Fin a la pelea por los ‘donuts’: el Tribunal Supremo determina que solo Bimbo puede usar la marca Donut
Concluye un contencioso que se ha prolongado casi una década. El Supremo entiende que el uso no autorizado y descriptivo del término Donut con fines comerciales constituye una violación de los derechos de marca
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Punto y final a la pelea en los tribunales por el uso de la marca Donut. Tras casi una década de litigio, el Supremo ha estimado que el uso no autorizado del término Donut con fines comerciales en España constituye una violación de los derechos de marca del Grupo Bimbo, según recoge la agencia Efe.
La compañía ha calificado de “victoria legal histórica” la sentencia en la que el Supremo estima el recurso de casación de Bimbo Donuts Iberia, tras recordar que el proceso comenzó en 2017, ante el uso del término en el ámbito comercial por un tercero.
Para la empresa, esta decisión del tribunal “reconoce el renombre extraordinario, otorgándole la máxima protección legal”, ya que “el uso no autorizado y descriptivo del término Donut con fines comerciales constituye una violación de los derechos de marca”.
La resolución, han detallado las mismas fuentes, impone el cese definitivo de la parte contraria en todo uso del signo Donut en el ámbito comercial y para bollería, “asegurando la exclusividad del término de Grupo Bimbo”.
En este sentido, el Grupo ha subrayado que el Supremo destaca que “la incorporación de una marca a los diccionarios de la lengua, y su uso coloquial, no comporta una pérdida o limitación de los derechos de exclusiva marcaria de su titular, que deben ser respetados en el comercio en todo caso”.
La empresa panificadora Grupo Bimbo cuenta con 227 plantas y más de 1.500 centros de ventas en 35 países de América, Europa, Asia y África.