Las claves de la condena del fiscal general: tendrá que dejar su puesto y su futuro en la Fiscalía queda en el aire

Las claves de la condena del fiscal general: tendrá que dejar su puesto y su futuro en la Fiscalía queda en el aire

La sentencia del Supremo implica dos años de inhabilitación para ejercer como máximo responsable de la Fiscalía pero, salvo que dimita antes, esa prohibición de ejercer como máximo responsable de la Fiscalía no surtirá efecto hasta que la resolución se notifique

El Supremo condena al fiscal general a dos años de inhabilitación por la filtración del correo de la pareja de Ayuso

Álvaro García Ortiz se ha convertido en el primer fiscal general del Estado en ser juzgado y condenado en España. Un Tribunal Supremo dividido ha decidido imponerle una multa de 7.200 euros y dos años de inhabilitación por un delito de revelación de datos reservados, además de la obligación de indemnizar con 10.000 euros a la pareja de Isabel Díaz Ayuso por los daños morales derivados de la filtración. La sentencia tiene una consecuencia directa: García Ortiz tendrá que abandonar su puesto como fiscal general en cuanto le sea notificada la resolución, algo que no sucederá hasta dentro de unos días porque la sentencia aún no ha sido redactada. Lo único que ha difundido el Tribunal Supremo, por el momento, es la decisión de condenarle.

Su futuro: dejar la Fiscalía General

El caso de la filtración de la confesión de fraude fiscal de la pareja de Isabel Díaz Ayuso quedó visto para sentencia ante los siete magistrados de la Sala de lo Penal el pasado 13 de diciembre, hace una semana. La ponente, Susana Polo, y Ana Ferrer estaban en contra de condenar al fiscal general frente al criterio de sus cinco compañeros, que apostaban por la culpabilidad de García Ortiz. El resultado es una sentencia que aún no se conoce en su totalidad y que todavía está en proceso de redacción, pero cuyo fallo y consecuencias sí es conocido: queda inhabilitado durante dos años para ejercer como fiscal general.

Al margen de que el propio García Ortiz decida dejar el puesto, o si es el Gobierno el que propone su cese, la condena anunciada por el Supremo todavía no obliga al fiscal general a dejar su puesto. La razón es que la sentencia aún no ha sido redactada ni notificada legalmente, y por tanto aún no se puede ejecutar: “La sentencia, pendiente de redacción, surtirá efectos a partir de su notificación en legal forma”.

Otra de las dudas que suscita la condena del fiscal general es si, además de dejar el puesto de máxima responsabilidad en la calle Fortuny de Madrid, también perderá su condición de fiscal, carrera a la que accedió a finales de la década de los noventa. El Reglamento de la Fiscalía establece en su artículo 32 varias causas para que alguien pueda perder su condición de fiscal, entre ellas “pena principal o accesoria de inhabilitación para cargo público” pero, también, “condena por delito doloso”. La Fiscalía tiene la capacidad de sustituir esta expulsión por una suspensión si la condena, como es este caso, no es superior a los seis meses de prisión.

Recursos y el Constitucional

La sentencia del Tribunal Supremo, que todavía no ha sido redactada ni notificada, será firme aunque García Ortiz todavía podrá interponer algunos recursos. El primero será el incidente de nulidad, que habitualmente tiene escaso recorrido en los cientos de casos que sentencia la Sala de lo Penal cada año, y después ya podrá dar el salto ante el Tribunal Constitucional. Ese futuro recurso de amparo, en caso de ser interpuesto, no es necesariamente suspensivo y García Ortiz tendrá que seguir pagando la multa y la indemnización así como cumplir su condena de inhabilitación salvo que los tribunales le concedan algún tipo de medida cautelar. Fuentes conocedoras del caso explican que el todavía fiscal general acudirá en amparo al Constitucional.

Dos juezas progresistas contra la condena

La Sala de lo Penal no ha condenado al fiscal general de forma unánime. Dos de los siete integrantes de la Sala se han negado a firmar la condena de Álvaro García Ortiz y han anunciado votos particulares para oponerse a esa decisión de sus cinco compañeros. Son las magistradas progresistas Susana Polo y Ana Ferrer. La primera había sido designada como ponente y ha tenido que ceder esa responsabilidad a Andrés Martínez Arrieta, presidente de la Sala, después de quedarse en minoría. Polo y Ferrer, ambas de perfil progresista, son dos magistradas que en los últimos años han firmado votos particulares en contra de la mayoría en casos relevantes: en la causa contra Alberto Rodríguez por patear a un policía, los ERE de Andalucía o incluso en las alegaciones contra la amnistía.

¿Qué delito se le atribuye?

Álvaro García Ortiz ha sido condenado por el delito 417.1 del Código Penal: la violación de secretos cometida por una autoridad que, por razón de su cargo, tenía derecho a acceder a esa información pero no a filtrarla. Un delito que se castiga con hasta tres años de cárcel, en los casos más graves, este tipo de revelaciones además de multas e inhabilitaciones de hasta tres años. La mayor parte de las acusaciones había planteado condenas por el artículo 417.2, que acarrea condenas más altas.