Ser pobre y no acceder al ingreso mínimo vital por la casa en el pueblo
Una investigación cifra en 220.000 hogares de escasa renta aquellos que no pueden acceder a la ayuda por el requisito de patrimonio, «pese a que no tienen liquidez inmediata», explica al catedrático Luis Ayala
El mapa del ingreso mínimo vital, municipio a municipio
En España hay unos 220.000 hogares que, pese a ser pobres por su nivel de renta, con escasísimos ingresos, no pueden recibir el ingreso mínimo vital (IMV) debido a un requisito más desconocido para acceder a la ayuda: su nivel de patrimonio, excluida la vivienda habitual. Este patrimonio puede ser una casa en el pueblo, por ejemplo, y otras propiedades “sin liquidez inmediata”, explica el catedrático de Economía Luis Ayala, que está investigando esta exclusión con un equipo de la UNED y de la Universidad de Alcalá de Henares.
El IMV se dirige a personas en situación de pobreza severa, con ingresos muy bajos. Sin embargo, el criterio de renta no es el único para acceder a la prestación, ya que también hay otro requisito de partida que mide el nivel de patrimonio y activos de los solicitantes. Cuando los demandantes cumplen estos dos criterios, la Seguridad Social analiza al detalle sus hogares, criterios como la “unidad de convivencia” y otros supuestos, para conceder o no finalmente la renta mínima estatal.
El equipo de investigadores que acompaña a Luis Ayala se han detenido en analizar quiénes se quedan fuera de la ayuda por su patrimonio pese a cumplir los umbrales de renta, como explicó el catedrático de la UNED en un acto sobre el IMV organizado por el Consejo General de Economistas y Fedea. El estudio, aún en elaboración, se basa en información “del Panel de hogares de la Agencia Tributaria, correspondientes a 2022”, detalla Luis Ayala en conversación con elDiario.es.
El IMV llegó en septiembre a unos 777.000 hogares, por lo que esa cifra de 220.000 es una cantidad significativa respecto a los que perciben la ayuda.
Un requisito poco frecuente en las rentas mínimas
El catedrático de Economía de la UNED señala que “no es muy usual” que los programas de renta mínima tengan este doble criterio de acceso de renta y patrimonio, ni a nivel autonómico, ni tanpoco en otros países. En España hay un precedente en “la Ley de Dependencia”, indica Ayala, y a nivel internacional los investigadores están estudiando los casos de “Alemania y Bélgica”.
“Lo que sabemos de otros estudios es que, en Alemania, este umbral de patrimonio también excluye a bastante gente, deja fuera a un 25% de los que sí cumplen renta. En Bélgica el dato es mucho menor, del 7%”, sostiene el economista.
Luis Ayala considera que el criterio de patrimonio no se debe entender como “una manera de tener un programa más restrictivo”, sino que es un enfoque determinado sobre “cómo valoras la situación económica, las circunstancias económicas de los posibles solicitantes”. En este sentido, el Ministerio de la Seguridad Social estableció este criterio para evitar que personas que pudieran tener rentabilidad de ciertos activos o patrimonios más allá de la vivienda habitual accediera a una ayuda pensada para las personas en pobreza con más necesidad.
“Pero al establecer ese criterio, lo que se está suponiendo es que quien tenga algún tipo de patrimonio va a tener una liquidez casi inmediata para hacer frente a cualquier necesidad económica, y eso en la práctica no es así. Lo que nosotros encontramos es que estas personas que quedan excluidas por el criterio de patrimonio, muchas de ellas no tienen esa capacidad de ahorro ni de liquidez”, explica el catedrático.
La casa del pueblo o la casa heredada con tus hermanos
Un ejemplo frecuente de estas exclusiones es el de los solicitantes que tienen “una casa en el pueblo”, indica Luis Ayala. Así lo confirman los colectivos RMI Tu Derecho y ATD Cuarto Mundo, que acompañan a personas en riesgo de pobreza y exclusión social. Aunque las exclusiones por patrimonio no son los casos más frecuentes que acuden a sus organizaciones, sí conocen varios de ellos.
“Por ejrmplo una persona que perdió el IMV porque es heredero de una casa compartida en la que viven sus hermanos. Además está en Canarias y él vive en Madrid. ¿Qué va a hacer? ¿Echar a sus hermanos? También hemos conocido algún caso más de personas que tienen una casa en el pueblo, pueblos muy pequeños que no tienen ningún valor patrimonial en realidad de venta. Estas situaciones sabemos que existen”, cuenta Hontanarez Arranz, activista de ATD Cuarto Mundo, organización que ha presentado una reclamación colectiva contra España frente al Consejo de Europa por las devoluciones del IMV.
“En el momento que tengas una casa en el pueblo, o parte de una herencia, eso te excluye del ingreso mínimo vital por patrimonio. Hay mucha gente que tiene acceso al CAPI (el complemento de ayuda a la infancia), pero no al ingreso mínimo vital, porque puedes acceder con tres veces más patrimonio”, confirma por su parte Roberto Borda, de RMI Tu Derecho.
Borda destaca que, en ocasiones, se trata de “patrimonio anclado en un pueblo, que no hay forma de deshacerse de él”. No obstante, el activista también reivindica “el derecho a tener raíces” de las personas en pobreza, que en muchas ocasiones no pueden vivir en estos pueblos por la falta de oportunidades laborales y deben mudarse a otras ciudades, donde viven sin apenas ingresos ni acceso a esta ayuda.
El catedrático Luis Ayala subraya que en la práctica “a veces es muy difícil transformar en liquidez inmediata” estas propiedades, por lo que propone replantear este criterio de acceso. Por ejemplo, si se quiere mantener el requisito de patrimonio, el investigador plantea la posibilidad de elevar los umbrales actuales, que considera bajos. Un hogar de un adulto no puede tener patrimonio que supere los 20.353 euros. “Todavía no tenemos los datos, pero estamos simulando escenarios en los que elevamos ese umbral. Por ejemplo, qué sucedería si estuviera en 50.000 euros, lo que seguramente reduciría bastante la exclusión”, sostiene el economista.