigación son por un lado, prohibir de forma expresa y generalizada el acceso al recinto del festival con comida y bebida del exterior, sin que existan alimentos, bebidas o sustancias que impliquen un peligro de salud pública que justifique la prohibición, ya que según la ley de defensa del consumidor, los asistentes tienen derecho a llevar su propia comida y bebida a los recintos siempre que estos sean abiertos. La prohibición se habría efectuado tras el registro de los y las asistentes. En caso de no estar estos de acuerdo, se les habría denegando el derecho de acceso de forma potencialmente arbitraria.

En segundo lugar, la Dirección General de Consumo investigará si a los asistentes a los diferentes eventos de la promotora se les impidió salir y acceder de nuevo al recinto del festival con total libertas, obligándoles a abonar una cantidad adicional en caso de que tuviesen que salir de forma voluntaria o imperativa.

Finalmente Consumo sospecha que la promotora estableció como obligatorio un sistema de pago a través de pulseras cashless para poder hacer pagos dentro del recinto, algo legal. Sin embargo, al fin de los eventos no admitió la devolución del reembolso de la cantidad sobrante por debajo de una cantidad mínima, e impuso gastos de gestión para llevar a cabo el reembolso; así como estableció un tiempo limitado para que los asistentes puedan hacer uso de este reembolso.

Tras la apertura de este expediente sancionador, se abre ahora un periodo máximo de 9 meses para su instrucción y para su resolución por los órganos competentes del Ministerio de DDSS, Consumo y A2030, recordando que la iniciación del expediente no prejuzga el resultado final de la investigación.