
Igualdad alerta de que los jueces imponen mediaciones entre progenitores en casos en los que hay violencia de género
Un informe asegura que el uso de la figura de la coordinación de parentalidad en casos con un trasfondo de violencia machista está produciendo «violencia institucional» contra las madres y el Ministerio de Igualdad se plantea regular esta fórmula para restringir su aplicación
La nueva figura del coordinador parental en los divorcios despierta objeciones feministas y adhesiones en jueces
La coordinación de parentalidad, un mecanismo obligatorio de resolución de conflictos que utilizan algunos juzgados, se está aplicando en casos en los que existe un trasfondo de violencia de género. Así lo recoge el informe La coordinación de parentalidad como nueva violencia institucional, publicado por la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y elaborado por la Asociación de Mujeres Juristas Themis con la colaboración de la Asociación de Psicología y Psicoterapia Feminista. El documento asegura que su uso en este tipo de casos se está convirtiendo en una “forma de violencia institucional” contra las mujeres, algo que ha llevado al Ministerio de Igualdad a plantear la necesidad de regular esta figura para garantizar que no se aplique cuando hay indicios de violencia machista.
La coordinación parental es una figura que funciona como una especie de mediador que intenta solucionar las controversias cuando los demás instrumentos del juzgado no han sido efectivos. Suele imponerla el juez –en pocos casos es voluntaria– para comprobar que se cumple la sentencia en cuanto a medidas, visitas y custodia. Los juzgados catalanes fueron los pioneros en España en introducir esta figura, que carece de sustento legal en nuestro país, salvo en Navarra. Al amparo del artículo 158 del Código Civil que permite al juez adoptar las “disposiciones que considere oportunas” para evitar perjuicios al menor en su entorno familiar, el coordinador parental es cada vez más usado, según el informe.
Sin embargo, el estudio que ha presentado Igualdad muestra que la coordinación de parentalidad se está utilizando como medio para lograr que la custodia compartida impuesta funcione cuando no hay consenso entre los progenitores, ignorando que es frecuente que los incumplimientos o la llamada “alta conflictividad” están relacionados con un trasfondo de violencia de género, esté o no denunciada.
“La imposición de la coordinación de parentalidad (CP) se utiliza por los tribunales, en muchas ocasiones aconsejada por el propio equipo psicosocial, para imponer un régimen de visitas que los propios hijos e hijas se niegan a cumplir, aunque es a la madre a la que se le otorga la responsabilidad de mantener el vínculo paternofilial y, si no lo consigue, ella y sus hijos e hijas sufrirán las consecuencias. En este contexto, la imposición de intervención de la CP agrava la desprotección de los niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia en diversas formas, produciéndose violencia institucional”, asegura la investigación.
Regular su uso
Los resultados han llevado a Igualdad a pensar en una regulación que unifique y restrinja su uso. “Es el momento de plantearnos la regulación de esta figura, unificando criterios, garantizando la no aplicación del falso Síndrome de Alienación Parental y dejando claro que no es aplicable a supuestos de violencia de género, exista o no procedimiento penal”, subrayaba durante la presentación del estudio Carmen Martínez Perza, delegada del Gobierno contra la Violencia de Género.
Igualdad ha advertido que en la coordinación de parentalidad se aplican métodos similares a los empleados en el falso Síndrome de Alineación Parental (SAP) “perpetuando de esta manera una violencia institucional que obvia la violencia contra la mujer y que podrían poner en peligro la seguridad e integridad de la infancia y adolescencia y sus madres, sobre todo, cuando se impone esta figura en contextos de violencia de género o violencia sexual”.
Conocido por las siglas SAP, este término fue acuñado en 1985 por el psiquiatra estadounidense Richard Gardner. Dentro del procedimiento de los divorcios es con frecuencia recurrente la utilización de este término “para culpabilizar a un progenitor como promotor de que los menores rechacen el contacto con el otro”, tal como se detalla en el informe. “A través del SAP, de forma generalizada se culpa a la madre custodia de ser óbice del cumplimiento del régimen de visitas y de alienar a los hijos e hijas en contra de la figura paterna”, prosiguen
El propio estudio incluye también un apartado con entrevistas a 34 mujeres y 6 jóvenes. De las 34 entrevistas, en 13 ocasiones la guarda y custodia del menor pertenecía a la madre, aunque, tras la intervención de la coordinación de parentalidad, la guarda y custodia materna pasó a compartida, a pesar de los antecedentes de violencia de género. Por otro lado, en los 6 casos analizados de jóvenes existían previamente al proceso de coordinación de parentalidad denuncias por abuso sexual infantil intrafamiliar sobreseídas judicialmente, a pesar de haber claros indicios mediante verbalizaciones de los niños o señales físicas.