Koldo García impugna la competencia del Supremo para juzgarle tras la renuncia de Ábalos al escaño: «Sin cargo, no hay fuero»

Koldo García impugna la competencia del Supremo para juzgarle tras la renuncia de Ábalos al escaño: «Sin cargo, no hay fuero»

La defensa del exasesor solicita que la causa por las mascarillas vaya a la Audiencia Nacional y denuncia indefensión por ir al banquillo «sin tener copia alguna» de los dispositivos que le incautó la UCO

El Congreso no indemnizará a Ábalos por su cese al estar suspendido cuando lo pidió y ser incompatible con su jubilación

Koldo García trata de evitar in extremis el juicio previsto en el Tribunal Supremo por la trama de corrupción urdida en el Ministerio de Transportes con contratos de mascarillas en lo peor de la pandemia. En un escrito registrado este martes, su abogada, Leticia de la Hoz, impugna la competencia del alto tribunal para juzgar a su cliente tras la renuncia al escaño de quien fuera su jefe, José Luis Ábalos, ex ministro de Transportes. “Si no hay cargo, no hay fuero, y el investigado debe volver inmediatamente al juez predeterminado por la ley, garantizándole así el mismo trato que a cualquier otro ciudadano”, recoge el escrito, al que ha tenido acceso elDiario.es.

La pretensión de la defensa de quien fuera la mano derecha de Ábalos es que la Sala resuelva en primer lugar esta “cuestión de no competencia” en la audiencia preliminar del caso prevista para el próximo jueves 12 de febrero. Su argumento es que si esta cuestión se estimara, el resto “deberían ser abordadas y resueltas por el tribunal que resultara competente”. Koldo García, al igual que Ábalos, está en prisión provisional desde el pasado 27 de noviembre.

El Tribunal Supremo asumió en noviembre de 2024 la competencia para investigar a Ábalos la trama de las mascarillas debido a que el exministro mantenía su escaño en el Congreso. Un mes después, en diciembre, incorporó a la causa a Koldo García y al empresario y comisionista Víctor de Aldama al considerar que su participación en los hechos era “inescindible” de la del aforado. Ambos ya estaban siendo investigados por el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno, que fue quien había reclamado al Supremo que abriera una causa contra Ábalos al hallar indicios contra él. El exministro era diputado y sólo podía ser investigado por el Supremo. 

La defensa de Koldo García alega ahora que el argumento es que la competencia del Supremo se basaba “exclusivamente” en la condición de aforado del exministro. Y que, al desaparecer dicha condición tras la renuncia de Ábalos el pasado 28 de enero, desaparece la razón para que el alto tribunal juzgue el caso. 

El precedente de 2014

La defensa de Koldo García reconoce que el Pleno de la Sala Segunda del Supremo estableció en 2014 que, una vez dictado el auto de apertura juicio oral, la competencia para juzgar el caso se mantiene aunque se pierda el aforamiento. Fue la decisión que tomó el Alto Tribunal cuando obligó al TSJ de la Comunidad Valenciana a celebrar un juicio en el caso Fitur a pesar de la renuncia a su acta de dos diputadas autonómicas porque ya se había dictado el auto de apertura de juicio oral. En el caso de las mascarillas, esa resolución se dictó el pasado diciembre, mucho antes de que Ábalos renunciará a su escaño.

La letrada sostiene que ese acuerdo “no tiene un carácter vinculante en el sentido estrictamente legal de una norma o ley”. Y añade: “El acuerdo es una guía doctrinal para evitar la arbitrariedad, pero no es una norma jurídica que impida al tribunal decidir lo contrario si la ley o las circunstancias del caso así lo exigen”, como considera que ocurre en este caso. 

A juicio de la defensa de Koldo García, la celebración de un juicio en el Supremo en estas condiciones “convertiría el proceso en un ‘juicio de excepción’ de facto para los investigados en la Audiencia Nacional”. “Se dictaría una sentencia ‘guía’ sobre pruebas no compartidas, custodiadas por terceros y no sometidas al control de todas las partes afectadas, lo que supone una vía de hecho que compromete la validez de todo el procedimiento y abre la puerta a futuras nulidades ante el Tribunal Constitucional o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, recoge el escrito.

De hecho, la abogada reitera la supuesta indefensión de su cliente en relación con esos dispositivos. Alega que el Supremo “va a decidir sobre unas evidencias que no están en su poder sino en manos no ya del Juzgado Central de Instrucción sino todavía de la Guardia Civil”. Y cuestiona que Koldo García vaya a tener que sentarse en el banquillo “sin tener copia alguna” de esos dispositivos que le incautó la UCO cuando fue detenido en febrero de 2024. Este hecho será una de las cuestiones en las que se basará la letrada para pedir la nulidad de la causa en la vista del próximo jueves.