Los actores de figuración reclaman que el Estatuto del Artista les incluya en la nueva normativa para defenderles de la IA

Los actores de figuración reclaman que el Estatuto del Artista les incluya en la nueva normativa para defenderles de la IA

Los Ministerios de Trabajo y Cultura recuerdan que el Real Decreto está en audiencia pública para que se puedan hacer reclamaciones hasta el 2 de febrero y que las estudiarán todas

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Los Ministerios de Cultura y Trabajo dieron la semana pasada un paso importante en la elaboración del esperado Estatuto del Artista, a través del Real Decreto que regulará la relación laboral especial de los trabajadores del sector. Entre las principales novedades del texto está la contemplación del trabajo de los menores, la participación obligatoria de la figura del coordinador intimidad y la Inteligencia Artificial.

Si bien en el primero de sus artículos, que aborda el ámbito de actuación, sí se menciona a los actores de figuración, estos no han sido incluidos en el 13, relativo al uso de la IA Generativa en el contrato para generar contenidos. La Asociación Profesional de Actores de Figuración ha reclamado a través de un comunicado su incorporación en este apartado.

El Real Decreto fue publicado el pasado 22 de enero y el plazo de presentación de aportaciones termina el 2 de febrero. Fuentes ministeriales de Trabajo y Cultura recuerdan a elDiario.es que el documento está “en audiencia pública” y que, una vez concluya el citado periodo, estudiarán “todas” las propuestas.

En lo relativo al uso de la IA Generativa, la nueva norma establecerá que esta no pueda sustituir ni eliminar la participación de la persona artista. Del mismo modo, tendrá que incluirse dentro del contrato de trabajo artístico y solo podrá usarse en el estricto ámbito de la obra para la que fue realizado el contrato. De esta forma, se abre al uso de la IA, pero siempre y cuando sea para generar contenidos que estén reglados en el contrato. Es decir, que la réplica de un actor realizada para la escena de una serie, por citar un ejemplo, solo pueda ser usada para esta y no para futuras temporadas, incluso otras producciones.


Imagen de un rodaje en el que se usó a figuración para rellenar una grada

El artículo citado, número 13, hace referencia los casos en los que el resultado de la actividad contratada esté relacionada con la imagen y voz de “actores, actrices, músicos y músicas, cantantes, bailarines y bailarinas, artistas de circo, de magia, de variedades, ilusionistas, marionetistas, manipuladores de teatro de objetos, narradores orales”, o relacionada con la “interpretación, ejecución o composición de la obra musical o coreográfica, la creación circense o con la creación de la obra escrita o el guion”. Lo que solicitan desde la APAF es que sea en este listado en el que aparezcan igualmente a los actores de figuración, junto al resto de oficios.

En su comunicado recuerdan que ya han tenido conflictos en “varias ocasiones” por querer escanear a figurantes para rellenar digitalmente grandes espacios, y muchas veces “sin ser comunicados con anterioridad para poder decidir si prestarse o no”, o simplemente siendo “coaccionados con la amenaza de no volver a trabajar con una agencia de selección o productora”. Desde la APAF, opinan que el motivo por el que se ha dejado esta inconcreción tiene que ver con que “pueda ser interpretable”. De ahí a que piden que se especifique “claramente” que el colectivo de actores y actrices de figuración estén incluidos en el artículo donde se especifica el uso de la IA Generativa en el contrato artístico para generar contenidos.